• MIÉRCOLES 29
  • de julio de 2026

Derecho

FOTOGRAFIA
DERECHO

El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, miércoles 29 de julio del 2026


MINISTERIO DE SALUD
Crean el Observatorio Nacional de Salud Bucal

El Ministerio de Salud (Minsa) creó el Observatorio Nacional de Salud Bucal (ONSB) como una plataforma digital de libre acceso, para la recolección, producción, consolidación, sistematización y difusión de datos estadísticos e información sobre la situación de salud bucal de la población, con la finalidad de proporcionar evidencia para la toma de decisiones y la formulación de políticas públicas en salud bucal.

Fue mediante la Resolución Ministerial N° 659-2026/MINSA con la cual se establece que el ONSB estará a cargo de la Oficina General de Tecnologías de la Información del Minsa, en coordinación con la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, a través de la Dirección de la Salud Bucal.

Los datos estadísticos y la información vinculada a la salud bucal que se presenten en el ONSB se recopilarán de los sistemas de información de las entidades de la administración pública u otros sistemas, según corresponda, en el marco del Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba laLey de Gobierno Digital. 

La Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, a través de la Dirección de Salud Bucal, conjuntamente con la Oficina General de Tecnologías, actualizarán los datos estadísticos y la información en salud bucal del ONSB. Conozca la norma aquí


SUNAT
Las compañías de aviación comercial podrán seguir usando de manera excepcional el PDT N° 354 para declarar a la Sunat respecto de la información de los boletos de transporte aéreo de pasajeros que emitan en los meses de agosto a diciembre del 2026

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat)  estableció que las compañías de aviación comercial podrán seguir usando de manera excepcional el PDT N° 3540 para la declaración de boletos de transporte aéreo que emitan en los meses de agosto a diciembre del 2026.

Fue mediante la Resolución de Superintendencia N° 000140-2026/SUNAT que incorpora una única disposición complementaria transitoria en la Resolución de Superintendencia N°000033-2026/SUNAT que aprueba una nueva declaración para informar a la Sunat la emisión de boletos de transporte aéreo y modifica algunos aspectos relacionados con dicha obligación, a fin de establecer un periodo de uso excepcional del PDT N° 3540.

De esta manera, se busca facilitar a las compañías de aviación comercial la migración del uso del PDT N° 3540 hacia el nuevo esquema declarativo de la información de los boletos de transporte aéreo emitidos, a través de la Declaración Jurada Informativa Boletos de Transporte Aéreo,

De acuerdo con la única disposición complementaria transitoria incorporada en la Resolución de Superintendencia N° 000033-2026/SUNAT excepcionalmente, respecto de la información de los boletos de transporte aéreo de pasajeros que se emitan en los meses de agosto a diciembre del 2026, los sujetos obligados a presentar la declaración jurada informativa podrán continuar utilizando el PDT N° 3540, en cuyo caso deberán presentar mensualmente una declaración con la información sobre la totalidad de boletos de transporte aéreo emitidos en el mes, independientemente del medio de emisión empleado.

Esta declaración se deberá presentar hasta el último día hábil del mes siguiente al que- corresponda la emisión de los boletos de transporte aéreo a informar.

Además, en esa declaración se deberá indicar el mes de emisión de los boletos de transporte aéreo a informar y el RUC de la compañía de aviación comercial, teniendo en cuenta que por cada boleto de transporte aéreo emitido, se deberá precisar determinada información que se detalla en la referida única disposición complementaria transitoria incorporada.

A la par se precisa, entre otros aspectos, que aquella declaración deberá efectuarsea través de SUNAT Virtual. Conozca la norma aquí


SUNAT
Postergan la entrada en vigencia del programa denominado PEI - WEB para el envío a la Sunat de información relativa a los comprobantes de pago, notas de crédito y notas de débito que no sean emitidos a través del Sistema de Emisión Electrónica, el cual regirá a partir del 1 de enero del 2027

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) estableció que el programa denominado PEI - WEB para el envío a la Sunat de información relativa a los comprobantes de pago, notas de crédito y notas de débito que no sean emitidos a través del Sistema de Emisión Electrónica (SEE), en los casos en que la normativa así lo disponga, entrará en vigor a partir del 1 de enero del 2027.

Fue mediante la Resolución de Superintendencia N° 000141-2026/SUNAT que modifica la primera disposición complementariafinal de la Resolución de Superintendencia N° 000049-2026/SUNAT a fin de otorgar un plazo adicional a los sujetos obligados a utilizar el programa para el envío de información a la Sunat denominado PEI - WEB para su adecuada implementación.

Mediante la Resolución de Superintendencia N° 000049-2026/SUNAT se aprobó el programa para el envío de información a la Sunat denominado PEI - WEB, en reemplazo del aprobado por la Resolución de Superintendencia N.° 159-2017/SUNAT, estableciéndose la obligación de proporcionar a la entidad recaudadora a través de dicho programa la información de los documentos autorizados contemplados en el literal h) del inciso 6.1 y el literal a) del inciso 6.3 del numeral 6 del artículo 4 del Reglamento de Comprobantes de Pago. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Oficializan nombramiento del nuevo Consejo de Ministros
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del martes 28 de julio del 2026)

El Poder Ejecutivo oficializó el nombramiento del nuevo Consejo de Ministros presidido por Luis Fernando Galarreta Velarde.

Integran además el nuevo Gabinete Ministerial, Carlos Espá y Garcés-Alvear como tiular de la cartera de Relaciones Exteriores; y Rafael Belaúnde Llosa como ministro de Defensa. Además, Elmer Cuba Bustinza asume la conducción del Ministerio de Economía y Finanzas; y César Astudillo Salcedo, el Ministerio del Interior. 

A ellos se suma José Chang Escobedo como titular del portafolio de Educación y, Luis Dyer Fernández como titular del Ministerio de Salud. 

Por su parte, Marco Vinelli Ruiz asume la cartera de Desarrollo Agrario y Riego. En tanto, Ernesto Álvarez Miranda como ministro de Justicia y Derechos Humanos.

En el ámbito laboral y productivo, Juan Sheput Moore queda al frente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, mientras que Juan Requejo Alemán asume la conducción del Ministerio de la Producción.

Por su parte, Rogers Valencia Espinoza asume el cargo de ministro de Comercio Exterior y Turismo; Guillermo Shinno Huamaní, como titular de Energía y Minas; y Rafael Rey Rey, como ministro de Transportes y Comunicaciones. 

La conducción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento fue encomendada a Mauricio Arnillas Gonzales y, María Seminario Marón asume el cargo de titular del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. 

Por último, Vladimiro Huaroc Portocarrero ejerce el cargo de ministro del Ambiente; Alberto Beingolea Delgado asume la cartera de Cultura; y Maritza Canales Martínez queda al frente del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

Los nombramientos se oficializaron mediante las Resoluciones Supremas N° 223-2026-PCM, N° 224-2026-PCM, N° 225-2026-PCM, N° 226-2026-PCM, N° 227-2026-PCM, N° 229-2026-PCM, N° 230-2026-PCM, N° 231-2026-PCM, N° 228-2026-PCM, N° 232-2026-PCM, N° 233-2026-PCM, N° 234-2026-PCM, N° 235-2026-PCM, N° 236-2026-PCM, N° 237-2026-PCM, N° 238-2026-PCM, N° 239-2026-PCM, N° 240-2026-PCM y N° 241-2026-PCM, respectivamente. Conozca las normas aquí


Lea también en el Diario Oficial El Peruano