• SÁBADO 6
  • de junio de 2026

Derecho

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a los trabajadores

Reglamentan deducción adicional de hasta 3 UIT

En arrendamiento, créditos hipotecarios, servicios médicos y Essalud.

Así lo explicó el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Víctor Zavala Lozano, al explicar los alcances del DS Nº 033-2017-EF.

La norma, en efecto, reglamenta el D. Leg. 1258 que permite la deducción en las rentas de trabajo hasta el importe de 3 UIT, las que no se tomarán en cuenta para las retenciones mensuales a partir del ejercicio 2017 en adelante.

Al explicar el impacto de la norma, el experto señaló que dicha disposición efectúa precisiones sobre las deducciones adicionales por créditos hipotecarios, honorarios profesionales de médicos y odontólogos, aportes a Essalud de trabajadores y otros.

Procedimiento

Mientras que para los contribuyentes que perciban conjuntamente rentas de quinta y cuarta categoría, se señala que las deducciones de 7 UIT más 3 UIT se aplicarán en principio a las rentas de quinta y, de haber algún saldo, se deducirán de las rentas de cuarta categoría. Esto último, luego de descontar el 20% de gastos que la ley señala, manifestó el gerente legal de la CCL.

Importa precisar que mediante la RS Nº 012-2017-SUNAT, la Sunat señaló que, a partir del ejercicio 2017, los contribuyentes que perciban exclusivamente rentas de quinta categoría presentarán su declaración jurada anual del IR únicamente a efecto de solicitar la devolución de la retenciones en exceso que les hubieran efectuado, en los casos que corresponda deducir los gastos adicionales, de acuerdo con el D. Leg. 1258.

Por tanto, dijo, entre enero y febrero del próximo año, los trabajadores al presentar su DJ anual 2017 deberán consignar los gastos adicionales (por arrendamiento, créditos hipotecarios, servicios médicos y otros debidamente sustentados); y, en el caso de haber sufrido retenciones en exceso, tendrán derecho a la devolución del impuesto retenido en exceso, lo que será compensado con otras retenciones que realice el empleador a otros trabajadores.

Para la regularización de las retenciones de quinta categoría, el MEF y la Sunat, antes de finalizar el ejercicio 2017, deberán aprobar las normas operativas y formatos que deben tener en cuenta los trabajadores y empleadores.

El camino está listo

El reglamento para la deducción adicional de hasta 3 UIT dispuesto por el DS Nº 033-2017-EF, cumple con señalar el camino para que estos gastos sean deducidos, afirmó el tributarista Jorge Bravo Cucci. Anotó que lo más relevante de la norma se refiere a la deducción de los intereses por préstamos hipotecarios. “Solo corresponderá a la adquisición de una primera vivienda”, dijo. También se exigirán hipotecas debidamente inscritas; y, en la compra o construcción de bienes a futuro, pues al hallarse en proceso de inscripción de dominio.