Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia
  • LUNES 26
  • de octubre de 2026

Derecho

FOTOGRAFIA
DERECHO

Revise las principales normas legales publicadas del 18 al 24 de Octubre del 2026


Domingo 18 de Octubre del 2026

PODER EJECUTIVO
Aprueban “Lineamientos para la Gestión y el Manejo de Cadáveres y Restos Humanos en situaciones de emergencias y desastres”

El Poder Ejecutivo aprobó los “Lineamientos para la Gestión y el Manejo de Cadáveres y Restos Humanos en situaciones de emergencias y desastres”, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres N° 005-2026-PCM/SGRD.

Dichos lineamientos tienen por finalidad articular las acciones de las entidades competentes en la Gestión y el Manejo de Cadáveres y Restos Humanos en situaciones de emergencias y desastres, de acuerdo al
marco normativo vigente sobre la materia promoviendo un manejo seguro, adecuado, respetuoso y digno.

En ese contexto, dicho poder del Estado dispuso la publicación de los lineamientos aprobados en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), así como en las sedes digitales de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm) y del Instituto Nacional de Defensa Civil (www.gob.pe/indeci). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
Aprueban el Reglamento que regula la Coordinación de la Operación de los Sistemas Aislados

El Ministerio de Energía y Minas aprobó el Reglamento que regula la Coordinación de la Operación de los Sistemas Aislados, mediante el Decreto Supremo N° 022-2026-EM.

Dicha norma reglamentaria regula la coordinación de la operación de los Sistemas Aislados donde operan dos (2) o más generadores no vinculados, incluyendo las obligaciones y funciones de los Agentes Aislados y del Coordinador de la Operación.

Todo ello teniendo en cuenta que Sistema Aislado constituye el Sistema eléctrico no conectado de manera permanente al Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN), compuesto por uno o más centros de generación, redes de transmisión o redes de distribución que operan de manera interconectada, manteniendo un balance de potencia activa y reactiva entre la generación y la demanda. No incluyéndose
aquellos sistemas aislados operados por empresas municipales que no cuentan con concesión definitiva
de distribución eléctrica, ni a los sistemas eléctricos están conectados al SEIN pero que experimentan
desconexiones temporales por contingencias.

Además, considerando que Ageste Aislados son aquellos que realizan actividades de generación, transmisión o distribución en los Sistemas Aislados, teniendo en cuenta que en el caso de la distribución solo cuando cuenten con concesión definitiva de distribución eléctrica y que los Distribuidores que cuentan con activos de generación para la atención de un Sistema Aislado también califican como generadores para efectos del mencionado Reglamento.

En ese contexto, la norma reglamentaria, que consta de cuatro (4) Títulos, catorce (14) artículos, tres (3) Disposiciones Complementarias Finales y una (1) Disposición Complementaria Transitoria, fija las reglas generales para la programación de la operación en los Sistemas Aislados, así como las disposiciones relativas a la fiscalización y sanción por parte del Organismo Supervisor de la Inversiónen Energía y Minería (OSINERGMIN) respecto del cumplimiento de las normas de operación en los Sistemas Aislados.

En esa medida se busca que la coordinación de la operación de los Sistemas Aislados donde operen dos (2) o más generadores no vinculados, se realice considerando los criterios de mínimo costo, preservando la seguridad del abastecimiento de energía eléctrica y el mejor aprovechamiento de los recursos energéticos. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE SALUD
Aprueban lista complementaria al Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales para el Sector Salud, de medicamentos para el tratamiento de VIH/SIDA y hepatitis

El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó la lista complementaria al Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales para el Sector Salud, de medicamentos para el tratamiento de VIH/SIDA y hepatitis, mediante la Resolución Ministerial Nº 929-2026/MINSA.

La Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General del Minsa se encargará de la publicación de dicja lista en la sede digital del mencionado portafolio (www.gob.pe/minsa). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Valores Máximos Admisibles (VMA) para las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento dispuso la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Valores Máximos Admisibles (VMA) para las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario, del proyecto de Reglamento de Valores Máximos Admisibles (VMA) para las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario y su Exposición de Motivos, en la sede digital de dicho portafolio (www.gob.pe/vivienda), a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía, dentro del plazo de quince (15) días calendario contado desde el día siguiente de supublicación.

