Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia
MARTES 20
de octubre de 2026
Derecho
DERECHO
El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, martes 20 de Octubre del 2026
MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
Aprueban la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Sanidad e Inocuidad en Pesca y Acuicultura
El Ministerio de la Producción (Produce) aprobó la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Sanidad e Inocuidad en Pesca y Acuicultura (Sanipes), que consta de tres (3) títulos y cuarenta y tres (43) artículos, con la finalidad de fortalecer su gestión institucional y garantizar el adecuado cumplimiento de sus funciones en el ámbito de sus competencias.
La medida fue adoptada mediante el Decreto Supremo N° 015-2026-PRODUCE con el cual se establece que la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Sanipes, se publicará en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en las sedes digitales del Produce (www.gob.pe/produce) y de la Sanipes (www.gob.pe/sanipes).
Dicha sección normativa aprobada entrará en vigencia a partir de la entrada en vigencia de la Resolución de Presidencia Ejecutiva que apruebe la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Sanipes, la cual deberá aprobarse en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles, contado a partir de la publicación del citado Decreto Supremo. Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
Disponen la publicación del proyectode “Decreto Supremo que establecedisposiciones para el proceso deadecuación de los permisos de pescaartesanales en el marco del DecretoSupremo N° 002-2025-PRODUCE, quemodifica el Reglamento de la Ley Generalde Pesca, aprobado por Decreto SupremoN° 012-2001-PE”
El Ministerio de la Producción (Produce) dispuso la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que establece disposiciones para el proceso de adecuación de los permisos de pesca artesanales en el marco del Decreto Supremo N° 002-2025-PRODUCE, que modifica el Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE” y su exposición de motivos, en la sede digital del Produce (www.gob.pe/produce), por el plazo de sesenta (60) días hábiles, a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas, privadas, y de la ciudadanía en general.
La medida fue adoptada mediante la Resolución Ministerial N° 00364-2026-PRODUCE con la cual se dispone que los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto normativo sean presentados a través de la sede digital del Produce (www.gob.pe/produce) o en la Mesa de Partes del Produce, ubicada en Calle Uno Oeste N° 060, Urbanización Córpac, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, con atención a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, o remitidos al correo electrónico: dgparpa@produce.gob.pe. Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Declaran en emergencia el servicio público de transporte terrestre en el tramo de la vía concesionada de la ruta nacional de la Red Vial Nacional PE-36 A
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) declaró en emergencia el servicio público de transporte terrestre en el tramo de la vía concesionada de la ruta nacional de la Red Vial Nacional PE-36 A, Sector N° 10: Dv. Moquegua - Torata, ubicado en la provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, que forma parte del Contrato de Concesión para la Construcción, Conservación y Explotación del Tramo N° 5 del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Sur Perú - Brasil.
La medida fue adoptada mediante la Resolución Ministerial N° 584-2026-MTC/01.02 por presentar dicho tramo una situación de alto riesgo dado que su diseño geométrico genera conflictos viales, riesgo de siniestro y congestión vehicular, particularmente por la circulación recurrente de vehículos pesados, sumado a que se presenta deterioro y pérdida del pavimento, y deficiencias en la señalización vial horizontal y vertical, situaciones que favorecen la generación de material particulado y polvo, afectando las condiciones ambientales y de transitabilidad del entorno, lo cual incide en la seguridad e integridad de los usuarios y en la prestación del servicio público de transporte terrestre.
El plazo de vigencia de la emergencia se sujetará a lo establecido en el numeral 3.3 del artículo 3° del Decreto Legislativo N° 1704, Decreto Legislativo que autoriza a declarar en emergencia y establecer medidas orientadas a restablecer el servicio público de transporte.
La Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes adoptará las acciones e intervenciones que resulten necesarias para preservar y superar las restricciones en el servicio de transporte terrestre que se presta en el tramo de la vía concesionada de la ruta nacional de la Red Vial Nacional indicada.
A la par, se dispone que en el plazo de diez (10) días calendario, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes informe al Despacho Viceministerial de Transportes las acciones e intervenciones adoptadas o por adoptarse en el marco de lo establecido en la referida resolución ministerial. Conozca la norma aquí
Lea también en el Diario Oficial El Peruano:
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (@MinjusDH_Peru) aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Defensa Pública y Acceso a la Justicia (Sunadep).?? https://t.co/UJYID7X8L4 https://t.co/pmMF1vIj4n