• MIÉRCOLES 2
  • de setiembre de 2026

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El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, miércoles 02 de setiembre del 20


Aprueban S/ 3.28 millones en subvenciones para cofinanciar proyectos de innovación y emprendimiento

El Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (ProInnóvate) aprobó el otorgamiento de subvenciones por un monto total de S/ 3,284,460.82 a favor de los beneficiarios detallados en el Anexo Único de la Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 024-2026-PRODUCE/PROINNÓVATE.

Los recursos serán destinados al cofinanciamiento de proyectos desarrollados en el marco del Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento y del Fondo MIPYME Emprendedor.

El financiamiento autorizado corresponde al Presupuesto Institucional 2026 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad. Del monto total, S/ 266,532.14 provienen de Recursos Ordinarios; S/ 2,801,972.42, de Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito; y S/ 215,956.26, de Donaciones y Transferencias.

La medida se vincula con el Contrato de Préstamo N.° 5287/OC-PE, suscrito el 23 de julio de 2021 entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), con el propósito de contribuir al financiamiento y ejecución del Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento.

Asimismo, el Fondo MIPYME Emprendedor tiene como objetivo incrementar la productividad de las micro, pequeñas y medianas empresas mediante instrumentos orientados a la difusión tecnológica, la innovación empresarial, la mejora de la gestión, los encadenamientos productivos y el acceso a mercados.

La resolución dispone, además, que la Unidad de Administración y la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización adopten las acciones administrativas necesarias para cumplir con lo establecido.

El otorgamiento de las subvenciones se sustenta también en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, que autoriza al Ministerio de la Producción, mediante ProInnóvate, a otorgar subvenciones a los beneficiarios definidos en el marco de los concursos desarrollados por este programa.


Vivienda somete a consulta proyecto para modificar reglamento de protección ambiental

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) dispuso la publicación del proyecto de decreto supremo que modifica el Reglamento de Protección Ambiental aplicable a proyectos vinculados con las actividades de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento.

La medida fue establecida mediante la Resolución Ministerial Nº 351-2026-VIVIENDA, que también ordena la difusión de la exposición de motivos de la propuesta normativa en la sede digital del ministerio.

De acuerdo con la resolución, el proyecto estará disponible para recibir comentarios, aportes u opiniones durante un plazo de 16 días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la norma en el diario oficial El Peruano.

La propuesta busca modificar el Reglamento de Protección Ambiental para proyectos vinculados a las actividades del sector, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 015-2012-VIVIENDA.

Los comentarios podrán remitirse mediante la mesa de partes virtual del MVCS, el correo electrónico medio.ambiente@vivienda.gob.pe o la mesa de partes presencial de la sede central del ministerio.

La resolución recuerda que las autoridades competentes tienen, entre sus funciones, la emisión de normas destinadas a regular y orientar el proceso de evaluación de impacto ambiental de los proyectos de inversión bajo su competencia, así como la determinación de los requisitos aplicables a los procedimientos administrativos en esta materia.

La norma también considera las disposiciones sobre participación ciudadana en asuntos ambientales, según las cuales los proyectos normativos que regulen asuntos ambientales generales o produzcan efectos ambientales deben ser puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados.


Inacal actualiza 20 Normas Técnicas Peruanas para cemento, alimentos, textiles y fertilizantes

El Instituto Nacional de Calidad (Inacal) aprobó la actualización de 20 Normas Técnicas Peruanas (NTP) y textos afines en su versión 2026, aplicables a sectores como cemento, concreto, plásticos, bebidas alcohólicas, textiles, prendas de vestir, cosméticos, baldosas cerámicas, fertilizantes y microbiología alimentaria.

La medida fue dispuesta mediante la Resolución Directoral N.° 000016-2026-INACAL/DN, que también deja sin efecto las versiones anteriores de las normas revisadas.