La medida fue adoptada mediante la Resolución Ministerial N° 404-2026-VIVIENDA con la cual se encarga a la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del citado ministerio, la recepción, sistematización y análisis de los comentarios, aportes u opiniones que se formulen al proyecto normativo, los cuales pueden ser remitidos, a través de los siguientes canales: i) Correo electrónico institucional: consultadenormas-dns@vivienda.gob.pe; ii) Mesa de Partes presencial en la sede central del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; iii) Mesa de partes virtual: https://mesadepartes.vivienda.gob.pe; o, iv) Centros de Atención al Ciudadano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Aprueban Términos de Referencia Inteligentes para la elaboración de la Declaración de Impacto Ambiental de proyectos de agua potable y saneamiento

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobó los Términos de Referencia inteligentes para la elaboración de la Declaración de Impacto Ambiental de proyectos de agua potable y saneamiento del Sector Saneamiento, mediante la Resolución Ministerial N° 405-2026-VIVIENDA.

Por ende dispuso la publicación de dichos términos en su sede digital (www.gob.pe/vivienda) 


Lunes 19 de Octubre del 2026

MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
Aprueban 10 Normas Técnicas Peruanas en su versión 2026

El Ministerio de la Producción (Produce), a través del Instituto Nacional de Calidad (Inacal), aprobó 10 Normas Técnicas Peruanas en su versión 2026, mediante la Resolución Directorial N° 000022-2026-INACAL/DN.

Se trata de normas técnicas relativas a Biotecnología y Bioseguridad en organismos vivos modificados, cacao y chocolate, acuicultura, bebidas no alcohólicas, cereales y productos derivados, granos andinos, gas natural licuado, laboratorios clínicos, y a fertilizantes. Conozca la norma aquí


OSIPTEL
Aprueban las “Medidas extraordinarias y temporales orientadas a facilitar la prestación y el acceso a los servicios públicos de telecomunicaciones de los abonados y usuarios afectados por el Fenómeno El Niño 2026-2027”

El Organismo Supervisor en Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) aprobó las “Medidas extraordinarias y temporales orientadas a facilitar la prestación y el acceso a los servicios públicos de telecomunicaciones de los abonados y usuarios afectados por el Fenómeno El Niño 2026-2027”.

Fue mediante la Resolución Nº 000133-2026-CD/OSIPTEL, con la cual se encarga a la Oficina de Comunicaciones y Relaciones Institucionales del Osiptel publicar dichas medidas y el Informe N° 000209-2026-DPRC/OSIPTEL que sustenta que tales medidas no se encuentran sujetas a la elaboración del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante; en la sede digital del mencionado organismo (https://www.gob.pe/osiptel).

Además, se encarga a la citada oficina enviar a la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) el archivo electrónico de
los documentos relativos a las medidas aprobadas.

Las medidas extraordinarias aprobadas son aplicables a las empresas operadores de los servicios públicos de telecomunicaciones, así como a los abonados y usuarios de los servicios públicos de telecomunicaciones ubicados en las zonas geográficas declaradas en estado de emergencia asociada al Fenómeno El Niño 2026-2027.

Por ejemplo, como medida para garantizar la continuidad de los servicios públicos móviles contratados bajo la modalidad de prepago figura la suspensión temporal del cómputo de plazos asociados a los servicios públicos móviles contratados bajo la modalidad prepago.

En tanto, como medidas para mantener la prestación de los servicios de telecomunicaciones contratados bajo la modalidad pospago figuran la migración temporal del servicio público móvil pospago a la modalidad prepago y el fraccionamiento de obligaciones pendientes de pago. Conozca la norma aquí


SBS
Autorizan difusión del proyecto normativo que aprueba el Reglamento General del Sistema de Finanzas Abiertas, referente al Título V “Infraestructura Digital”, Título VI “Marco de Confianza” y Título VII “Estándares, Seguridad y Calidad”

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) autorizó la difusión en consulta pública del proyecto normativo que aprueba el Reglamento General del Sistema de Finanzas Abiertas, referente al Título V “Infraestructura Digital”, Título VI “Marco de Confianza” y Título VII “Estándares, Seguridad y Calidad”, en la Sede Digital de dicha entidad supervisora (www.sbs.gob.pe)

La medida fue adoptada mediante la Resolución SBS N° 02519-2026 con la cual se establece que el plazo para que el público en general pueda remitir a la SBS sus comentarios y observaciones sobre el proyecto señalado es de dieciocho (18) días calendario.

