Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia
SÁBADO 7
de noviembre de 2026
Derecho
El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, sábado 7 de noviembre del 2026
Pronied: aprueban relación de colegios que recibirán mantenimiento ante el Fenómeno El Niño 2026-2027
El Programa Nacional de Infraestructura Educativa (Pronied) aprobó el “Listado de Locales Educativos beneficiarios del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos frente a lluvias intensas del Fenómeno El Niño 2026-2027” pertenecientes a ocho regiones del país.
La Resolución Directoral Ejecutiva N.° 000203-2026-MINEDU-VMGI-PRONIED-DE precisa que la intervención comprende instituciones educativas ubicadas en Lambayeque, Tumbes, Piura, Lima Provincias, La Libertad, Ica, Loreto y Lima Metropolitana.
El programa tiene como propósito reducir la vulnerabilidad de la infraestructura educativa y contribuir a garantizar la continuidad del servicio educativo en condiciones adecuadas de habitabilidad, funcionalidad y seguridad.
Para ello, se establecieron disposiciones específicas destinadas a ejecutar trabajos de mantenimiento y acondicionamiento de los locales educativos bajo la modalidad de subvenciones.
La disposición encarga a la Oficina de Comunicaciones del Pronied publicar la resolución y su anexo con el listado en la sede digital de la entidad (www.pronied.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Conozca la norma aquí.
Migraciones: oficializan protocolo para evaluar conocimientos de extranjeros que buscan la nacionalidad peruana
El protocolo que establece los lineamientos para evaluar los conocimientos de las personas extranjeras residentes en el país que solicitan obtener la nacionalidad peruana por naturalización aprobó la Superintendencia Nacional de Migraciones.
La Resolución de Superintendencia N.° 000314-2026-Migraciones señala que el documento normativo, denominado Evaluación de conocimientos en el procedimiento de obtención de nacionalidad peruana por naturalización, tiene como finalidad establecer las pautas para desarrollar esta evaluación entre los solicitantes que hayan sido declarados expeditos.
La aprobación responde a la necesidad de contar con criterios uniformes para la evaluación de conocimientos exigida en este procedimiento, conforme a las competencias de la Dirección de Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria y de la Subdirección de Gestión Técnica Migratoria.
La resolución recuerda que el artículo 3 de la Ley N.° 26574, Ley de Nacionalidad, establece los requisitos para obtener la nacionalidad peruana por naturalización. Asimismo, los artículos 9 y 10 de su reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 004-97-IN, contemplan la aprobación del examen y regulan la evaluación del solicitante por una comisión, previa declaración de expedito por la Subdirección de Gestión Técnica Migratoria.
La Resolución de Superintendencia N.° 000314-2026-Migraciones dispone también la publicación de su anexo en el portal institucional de Migraciones y en el Portal de Transparencia Estándar. Conozca la norma aquí.
Minedu: aprueban nuevas reglas para el destaque de docentes
El Ministerio de Educación (Minedu) aprobó una nueva norma técnica que regula el procedimiento de destaque de los profesores de educación básica y técnico-productiva, en el marco de la Ley de Reforma Magisterial y su reglamento.
La medida fue dispuesta mediante la Resolución Viceministerial N.° 182-2026-MINEDU, que deroga la norma técnica aprobada por la Resolución Viceministerial N.° 009-2026-MINEDU y establece nuevas disposiciones para regular este procedimiento.
La decisión responde a las inconsistencias operativas advertidas durante la implementación de las disposiciones anteriores, así como a los retrasos en la atención de las solicitudes y las percepciones de inequidad entre los docentes, principalmente en aspectos relacionados con la gestión de plazas y la atención de la demanda.
De acuerdo con el marco normativo citado en la resolución, el destaque constituye un desplazamiento temporal y excepcional de un profesor nombrado hacia una plaza vacante presupuestada de otra institución educativa, unidad de gestión educativa local (UGEL) o dirección regional de educación (DRE), para desempeñar el mismo cargo.
Este desplazamiento requiere la autorización de la UGEL o DRE de origen y se efectúa a solicitud de la instancia de destino, considerando la necesidad institucional, las razones de salud y la unidad familiar.
El artículo 3 de la norma dispone la publicación de la resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Minedu, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Conozca la norma aquí.
Poder Judicial: elección de presidentes de cortes superiores será el 3 de diciembre
La elección de los presidentes de las cortes superiores de justicia del país para el periodo 2027-2028 se realizará el jueves 3 de diciembre del 2026, en forma presencial y mediante votación secreta, dispuso el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ).
Así lo establece la Resolución Administrativa N.° 000375-2026-CE-PJ, que fija las disposiciones complementarias para garantizar el desarrollo ordenado, transparente y neutral de este proceso electoral, conforme a los artículos 74 y 88 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
La norma precisa que los presidentes de las cortes superiores son elegidos por un periodo de dos años por los jueces superiores titulares de la respectiva corte, reunidos en Sala Plena, mediante mayoría absoluta. Asimismo, establece que no procede la reelección inmediata.
Entre las disposiciones complementarias, el Consejo Ejecutivo precisa que los jueces superiores titulares adscritos a una corte superior que desempeñan funciones provisionales en la Corte Suprema, en la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada o en otros órganos jurisdiccionales fuera de su sede de origen podrán participar como candidatos y ejercer su derecho al voto.
Para ello, los órganos competentes deberán otorgarles licencia con goce de haber.
La misma condición se reconoce a los jueces superiores titulares que ejerzan de manera transitoria o provisional la jefatura de las Oficinas Descentralizadas de la Autoridad Nacional de Control (ODANC), quienes conservan su condición de integrantes de la Sala Plena de su corte de origen.
En cambio, los jueces de control titulares nombrados por la Junta Nacional de Justicia (JNJ) y adscritos a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial (ANC-PJ) no integran la Sala Plena ni podrán participar como candidatos o electores, debido a que no forman parte de las cortes superiores de justicia.
La resolución también establece que los candidatos deberán exponer y sustentar sus respectivos planes de gobierno judicial en una sesión previa y pública, programada para el último jueves de noviembre del 2026. Conozca la norma aquí.