Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia
SÁBADO 31
de octubre de 2026
Derecho
El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, sábado 31 de octubre del 2026
Mypes: aprueban garantías y facilidades de pago ante El Niño
El Poder Ejecutivo estableció medidas extraordinarias y temporales para promover el acceso al financiamiento de las micro y pequeñas empresas (mype), así como facilitar la reprogramación de sus créditos, ante los efectos económicos del fenómeno El Niño 2026-2027.
Mediante el Decreto de Urgencia N.° 015-2026, se autoriza a la Corporación Financiera de Desarrollo (Cofide), hasta el 30 de abril de 2027, a destinar recursos disponibles del patrimonio fideicometido del Fondo Crecer para otorgar garantías hasta por 2,000 millones de soles.
Estos recursos permitirán respaldar créditos y reprogramaciones de préstamos vigentes en moneda nacional otorgados a las mypes por las empresas del sistema financiero y las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público (Coopac) comprendidas en el registro correspondiente de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS).
Coberturas
La norma establece tres niveles de cobertura de garantía, según el monto del crédito por deudor. Así, para préstamos de hasta 30,000 soles se aplicará una cobertura de 90%; para aquellos comprendidos entre 30,001 y 90,000 soles, será de 80%; y para los créditos de 90,001 hasta 300,000 soles, alcanzará el 70%.
En el caso de las mypes que desarrollen actividades agropecuarias, pesqueras y acuícolas, las coberturas serán mayores: 95%, 90% y 80%, respectivamente.
Para acceder a estas garantías, las empresas deberán desarrollar actividades en departamentos declarados en estado de emergencia por afectaciones o peligro inminente asociados al Fenómeno El Niño.
Asimismo, deberán encontrarse clasificadas al 31 de agosto de 2026 en las categorías Normal o Con Problemas Potenciales (CPP) de la Central de Riesgos de la SBS. Para las empresas pesqueras y acuícolas, la fecha de referencia será el 31 de julio de 2026.
Los créditos o sus reprogramaciones tendrán un plazo máximo de 36 meses y podrán incluir hasta seis meses de gracia parcial, durante los cuales se pagarán los intereses. Para las actividades agropecuarias, pesqueras y acuícolas, este período podrá ampliarse hasta seis meses adicionales.
Además, la tasa de interés aplicable a las reprogramaciones con garantía del Fondo CRECER no podrá superar la correspondiente al crédito original, precisa el decreto de urgencia. Conozca la norma aquí.
Gobierno: autorizan mantenimiento de colegios mediante Obras por Impuestos ante el Fenómeno El Niño
La ejecución de actividades de mantenimiento correctivo en establecimientos educativos públicos mediante el mecanismo de Obras por Impuestos autorizó el Gobierno con el propósito de prevenir y mitigar los efectos del fenómeno El Niño 2026-2027, así como garantizar la continuidad del servicio y proteger la vida e integridad de la comunidad educativa.
Así lo establece el Decreto de Urgencia N.° 016-2026 que dispone medidas extraordinarias y temporales para facilitar el financiamiento y la ejecución de estas intervenciones, además de simplificar los plazos y procedimientos aplicables.
La disposición alcanza a las entidades públicas comprendidas en la Ley N.° 29230, que prioricen y ejecuten actividades de mantenimiento correctivo en establecimientos educativos públicos ubicados en territorios declarados en emergencia por peligro inminente o para la atención de acciones frente al referido fenómeno climático.
Entidades
La norma faculta a las entidades de los gobiernos nacional, regionales y locales, así como a las universidades públicas, a priorizar y ejecutar estas actividades mediante Obras por Impuestos.
De manera excepcional, los gobiernos regionales, locales y las universidades públicas podrán aprobar directamente la priorización de las intervenciones, sin requerir previamente el acuerdo del consejo regional, concejo municipal o consejo universitario.
La decisión estará a cargo del titular de la entidad, quien deberá dar cuenta al órgano colegiado correspondiente en su siguiente sesión inmediata, precisa.
Previamente, las entidades deberán contar con un plan de mantenimiento correctivo elaborado conforme a las normas técnicas y disposiciones del sector Educación.
Este documento identificará los riesgos asociados al fenómeno El Niño, la vulnerabilidad existente y las actividades necesarias para atender sus efectos, puntualiza. Conozca la norma aquí.
Ejecutivo: modifican reglas para la negociación colectiva en el sector público
El Poder Ejecutivo modificó los lineamientos para la implementación de la Ley N.° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, con el propósito de precisar las reglas de legitimidad y representatividad de las organizaciones sindicales en las negociaciones descentralizadas, así como los plazos para el desarrollo de estos procedimientos.