La institución advierte que ante el desarrollo de los modelos de finanzas abiertas y los beneficios asociados a su implementación en términos de innovación, competencia e inclusión financiera, resulta necesario emitir disposiciones generales que regulen la implementación y funcionamiento del Sistema de Finanzas Abiertas, incluyendo los temas relacionados a la infraestructura digital común, el marco de confianza para la interacción entre participantes y los estándares técnicos, de seguridad y calidad de datos necesarios para garantizar la interoperabilidad y el adecuado funcionamiento del Sistema. Conozca la norma aquí


Martes 20 de Octubre del 2026

MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
Aprueban la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Sanidad e Inocuidad en Pesca y Acuicultura

El Ministerio de la Producción (Produce) aprobó la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Sanidad e Inocuidad en Pesca y Acuicultura (Sanipes), que consta de tres (3) títulos y cuarenta y tres (43) artículos, con la finalidad de fortalecer su gestión institucional y garantizar el adecuado cumplimiento de sus funciones en el ámbito de sus competencias.

La medida fue adoptada mediante el Decreto Supremo N° 015-2026-PRODUCE con el cual se establece que la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Sanipes, se publicará en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en las sedes digitales del Produce (www.gob.pe/produce) y de la Sanipes (www.gob.pe/sanipes).

Dicha sección normativa aprobada entrará en vigencia a partir de la entrada en vigencia de la Resolución de Presidencia Ejecutiva que apruebe la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Sanipes, la cual deberá aprobarse en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles, contado a partir de la publicación del citado Decreto Supremo. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
Disponen la publicación del proyectode “Decreto Supremo que establecedisposiciones para el proceso deadecuación de los permisos de pescaartesanales en el marco del DecretoSupremo N° 002-2025-PRODUCE, quemodifica el Reglamento de la Ley Generalde Pesca, aprobado por Decreto SupremoN° 012-2001-PE” 

El Ministerio de la Producción (Produce) dispuso la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que establece disposiciones para el proceso de adecuación de los permisos de pesca artesanales en el marco del Decreto Supremo N° 002-2025-PRODUCE, que modifica el Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE” y su exposición de motivos, en la sede digital del Produce (www.gob.pe/produce), por el plazo de sesenta (60) días hábiles, a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas, privadas, y de la ciudadanía en general.

La medida fue adoptada mediante la Resolución Ministerial N° 00364-2026-PRODUCE con la cual se dispone que los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto normativo sean presentados a través de la sede digital del Produce (www.gob.pe/produce) o en la Mesa de Partes del Produce, ubicada en Calle Uno Oeste N° 060, Urbanización Córpac, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, con atención a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, o remitidos al correo electrónico: dgparpa@produce.gob.pe. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Declaran en emergencia el servicio público de transporte terrestre en el tramo de la vía concesionada de la ruta nacional de la Red Vial Nacional PE-36 A

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) declaró en emergencia el servicio público de transporte terrestre en el tramo de la vía concesionada de la ruta nacional de la Red Vial Nacional PE-36 A, Sector N° 10: Dv. Moquegua - Torata, ubicado en la provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, que forma parte del Contrato de Concesión para la Construcción, Conservación y Explotación del Tramo N° 5 del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Sur Perú - Brasil.

La medida fue adoptada mediante la Resolución Ministerial N° 584-2026-MTC/01.02 por presentar dicho tramo una situación de alto riesgo dado que su diseño geométrico genera conflictos viales, riesgo de siniestro y congestión vehicular, particularmente por la circulación recurrente de vehículos pesados, sumado a que se presenta deterioro y pérdida del pavimento, y deficiencias en la señalización vial horizontal y vertical, situaciones que favorecen la generación de material particulado y polvo, afectando las condiciones ambientales y de transitabilidad del entorno, lo cual incide en la seguridad e integridad de los usuarios y en la prestación del servicio público de transporte terrestre.

El plazo de vigencia de la emergencia se sujetará a lo establecido en el numeral 3.3 del artículo 3° del Decreto Legislativo N° 1704, Decreto Legislativo que autoriza a declarar en emergencia y establecer medidas orientadas a restablecer el servicio público de transporte.

La Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes adoptará las acciones e intervenciones que resulten necesarias para preservar y superar las restricciones en el servicio de transporte terrestre que se presta en el tramo de la vía concesionada de la ruta nacional de la Red Vial Nacional indicada.

