• SÁBADO 4
  • de abril de 2026

Gerencia y Liderazgo

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conocimiento y habilidad

Heredar un inmueble

WILLY_RIOS

Eduardo González-Prada

Gerente de Urbania

Heredar un bien inmueble es una buena noticia para los beneficiarios; sin embargo, también implica costos y trámites. En el Perú hay dos formas de heredar una casa o departamento. La primera es la sucesión intestada; es decir, se da cuando el propietario no realizó ningún testamento antes de su deceso. La otra manera es la testamentaria, cuando el fallecido dejó un testamento, bajo escritura pública y mediante anotación ante un notario.

En el primer caso, luego de fallecer el dueño del inmueble, se realizará el trámite de “sucesión intestada” o también conocida como “declaratoria de herederos”, un documento otorgado por un juez o notario en el que se le declara al cónyuge, conviviente, hijos o padres como nuevo propietario del inmueble, pasando a asumir los derechos y deberes sobre el bien, una vez registrado. Entre las obligaciones adquiridas están aquellas que tienen todos los propietarios: impuestos, servicios y gastos de un condominio o departamento. Asimismo, al momento de realizar la inscripción registral para aparecer como nuevo propietario, también se deberán asumir los gastos propios de la notaría, así como las tasas registrales.

En el caso de un inmueble dejado bajo testamento, lo primero por inscribir en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp) es el testamento, lo cual normalmente se hace en vida.

Luego del fallecimiento, se crea una figura llamada ampliación de testamento, que significa abrir la escritura pública que dejó el propietario en vida para designar o transferir según lo dispuesto por él o ella. En este caso, se deberán asumir los gastos de las transferencias registrales. Si el nuevo heredero desea poner en venta el inmueble, debe tener en cuenta que asumirá el pago por impuesto a la renta, que corresponde a un 5% de la ganancia neta por la venta del inmueble.