Entre las disposiciones actualizadas figuran métodos para el análisis químico del cemento mediante fluorescencia de rayos X y para determinar residuos sólidos y materia orgánica en las aguas utilizadas en la elaboración de morteros y concretos. Asimismo, se revisó la norma sobre vocabulario técnico aplicable a los plásticos.

En el sector de bebidas alcohólicas, las normas actualizadas abarcan los requisitos del aguardiente de caña y métodos de ensayo para determinar taninos, anhídrido sulfuroso y zinc en vinos y otras bebidas vitivinícolas.

También se aprobaron nuevas versiones de estándares relacionados con la solidez del color de los textiles frente a la transpiración, así como con la terminología empleada en pruebas digitales, prendas virtuales y accesorios digitales para el cuerpo humano virtual.

La resolución comprende, además, normas sobre examen microbiológico de cosméticos; resistencia a la abrasión y al cuarteo de baldosas cerámicas; muestreo, rotulado y determinación de componentes en fertilizantes; y métodos para el muestreo de superficies y la enumeración de mohos y levaduras en alimentos y productos destinados a la alimentación animal.

La actualización responde al Programa de Actualización de Normas Técnicas Peruanas 2026 elaborado por la Dirección de Normalización del Inacal. Conforme a la Ley N.° 30224, las NTP promueven la calidad de los bienes y servicios ofrecidos en el mercado y deben ser revisadas periódicamente, como mínimo, cada cinco años.


Produce establece vedas y límites para proteger recursos hidrobiológicos en distintas zonas del país

El Ministerio de la Producción (Produce) dictó nuevas medidas de ordenamiento pesquero orientadas a proteger el ciclo reproductivo y asegurar el aprovechamiento sostenible de diversas especies hidrobiológicas. Las disposiciones comprenden al bagre andino, tiburón martillo, yuyo y choro, con medidas específicas según cada recurso y ámbito geográfico.

Mediante la Resolución Ministerial N.° 000307-2026-PRODUCE, se estableció la veda reproductiva del bagre andino (Rhamdia quelen) en el tramo del río Pampas ubicado dentro de la provincia de Cangallo, Ayacucho. La prohibición rige desde el día siguiente de la publicación de la norma hasta el 30 de setiembre de 2026 e impide la extracción, transporte, procesamiento, comercialización y almacenamiento del recurso. Desde 2027, la veda se aplicará anualmente del 1 de junio al 30 de setiembre.

Por su parte, la Resolución Ministerial N.° 000311-2026-PRODUCE modificó el límite de captura del tiburón martillo (Sphyrna zygaena) para 2026, fijándolo en 466,8 toneladas. De este total, 360 toneladas corresponden al período del 11 de marzo al 30 de junio y 106,8 toneladas al período del 1 de julio al 31 de diciembre.

Asimismo, la Resolución Ministerial N.° 000312-2026-PRODUCE fijó en 14,19 toneladas el límite de extracción del yuyo (Chondracanthus chamissoi) en las áreas marítimas adyacentes a Chérrepe y Los Barrancos, Lambayeque, hasta el 30 de setiembre. La actividad estará a cargo únicamente de pescadores artesanales no embarcados con permiso vigente e incluidos en el listado regional. Se permitirá extraer hasta 25 kilogramos diarios, con una frecuencia máxima de dos días por semana, mediante corte manual y parcial, sin remover el disco basal y sobre ejemplares de al menos ocho centímetros.

Finalmente, la Resolución Ministerial N.° 000313-2026-PRODUCE estableció la veda reproductiva del choro (Aulacomya atra) en todo el litoral peruano hasta el 30 de noviembre de 2026. Durante ese período quedan prohibidas su extracción, desembarque, transporte, procesamiento, comercialización y almacenamiento, salvo que se acredite documentalmente que el recurso fue extraído antes del inicio de la veda.

Produce, los gobiernos regionales y las autoridades competentes deberán desarrollar acciones de difusión, supervisión y fiscalización. El incumplimiento de estas medidas será sancionado conforme al marco pesquero vigente.