A la par, se dispone que en el plazo de diez (10) días calendario, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes informe al Despacho Viceministerial de Transportes las acciones e intervenciones adoptadas o por adoptarse en el marco de lo establecido en la referida resolución ministerial. Conozca la norma aquí


Miércoles 21 de Octubre del 2026

PODER EJECUTIVO
Aprueban Directiva que establece el perfil y responsabilidades del Oficial de Inteligencia Artificial

El Poder Ejecutivo aprobó la Directiva N° 002-2026-PCM/SGTD, Directiva que establece el perfil y responsabilidades del Oficial de Inteligencia Artificial, mediante la Resolución de Secretaría de Gobierno y Transformación Digital Nº 004-2026-PCM/SGTD.

Dicha directiva contiene disposiciones para que las entidades públicas dispongan de criterios para la designación del Oficial de Inteligencia Artificial; brindando así la orientación necesaria para que establezcan sus responsabilidades y mecanismos de articulación institucional.

De acuerdo con la mencionada Resolución, las entidades públicas que contraten servicios especializados provistos por terceros para asistir al Oficial de Inteligencia Artificial, garantizarán la seguridad, confianza y protección de los datos de las personas y de la información institucional a los que dichos terceros accedan o traten, ello conforme a la política institucional de seguridad de la información, la política institucional de uso seguro, responsable y ético de los sistemas basados en Inteligencia Artificial y la normativa en materia de protección de datos personales e inteligencia artifi cial.

La Secretaría de Gobierno y Transformación Digital (SGTD) en el marco de su rectoría en materia de gobierno, confianza y transformación digital, estará facultada para interpretar, aclarar y supervisar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la citada Resolución y la Directiva. Asimismo, en todo lo no previsto en estas, le corresponderá evaluar y emitir opinión al respecto, en función de las necesidades y particularidades organizacionales de las entidades públicas.

En ese contexto, se dispone la publicación de la referida Directiva, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) (www.gob.pe/pcm).

El cumplimiento del perfil del Oficial de Inteligencia Artificial establecido en el artículo 9° de la Directiva será exigible a partir de los doce (12) meses posteriores a su entrada en vigencia, bajo responsabilidad de la máxima autoridad administrativa de la entidad pública. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DEL AMBIENTE
Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el “Plan de Acción Multisectorial para la Recuperación Ambiental de la laguna Yarinacocha (2026-2030)”, el proyecto del Plan y su exposición de motivos

El Ministerio del Ambiente dispuso la publicación del proyectode Decreto Supremo que aprueba el “Plan de AcciónMultisectorial para la Recuperación Ambiental de lalaguna Yarinacocha (2026-2030)”, el citado proyecto delPlan y su Exposición de Motivos, mediante la Resolución Ministerial Nº D000343-2026-MINAM.

Dicha publicación se realizará en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/1024-consultaspublicas-de-proyectos-normativos-minam) para recibir comentarios, aportes u opiniones de los interesados, por un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la mencionada Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.

Los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto señalado deberán remitirse por escrito al Ministerio del Ambiente, sito en la avenida Antonio Miroquesada Nº 425, primer piso, distrito de Magdalena del Mar, Lima, o a la dirección electrónica normasdgca@minam.gob.pe. La Dirección General de Calidad Ambiental será la encargada de recibir, sistematizar y analizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley que regula la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) dispuso la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 31557, Ley que regula la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2023-MINCETUR, y su Exposición de Motivos, en la sede digital de dicho portafolio (www.gob.pe/mincetur), por el plazo de 15 días calendario, con el objeto de recibir comentarios, aportes u opiniones por parte de las entidades públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de las personas naturales interesadas.

La medida fue adoptada mediante la Resolución Ministerial N° 382-2026-MINCETUR al advertirse la necesidad de introducir ajustes normativos orientados a fortalecer la claridad, predictibilidad y eficacia del marco regulatorio vigente, a fin de precisar el alcance de determinadas obligaciones y prohibiciones aplicables a los titulares de autorizaciones de explotación de plataformas tecnológicas de juegos a distancia, apuestas deportivas a distancia y salas de juegos de apuestas deportivas a distancia. 

