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  • de octubre de 2026

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Pagos con QR y POS: estas son las nuevas reglas para proteger y gestionar los fondos de comercios

Aprueban reglamento para servicios de aceptación de pagos

El reglamento, aprobado mediante la Circular N.° 0026-2026-BCRP, busca establecer estándares mínimos comunes para la prestación de estos servicios, independientemente de la infraestructura utilizada para procesar los pagos, con el propósito de fortalecer la seguridad, eficiencia, interoperabilidad y confianza en el Sistema Nacional de Pagos.

La norma considera como entidades reguladas a los proveedores de servicios de pago que ofrezcan o intervengan en la prestación del Servicio de Aceptación de Pagos, así como a las infraestructuras de pagos, incluidos sus administradores y participantes directos e indirectos.

El servicio comprende las actividades que permiten a los comercios recibir pagos de sus clientes por bienes o servicios mediante instrumentos de pago, dispositivos tecnológicos de venta u otros canales o mecanismos habilitados.

Entre estos dispositivos se incluyen terminales de punto de venta (POS), códigos QR, botones de pago, integraciones web y aplicativos móviles.

El reglamento establece, además, que los fondos provenientes de los pagos que el Aceptador de Pagos reciba y administre hasta su liquidación a los comercios deberán mantenerse en una cuenta recaudadora, separados de sus fondos propios, con las excepciones previstas por la norma.

Asimismo, los Aceptadores de Pagos deberán realizar una conciliación diaria entre el saldo de la cuenta recaudadora y sus obligaciones de liquidación a los comercios.

También deberán conservar, bajo estrictas medidas de seguridad, durante cinco años la información de las transacciones realizadas.