El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, jueves 10 de setiembre del 2026
MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL
Aprueban “Directiva que regula las intervenciones ante situaciones de emergencia o desastre en el marco del Programa de Complementación Alimentaria – PCA”
El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprobó la Directiva N° 008-2026-MIDIS, “Directivaque regula las intervenciones ante situaciones deemergencia o desastre en el marco del Programa de Complementación Alimentaria – PCA”, mediante la ResoluciónMinisterial N° D000246-2026-MIDIS.
Dicha directiva establece las disposiciones para las intervenciones ante situaciones de emergencia o desastre que pongan en riesgo o afecten a los Centros de Atención de las modalidades del PCA, con la finalidad de brindar la atención alimentaria continua y oportuna a sus usuarios, en concordancia con la normativa vigente en materia de Gestión del Riesgo de Desastres.
Por ende, se dispone la publicación del citado documento normativo en la sede digital del Ministerio
de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis) y se deroga la Resolución Ministerial N° 226-2021-MIDIS, que aprueba la Directiva N° 015-2021-MIDIS, Acciones de Intervención ante Emergencias y Desastres del PCA de aquel portafolio. Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Aprueban el Set Completo delas Normas Internacionales de Información Financieraversión 2026, que incluye el Marco Conceptual para laInformación Financiera
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a través del Consejo Normativo de Contabilidad, aprobó el Set Completo de las Normas Internacionales de Información Financiera versión 2026, así como el Marco Conceptual para la Información Financiera, mediante la Resolución N° 003-2026-EF/30.
De acuerdo con dicha resolución, la vigencia de las normas indicadas es la establecida en cada una de ellas, disponiéndose la publicación de cada una así como del referido marco conceptual en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas.
A la par, se solicita a la Dirección General de Contabilidad Pública, como ente rector del Sistema Nacional de Contabilidad, la difusión de lo dispuesto por la citada resolución; y recomendar a la Junta de Decanos de los Colegios de Contadores Públicos del Perú, a los Colegios de Contadores Públicos Departamentales y a las Facultades de Ciencias Contables de las Universidades del país y otras instituciones competentes, su debida incorporación en los planes curriculares y de capacitación. Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Aprueban las Bases del XIV Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes 2026
El Ministerio de Educación aprobó las Bases del XIV Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes 2026, mediante la Resolución Viceministerial N° 161-2026-MINEDU.
De acuerdo con la norma, se encarga a la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente, a las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, a las Unidades de Gestión Educativa Local y a las Instituciones Educativas, en el marco de sus competencias, el
cumplimiento de las Bases del XIV Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes 2026, así como su difusión y promoción, a través de sus canales y redes sociales oficiales correspondientes.
Por ende, se dispone la publicación de las referidas bases, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu).
Crean la “Comisión Sectorial para promover el fortalecimiento y modernización del Sector Trabajo y Promoción del Empleo”
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) creó la Comisión Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente de dicho portafolio denominada “Comisión Sectorial para promover el fortalecimiento y modernización del Sector Trabajo y Promoción del Empleo”.
La medida fue adoptada mediante la Resolución Ministerial N° 285-2026-TR con la cual se precisa que dicha comisión, presidida por el jefe de Gabinete de Asesores del MTPE, tiene por objeto elaborar un informe que contenga propuestas de políticas, planes, programas, medidas, acciones y disposiciones normativas destinadas a consolidar el proceso de fortalecimiento y modernización del Sector Trabajo y Promoción del Empleo.
Los integrantes que conformarán la mencionada comisión así como sus representantes alternos, se acreditarán ante la Secretaría Técnica del grupo de trabajo mediante comunicación escrita, dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de la referida
resolución ministerial.
La citada comisión se instalará en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la mencionada resolución ministerial, y tendrá una vigencia de ciento veinte (120) días calendario, contados a partir del día siguiente de su instalación.
Sin embargo, la vigencia de la comisión podrá prorrogarse, por única vez, por un periodo similar o menor, mediante resolución ministerial, por acuerdo de sus miembros. Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban Relación de Servicios que pueden ejecutarse bajo el régimen excepcional del mecanismo de Obras por Impuestos en el marco del Decreto de Urgencia N° 010-2026, así como sus respectivos contenidos mínimos
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó la Relación de Servicios que pueden ejecutarsebajo el régimen excepcional del mecanismo de Obras porImpuestos en el marco del Decreto de Urgencia N° 010-2026, así como sus respectivos contenidos mínimos, mediante la Resolución Ministerial N° 485-2026-MTC/01.
Por tanto, dispuso remitir dicha relación a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN), para los fines consiguientes, en el marco del seguimiento y difusión del mecanismo de Obras por Impuestos.
También, el MTC dispuso notificar la referida relación a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a la Oficina General de Administración, a la Oficina de Defensa Nacional y Gestión del Riesgo de Desastres, y a las unidades de organización de la entidad, que en el marco de sus competencias, intervengan en la implementación y ejecución de las medidas extraordinarias para la ejecución de intervenciones mediante el mecanismo de Obras por Impuestos ante el Fenómeno El Niño en el marco de lo establecido por el Decreto de Urgencia N° 010-2026.