Asimismo, al constatarse la conveniencia de optimizar los mecanismos de supervisión y fiscalización a cargo del Mincetur; adecuar disposiciones operativas vinculadas a la transmisión de información, auditorías, garantías y condiciones de autorización; regular de manera expresa el procedimiento para la declaración de abandono, disposición y destrucción de bienes comisados; así como ante la necesidad de establecer criterios objetivos para la graduación e imposición de multas, con el propósito de asegurar una aplicación coherente, proporcional y efectiva de la normativa vigente, reforzando la protección del usuario, la persecución del juego ilegal y la tutela del interés público.

Los comentarios, aportes u opiniones sobre la propuesta normativa modificatoria deberán presentarse a través del portal institucional del Mincetur (www.gob.pe/mincetur), o en la Mesa de Partes de esta cartera, ubicada en Calle Uno Oeste N° 050, Urbanización Córpac, San Isidro, provincia y departamento de Lima; así como, en la dirección electrónica: apuestasdeportivas@mincetur.gob.pe, dirigido a la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas del Viceministerio de Turismo, órgano que se encargará de recibir, sistematizar y analizar los comentarios, aportes u opiniones. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO
Eliminan el procedimiento administrativo “Evaluación de Riesgo Ambiental para el Registro de Plaguicidas de uso agrícola”, contenido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego dispuso la eliminación del procedimiento administrativo “Evaluación de Riesgo Ambiental para el Registro de Plaguicidas de uso agrícola”, contenido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de dicho portafolio, aprobado con Decreto Supremo Nº 016-2015-MINAGRI y sus modificatorias.

A la par, dispuso la eliminación de ocho (8) servicios prestados en exclusividad contenidos en el TUPA del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, según el siguiente listado:

1. Plano Topográfico original o catastral.
2. Plano Topográfico digitalizado del original a escala 1:25,000.
3. Padrón catastral rural anterior a 1990, en formato A3.
4. Índice departamental de hojas topográfi cas a escala 1:25,000 en formato 0.50 m x 0.50.
5. Fotografía aérea (Tamaño 23cm x 23cm).
6. Foto índice escaneado de aerofotografías (incluye CD).
7. Portafolio digital (escala de grises) en formato 0.50 x 0.50 m a escala 1:5,000.
8. Gráfico de vuelo por Proyecto.

Para todo ello, se modifica el TUPA del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, mediante la Resolución Ministerial Nº D000434-2026-MIDAGRI-DM con la cual se dispone además la reducción del plazo de atención y actualización de información complementaria de un (1) procedimiento administrativo de dicho TUPA conforme al detalle del Anexo que forma parte integrante de la referida resolución ministerial.


MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
Aprueban dos Normas Técnicas Peruanas en su version 2026 referentes a cementos

El Ministerio de la Producción (Produce), a través del Instituto Nacional de Calidad (Inacal), aprobó dos Normas Técnicas Peruanas en su versión 2026 referentes a cementos. Se trata de la NTP 334.001:2026 CEMENTOS y la NTP 334.082:2026 CEMENTOS.

La medida fue adoptada mediante la Resolución Directoral Nº 000023-2026-INACAL/DN con la cual se dejan sin efecto dos Normas Técnicas Peruanas en sus versiones anteriores relativas a cementos.
Conozca la norma aquí


Jueves 22 de Octubre del 2026

MINISTERIO DE DEFENSA
Aprueban relación de servicios que pueden ejecutarse bajo el régimen excepcional del mecanismo de Obras por Impuestos, en el marco de lo establecido por el Decreto de Urgencia N° 010-2026

El Ministerio de Defensa aprobó la relación de servicios que pueden ejecutarse bajo el régimen excepcional del mecanismo de Obras por Impuestos, en el marco de lo establecido por el Decreto de Urgencia Nº 010-2026, y que se detallan así como sus respectivos contenidos mínimos.

La medida fue adoptada mediante la Resolución Ministerial Nº 01292-2026-DE con la cual se dispone la publicación de dicha relación en la sede digital del citado portafolio (www.gob.pe/mindef). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DEL INTERIOR 
Modifican el Reglamento de la Ley del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú

El Ministerio del Interior modificó el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1174, Ley del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo Nº 008-2026-IN.

De esta manera dicho portafolio aprueba la adecuación del citado reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2015-IN, con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32736, Ley que modifica el Decreto Legislativo Nº 1174, Ley del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú, homologando el régimen de salud policial al modelo de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) de las Fuerzas Armadas.