JNJ modifica reglas sobre suplencias, vacancia e inhibición de sus miembros

El Pleno de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) modificó su Reglamento del Pleno para precisar las reglas aplicables a los miembros suplentes, las causales de vacancia y los pedidos de inhibición o abstención. Los cambios fueron aprobados mediante la Resolución N.° 541-2026-JNJ, en el marco de la potestad normativa de la institución.

La modificación del artículo 7 establece que los miembros suplentes reemplazan a los titulares cuando se declare la vacancia o la destitución de estos. En ambos supuestos, el suplente deberá completar el periodo de mandato que correspondía al miembro titular reemplazado.

Asimismo, se modificó el literal c) del artículo 20, referido a las causales de vacancia. Se precisa que el cargo vaca por las causas previstas en el artículo 18 de la Ley Orgánica de la JNJ y que la vacancia es declarada por el presidente, sin necesidad de procedimiento, entre otros casos, por muerte, renuncia, vencimiento del plazo de designación o existencia de sentencia firme por delito de violencia contra la mujer o los integrantes del grupo familiar.

Uno de los principales cambios corresponde al artículo 28, sobre la promoción de la inhibición o abstención. El nuevo texto establece que estos pedidos solo pueden ser formulados por los administrados que sean parte del procedimiento y deberán presentarse individualmente, indicando las razones por las que cada miembro estaría comprendido en una causal determinada. No procederá solicitar la inhibición o abstención de todos los integrantes del Pleno.

La norma también precisa que las relaciones previas, vínculos procesales, profesionales, académicos o institucionales entre un miembro de la JNJ y una persona vinculada a un procedimiento no generan automáticamente un conflicto de intereses. Este deberá determinarse mediante una evaluación objetiva de las circunstancias concretas, verificando un riesgo real, concreto y objetivamente comprobable que pueda afectar la imparcialidad o interferir con intereses ajenos al interés público.


Cultura dispone protección provisional para tres sitios arqueológicos de Huancavelica, Junín y Pasco

El Ministerio de Cultura determinó la protección provisional de tres bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación ubicados en Huancavelica, Junín y Pasco, mediante las Resoluciones Directorales N.° 000241, 000242 y 000244-2026-DGPA-VMPCIC/MC.

En Huancavelica, se dispuso la protección provisional del complejo arqueológico monumental Ranrapata, ubicado en el distrito de Acoria, provincia y departamento de Huancavelica, por dos años. La medida responde, entre otros aspectos, a la identificación de daños en un muro perimétrico colindante con un camino prehispánico. Durante la inspección se constató su colapso parcial debido a la remoción intencional de mampostería de la calzada, que dejó expuestas las bases y comprometió la estabilidad de la estructura.

Como medida preventiva, se ordenó la paralización y/o cese de cualquier afectación y se recomendó el repintado de los paneles de señalización existentes.

En Junín, la protección provisional alcanza al sitio arqueológico Cachipozo, ubicado en San Pedro de Cajas, provincia de Tarma, también por dos años. Se dispuso la colocación de hitos en los vértices del área protegida y de señalización o paneles informativos. Además, se comunicará la situación a las municipalidades Provincial de Tarma y Distrital de San Pedro de Cajas, así como a autoridades comunales y locales, para adoptar acciones preventivas y evitar nuevas afectaciones.

En Pasco, se protegió provisionalmente el sitio arqueológico Ichugan, en Yanahuanca, provincia Daniel Alcides Carrión. La medida contempla solicitar el apoyo municipal y de la comunidad campesina de Chipipata para vigilar el sitio y denunciar incendios forestales y huaqueo. También se ordenó instalar un panel informativo.

En los tres casos, la protección provisional tendrá una duración de dos años, salvo que se identifique afectación directa a derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios. En ese supuesto, el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva será de tres años, prorrogable con sustento.