• MARTES 11
  • de agosto de 2026

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¿Quién responde por un robo durante el trabajo? Corte Suprema fija criterio sobre accidentes laborales

Atención, empleadores y trabajadores.

Un robo a mano armada puede ser considerado accidente de trabajo cuando ocurre durante la ejecución de las funciones encomendadas por el empleador y existe una relación causal entre el hecho delictivo y la prestación de servicios. 

Así lo estableció la Corte Suprema en la Casación Laboral N.° 12212-2024 Lima, referida a una demanda de indemnización por daños y perjuicios.

El caso corresponde a un conductor que falleció durante un asalto mientras trasladaba el dinero recaudado de diversos establecimientos hacia el local principal de la empresa, labor que realizaba como parte de sus funciones. Ante el fallecimiento, la sucesión procesal del trabajador interpuso una demanda para obtener una indemnización derivada de un accidente de trabajo.

Según explicó el experto en derecho laboral Kevin Arnold Mallaupoma Aliaga, la Corte Suprema reafirmó su criterio jurisprudencial al considerar que las lesiones o el fallecimiento ocasionados por un robo a mano armada constituyen un accidente de trabajo cuando el hecho ocurre durante el cumplimiento de las labores encargadas por el empleador.

En ese sentido, el riesgo derivado de un acto delictivo puede encontrarse directamente vinculado con la prestación de servicios, siempre que exista una relación causal entre el evento y el trabajo desempeñado, sostuvo el experto mediante sus cuentas en redes sociales.

"Existen actividades que, por su propia naturaleza, exponen al trabajador a riesgos externos, como el transporte de dinero, mercadería o bienes de alto valor. Cuando esos riesgos se materializan durante la ejecución del trabajo, pueden generar consecuencias jurídicas propias de un accidente de trabajo", dijo.

Mallaupoma Aliaga sostuvo que este criterio tiene implicancias para las áreas de Recursos Humanos, Relaciones Laborales, Seguridad y Salud en el Trabajo y Asesoría Legal, pues obliga a considerar la inseguridad ciudadana dentro de la gestión preventiva empresarial.

En ese contexto, recomendó revisar las matrices IPERC, fortalecer los protocolos aplicables a actividades críticas, evaluar periódicamente la suficiencia de las medidas de seguridad y gestionar de manera oportuna las contingencias laborales derivadas de hechos delictivos ocurridos durante la prestación de servicios.