Así, se precisa -por ejemplo- que SALUDPOL constituye una persona jurídica de derecho público, con calidad de administradora de fondos intangibles de salud, adscrita a la Comandancia General de la Policía Nacional, que cuenta con autonomía técnica, administrativa, económica, financiera, presupuestal y contable, cuya finalidad es recibir, captar y gestionar los fondos destinados al financiamiento de prestaciones de salud dirigidas al personal de la Policía Nacional del Perú (PNP) y sus familiares derechohabientes, a través de una cobertura de los riesgos de salud. La supervisión y evaluación de SALUDPOL estará a cargo del Ministerio del Interior. Conozca la norma aquí


SUNAT
Aprueban el porcentaje requerido para determinar el límite máximo de devolución del Impuesto Selectivo al Consumo a que se refiere el Reglamento del Decreto de Urgencia N° 012-2019

La Superitendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) aprobó el porcentaje requerido para determinar el límite máximo de devolución del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) a que se refiere el Reglamento del Decreto de Urgencia N° 012-2019, aplicable a los meses de julio, agosto y setiembre del 2026.

La medida fue adoptada mediante la Resolución de Superintendencia Nº 000207-2026/SUNAT con la finalidad de hacer posible la atención de las solicitudes de devolución del ISC que presenten los transportistas que prestan el servicio de transporte regular de personas de ámbito nacional, regional y provincial o el servicio de transporte público terrestre de carga, por el tercer trimestre del año 2026, conforme lo establece el numeral 2.6 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N.º 012-2019, en concordancia con el artículo 6° del reglamento del citado decreto.

En ese contexto, se aprueba el porcentaje a que se refiere el literal b) del numeral 4.4 del artículo 4 del Reglamento del Decreto de Urgencia N.º 012-2019, aprobado por el Decreto Supremo N.º 419-2019-EF, de la siguiente manera:

MES

PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DEL ISC (%)

Julio 2026

8.42 %

Agosto 2026

7.12 %

Setiembre 2026

6.87 %




MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO
Declaran de interés del Sector Agrario y de Riego el “IX Congreso Nacional de Ingenieros Zootecnistas”
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del miércoles 21 de Octubre del 2026)

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego declaró de interés del Sector Agrario y de Riego el “IX Congreso Nacional de Ingenieros Zootecnistas”, a realizarse los días 22 y 23 de Octubre del 2026 en la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo y en el Centro de Esparcimiento del Colegio de Ingenieros del Perú - C.D. Lambayeque.

La medida fue adoptada mediante la Resolución Ministerial Nº D000451-2026-MIDAGRI-DM en razón a que dicho cónclave constituye un espacio de actualización científica, tecnológica y profesional en el ámbito de la Zootecnia y la Producción Animal, abordando materias vinculadas a Sistemas de Producción Ganadera Sostenible, Nutrición, Genética y Reproducción Animal, Sanidad, Bienestar Animal, Innovación y Gestión Ganadera. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Establecen la modalidad progresiva y un nuevo plazo para el inicio de la implementación del nuevo modelo de certificación a cargo del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes 
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del miércoles 21 de Octubre del 2026)

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) estableció la modalidad progresiva y un nuevo plazo para el inicio de la implementación del nuevo modelo de certificación a cargo del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE).

De acuerdo con el Decreto Supremo N° 222-2026-EF el OECE establecerá, mediante comunicado, la fecha de inicio de la implementación progresiva del nuevo modelo de certificación regulado en el artículo 16° del mencionado reglamento, teniendo en cuenta que el inicio de dicha implementación tendrá como fecha límite el 30 de abril de 2028.

Por ende, el citado decreto supremo modifica en ese sentido la Decimocuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2025-EF.

De esta manera, se busca garantizar la continuidad del servicio de certificación de los compradores públicos hasta que el OECE inicie la implementación progresiva del nuevo modelo de certificación.


Viernes 23 de Octubre del 2026

Senado elige a tres nuevos miembros del directorio del BCR

El Senado de la República eligió a Oswaldo Molina Campodónico, José Ricardo Stok Capella y Juan José Marthans León como nuevos miembros del Directorio del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), mediante la Resolución Legislativa del Senado 002-2026-2027-S.

La decisión se adoptó en uso de las facultades establecidas en el artículo 86 y el numeral 5 del artículo 102-A de la Constitución Política del Perú, el artículo 201 del Reglamento del Senado y el artículo 9 del Decreto Ley 26123, Ley Orgánica del Banco Central de Reserva del Perú.