Por último, se dispuso la publicación de la mencionada relación de servicios en la sede digital del
Disponen la publicaciónde los “Indicadores del Ranking Universitario comprendido en el V Informe Bienal sobre la Realidad Universitaria en el Perú” y sus fichas metodológicas
La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) dispuso la publicación en su portal institucional (www.sunedu.gob.pe) de los“Indicadores del Ranking Universitario comprendido enel V Informe Bienal sobre la Realidad Universitaria enel Perú” y sus fichas metodológicas, a fin de recoger losaportes, observaciones y comentarios de la comunidaduniversitaria y ciudadanía en general.
La medida fue adoptada mediante la Resolución del Consejo Directivo N° 0029-2026-SUNEDU-CD con la cual se dispuso que el plazo para que la ciudadanía en general y demás interesados remitan a la Sunedu sus aportes, observaciones y comentarios respecto de los “Indicadores del Ranking Universitario
comprendido en el V Informe Bienal sobre la Realidad Universitaria en el Perú” y sus fichas metodológicas, sea de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Portal Institucional de la Sunedu.
A la par, se dispuso que los aportes, observaciones y comentarios se remitan a la Unidad de Gestión de
la Información Universitaria - UGIU, de la Dirección de Registro y Reconocimiento de Grados y Títulos e
Información Universitaria de la Sunedu, mediante la mesa de partes ubicada en la calle Aldabas 337, Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima (de 08:00 a las 16:30 horas); o a través de la Mesa de Partes Virtual de la Sunedu, o la siguiente dirección electrónica: rankinguniversitario@sunedu.gob.pe.
Además, la Sunedu dispuso que la UGIU, de la Dirección de Registro y Reconocimiento de Grados y Títulos e Información Universitaria se encargue de recibir, procesar, evaluar e incluir, de ser el caso, los aportes, observaciones y comentarios que se reciban sobre los “Indicadores del Ranking Universitario
comprendido en el V Informe Bienal sobre la Realidad Universitaria en el Perú” y sus fichas metodológicas, a efectos de elaborar el texto definitivo.
Por último, se encarga a la Oficina de Comunicaciones de la Sunedu la publicación de la mencionada resolución y los “Indicadores del Ranking Universitario comprendido en el V Informe Bienal sobre la Realidad Universitaria en el Perú” con sus fichas metodológicas, en el Portal Institucional de la Sunedu (www.sunedu.gob.pe). Conozca la norma de aquí
MINISTERIO DE CULTURA
Aprueban listado de servicios que pueden ejecutarse mediante el mecanismo de Obras por Impuestos y su contenido mínimo
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del miércoles 9 de setiembre del 2026)
El Ministerio de Cultura aprobó el listado de servicios quepueden ejecutarse mediante el mecanismo de Obraspor Impuestos, conforme a la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 010-2026, así como su contenido mínimo, mediante la Resolución Ministerial N° 000332-2026-MC.
A la par, dispuso que tales servicios se ejecuten en zonas comprendidas en declaraciones de Estados de Emergencia por peligro inminente o para atención de acciones frente al Fenómeno El Niño 2026-2027, de conformidad con el numeral 1 del artículo 3° del Decreto de Urgencia N° 010-2026.
Además, se encarga a la Oficina de Inversiones del citado portafolio continuar con los trámites conducentes para la priorizaciónde aquellos servicios, disponiéndose la publicación del referido listado en la sede digital del Ministeriode Cultura (www.gob.pe/cultura). Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Aprueban la “Relación de Servicios que pueden ejecutarse mediante el mecanismo de Obras por Impuestos en el marco del Decreto de Urgencia N° 010-2026 para atender el Fenómeno El Niño” y su contenido mínimo
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del miércoles 9 de setiembre del 2026)
El Ministerio de Educación (Minedu) aprobó la “Relación de Servicios que pueden ejecutarse mediante el mecanismo de Obras por Impuestos en el marco del Decreto de Urgencia N° 010-2026 para atender el Fenómeno El Niño” y su contenido mínimo, para su financiamiento y ejecución en el marco del Decreto de Urgencia N° 010-2026, la Ley N° 29230 y su Reglamento, la cual incluye los servicios aprobados con Resolución Ministerial N° 250-2026-MINEDU.
La medida fue adoptada mediante la Resolución Ministerial N° 544-2026-MINEDU con la cual también se dispone la publicación de la citada relación en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministeriode Educación (www.gob.pe/minedu). Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE SALUD
Aprueban Relación de Servicios que pueden ejecutarse mediante el mecanismo de Obras por Impuestos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 4.2 del artículo 4 y la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 010-2026
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del miércoles 9 de setiembre del 2026)
El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó la Relación de Servicios que pueden ejecutarse mediante el mecanismo de Obras por Impuestos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 4.2 del artículo 4 y la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 010-2026, mediante la Resolución
Ministerial Nº 808-2026/MINSA.
A la par, dispuso la remisión de la referida relación a la Agencia de Promoción de la Inversión
Privada (PROINVERSIÓN) y encarga a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General del citado portafolio la publicación de la relación en mención en la sede digital del Minsa (www.gob.pe/minsa). Conozca la norma aquí