Derecho
El objetivo es proteger la salud, dignidad y productividad del personal. Para tal fin, dispone que los empleadores proporcionen sillas o asientos con respaldo y condiciones ergonómicas adecuadas que permitan alternar entre las posiciones de pie y sentado.
A la par, fija que los tiempos de descanso sentado formarán parte de la jornada laboral y se organizarán de acuerdo con la naturaleza de las tareas y el diagnóstico de riesgos ergonómicos efectuado por el empleador.
La norma define las modalidades de bipedestación estática, dinámica y prolongada para determinar los supuestos incluidos en su aplicación.
Excepciones
La norma fija excepciones como los operarios de líneas de producción industrial, el personal de campo agrícola o los técnicos de mantenimiento.
Excluye también los casos en que sentarse represente un riesgo, como los agentes de seguridad de control activo.