La resolución legislativa fue suscrita el 21 de octubre de 2026 por el presidente del Senado, Miguel Ángel Torres Morales, y el primer vicepresidente, Alejandro Muñante Barrios.



Declaran días no laborables compensables por visita del papa León XIV

El Gobierno declaró días no laborables sujetos a compensación para los trabajadores de los sectores público y privado en Lima, la Provincia Constitucional del Callao y seis departamentos del país, con motivo de la visita de su santidad el papa León XIV al Perú, según el Decreto Supremo N.º 020-2026-TR.

La norma establece que, en Lima y el Callao, los días no laborables comprenderán el 11 y 12 de noviembre, desde las 13:00 hasta las 24:00 horas, así como el 16 de noviembre de 2026, para ambos sectores laborales.

En Cajamarca, La Libertad, Lambayeque y Piura, la medida regirá el 13 y 14 de noviembre para los trabajadores públicos y privados. En Cusco y Ucayali, el día no laborable del 15 de noviembre se aplicará únicamente al sector privado.

En este último sector, los centros de trabajo podrán acogerse a la medida previo acuerdo entre el empleador y los trabajadores. Si no existe consenso, corresponderá al empleador decidir. Asimismo, el acuerdo deberá establecer cómo se recuperarán las horas dejadas de laborar; en ausencia de acuerdo, el empleador determinará la forma de compensación.

Para los servidores públicos, las horas no trabajadas deberán recuperarse dentro de los diez días inmediatos posteriores o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad, según sus necesidades.

La disposición también precisa que, para fines tributarios, los días no laborables compensables tendrán la consideración de días hábiles.

Servicios indispensables

El decreto dispone que los titulares de las entidades públicas comprendidas en los ámbitos geográficos señalados adopten las medidas necesarias para garantizar la continuidad de los servicios públicos indispensables para la comunidad.

Además, las empresas privadas que brindan servicios esenciales o actividades de especial relevancia para la población podrán determinar los puestos excluidos de los días no laborables y los trabajadores que continuarán laborando. La medida comprende, entre otros, los servicios sanitarios, transporte, comunicaciones, electricidad, agua, seguridad, establecimientos de hospedaje, restaurantes y entidades financieras.



Mincetur aprueba Plan Nacional de Ordenamiento Turístico para impulsar el turismo peruano hasta 2031

El Perú tiene muchos lugares maravillosos por descubrir. Por eso, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) aprobó el Plan Nacional de Orden Turístico 2026-2031, que busca mejorar los destinos turísticos del país para que los visitantes disfruten de viajes más seguros y mejores servicios.

El ministro de Comercio Exterior y Turismo, Rogers Valencia, destacó que esta iniciativa forma parte del compromiso del Gobierno de la presidenta Keiko Fujimori para impulsar el turismo y generar más oportunidades para todos los peruanos.

“Desde el Gobierno de la presidenta Keiko Fujimori estamos impulsando un turismo más competitivo, seguro y formal, que genere oportunidades para los peruanos y fortalezca la imagen del Perú ante el mundo. Con este plan, avanzamos hacia destinos mejor gestionados, mejores servicios y una experiencia de viaje que responda a las expectativas de nuestros visitantes”, señaló el ministro Valencia.

A través del Plan Nacional de Orden Turístico se buscará que los destinos turísticos estén mejor organizados, garantizar mejores servicios para los visitantes y promover que más negocios del sector trabajen formalmente. También busca generar empleo y nuevas oportunidades para los peruanos, especialmente para las comunidades que viven del turismo.

El plan fue aprobado mediante la Resolución Ministerial N.° 383-2026-MINCETUR y para lograr estos objetivos se promoverá el trabajo conjunto entre el Gobierno nacional, los gobiernos regionales y las municipalidades.

SOBRE EL PLAN
El Plan Nacional de Orden Turístico 2026-2031se centra en tres objetivos: mejorar los lugares turísticos, brindar mayor seguridad a los visitantes y promover que los negocios turísticos cumplan las normas. Esto permitirá organizar mejor los destinos, ofrecer nuevas experiencias a los viajeros y fortalecer las medidas para prevenir y atender situaciones que puedan poner en riesgo su seguridad.

Asimismo, se impulsará que hoteles, restaurantes, agencias de viajes y otros negocios turísticos trabajen formalmente y brinden servicios confiables.