La medida se oficializó mediante el Decreto Supremo N.° 145-2026-PCM, el cual fija cambios en los artículos 5, 10 y 14 de los lineamientos aprobados por el Decreto Supremo N.° 008-2022-PCM.
Entre las principales modificaciones se establece que, cuando ninguna organización sindical alcance la mayoría absoluta de los servidores del ámbito respectivo, los sindicatos minoritarios deberán negociar conjuntamente y presentar un único proyecto de convenio colectivo.
En estos casos, si no existe acuerdo sobre la representación sindical, esta se determinará proporcionalmente al número de afiliados de cada organización. Cuando se obtenga una fracción, se redondeará al número entero más cercano.
La norma precisa que la cantidad de afiliados se calculará con corte al 30 de octubre del año de inicio del ciclo negocial.
Asimismo, en el ámbito de una entidad pública, la legitimidad para negociar corresponderá a la organización sindical que afilie a servidores de todos los regímenes laborales y cuente con la mayoría absoluta del total de trabajadores.
Si ninguna cumple este supuesto, la legitimidad recaerá en las organizaciones sindicales que alcancen la mayoría absoluta de servidores de cada régimen laboral.
Representación
El dispositivo establece también que el sindicato mayoritario recibirá las propuestas formuladas por las organizaciones sindicales minoritarias.
Además, cuando el número total de representantes de la parte sindical supere al de funcionarios o directivos de la parte empleadora, los sindicatos deberán reducir su representación para mantener la paridad, sin que esta pueda ser inferior a tres representantes. Conozca la norma aquí.
Minjusdh: oficializan lineamiento para fortalecer difusión de normas jurídicas
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) aprobó el Lineamiento para el fortalecimiento de la sistematización y la difusión de las normas jurídicas de carácter general, mediante la Resolución Viceministerial N.° 014-2026-JUS-VMJ.
La disposición establece, además, dejar sin efecto la Resolución Viceministerial N.° 011-2018-JUS-VMJ, que aprobó la Directiva N.° 02-2018-JUS/VMJ, denominada Directiva para normar las Modalidades de Convenios para la Provisión del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ).
La nueva norma responde a la propuesta de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria, que planteó aprobar un nuevo instrumento normativo y derogar la directiva vigente desde julio del 2018.
El dispositivo se sustenta en las competencias del Minjusdh para sistematizar la legislación y la información jurídica de carácter general, promover su estudio y difusión, así como disponer su edición oficial.
En ese marco, la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria tiene a su cargo la sistematización y difusión de la legislación nacional y la jurisprudencia vinculante.
Asimismo, la Dirección de Sistematización Jurídica y Difusión cumple funciones de recopilación, digitalización, clasificación, concordancia, sumillado y actualización de las normas legales de carácter general, detalla
La resolución dispone que el nuevo lineamiento, identificado con el código M2.DGDNCR.LI.003, se publique en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), en la misma fecha de publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano. Conozca la norma aquí.
Poder Judicial: prorrogan funcionamiento de juzgados penales transitorios hasta abril del 2027
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) prorrogó el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios de las cortes superiores de justicia del país, con plazos diferenciados hasta el 30 de abril, el 28 de febrero y el 31 de enero del 2027, así como hasta el 30 de noviembre del 2026.
La medida, oficializada mediante la Resolución Administrativa N.° 000360-2026-CE-PJ, establece disposiciones orientadas a fortalecer la capacidad resolutiva de los órganos jurisdiccionales y contribuir a la descarga y el equilibrio de la carga procesal.
Hasta el 30 de abril del 2027 se prorrogó el funcionamiento del Segundo Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de San Vicente de Cañete; el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Oyón, itinerante en Cajatambo; el Primer Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Carabayllo; el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Yanahuanca y el Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Tarapoto.
Asimismo, hasta el 28 de febrero del 2027 se extendió el funcionamiento del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Parcona, en Ica.
En tanto, hasta el 31 de enero del 2027 se prorrogó el funcionamiento de dos juzgados especializados en delitos de corrupción de funcionarios de Huaraz; el Segundo Juzgado Penal Unipersonal Transitorio Supraprovincial Especializado en Corrupción de Funcionarios de Arequipa; dos juzgados de investigación preparatoria transitorios de Los Olivos y San Martín de Porres, así como los juzgados de investigación preparatoria y penal unipersonal transitorios de Puente Piedra.
Finalmente, hasta el 30 de noviembre del 2026 se extendió el funcionamiento del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Andahuaylas. Conozca la norma aquí.