Para alcanzar estos objetivos, el plan contempla 12 ejes de trabajo y 52 acciones concretas que se desarrollarán junto con las autoridades, las empresas y otras instituciones. El Mincetur también hará un seguimiento de los avances para conocer los resultados y verificar que las medidas contribuyan a mejorar el turismo en cada destino.

Cabe indicar que, próximamente, el Mincetur presentará sus principales líneas de intervención para contribuir al desarrollo sostenible y competitivo del turismo peruano.


Sábado 24 de Octubre del 2026

MTPE: crea grupo multisectorial para evaluar problemas sociolaborales del sector pesca frente a El Niño

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) creó un grupo de trabajo multisectorial de naturaleza temporal encargado de evaluar los resultados de la implementación de recomendaciones vinculadas con el sector pesca y analizar nuevas problemáticas ante los efectos del Fenómeno Climático del Niño Global 2026-2027.

La Resolución Ministerial N.° 334-2026-TR precisa que esta instancia evaluará el cumplimiento de las recomendaciones contenidas en el informe final del grupo de trabajo creado mediante la Resolución Ministerial N.° 370-2023-TR, además de analizar nuevas problemáticas en materias de competencia del Sector Trabajo y Promoción del Empleo.

El grupo estará presidido por un representante del Despacho Viceministerial de Trabajo del MTPE e integrado por representantes de los viceministerios de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, y de Pesca y Acuicultura, este último del Ministerio de la Producción.

También participarán representantes de las direcciones generales de Promoción del Empleo; de Trabajo; de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo; y de Políticas para la Promoción de Formalización Laboral e Inspección de Trabajo del MTPE, así como del Instituto del Mar del Perú.

La conformación incluye, además, cuatro representantes de las entidades empleadoras del sector pesca y cuatro representantes de las centrales sindicales acreditadas ante el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo, a razón de uno por cada central sindical.

Entre sus funciones, el grupo deberá informar sobre el avance del cumplimiento de las recomendaciones anteriores y analizar nuevas problemáticas del sector pesca, para plantear recomendaciones exclusivamente en materia sociolaboral, seguridad social y seguridad y salud en el trabajo.

Como producto final, presentará un informe técnico que dé cuenta del avance de la implementación de las recomendaciones previas y de los resultados del análisis de las nuevas problemáticas identificadas. Conozca la norma aquí.


Poder Judicial: se prorroga funcionamiento de tres órganos supremos

Por tres meses, a partir del 1 de noviembre de 2026, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) prorrogó el funcionamiento de la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, así como de la Sala Penal Especial y el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria.

La medida fue dispuesta mediante la Resolución Administrativa N.° 000348-2026-CE-PJ con el propósito de garantizar el adecuado funcionamiento de estos órganos jurisdiccionales.

La decisión responde a la existencia de un considerable número de expedientes pendientes de resolver. En el caso de la Sala Penal Especial, se encuentran en trámite juicios orales con gran cantidad de medios probatorios por actuar, además de expedientes reservados de naturaleza emblemática y de especial complejidad.

Una situación similar se presenta en el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, debido a la naturaleza y complejidad de los procesos penales a su cargo.

La resolución establece que la prórroga de la Sala Penal Especial y del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria se realizará con carácter de exclusividad por el mismo período de tres meses.

Estos órganos tienen a su cargo el juzgamiento de los funcionarios comprendidos en el artículo 99 de la Constitución Política del Estado, el artículo 34, numeral 4, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el artículo 454 del Código Procesal Penal, cuyos procesos se tramitan conforme al Código de Procedimientos Penales y al Código Procesal Penal. Conozca la norma aquí. 

MEF: aprueba valores arancelarios de terrenos para el 2027

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó los Valores Arancelarios de Terrenos Urbanos y Rústicos vigentes para el Ejercicio Fiscal 2027, mediante la Resolución Ministerial N.° 490-2026-EF/15.

La norma establece que los valores arancelarios de terrenos urbanos se expresan en soles por metro cuadrado, mientras que los correspondientes a terrenos rústicos se expresan en soles por hectárea, ambos a escala nacional y para fines del impuesto predial.

De acuerdo con la resolución, los valores aprobados están contenidos en los anexos 1 y 2, que forman parte integrante de la norma.

Asimismo, se dispone que estos anexos se publiquen en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en la sede digital del MEF (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la resolución en el diario oficial El Peruano. Conozca la norma aquí.



Lea también en el Diario Oficial El Peruano: