¿Tienes RUC? Verifica y actualiza tu correo y celular para cumplir con las nuevas reglas de Sunat
Atención, contribuyentes.
Con esta medida, la entidad recaudadora busca mejorar la calidad de la información contenida en el RUC, a fin de optimizar la comunicación con los sujetos inscritos y administrar un registro que cuente con datos actualizados de correo electrónico y número de teléfono móvil.
Asimismo, pretende facilitar, mediante canales virtuales, la comunicación, actualización o modificación de los datos del RUC que impliquen el cambio del tipo de contribuyente y, de ser el caso, la baja de comprobantes de pago. Ello comprende los cambios de persona natural sin negocio a persona natural con negocio, y viceversa, vinculados al inicio de actividades empresariales o al ejercicio de actividades como trabajador independiente, según corresponda. De igual modo, la norma busca garantizar la identidad del usuario que accede a SUNAT Operaciones en Línea.
En ese sentido, la Resolución de Superintendencia N.º 000121-2026/SUNAT modifica las Resoluciones de Superintendencia N.os 210-2004/SUNAT y 109-2000/SUNAT, así como el Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado por la Resolución de Superintendencia N.º 007-99/SUNAT.
Asimismo, los sujetos inscritos en el RUC con anterioridad a la entrada en vigor de la citada resolución y que no hayan proporcionado la dirección de correo electrónico ni el número de teléfono móvil a que se refieren el numeral 17.10 del primer párrafo del artículo 17, el literal h) del primer párrafo del artículo 18, el literal j) del numeral 28.1 y el literal i) del numeral 28.2 del primer párrafo del artículo 28 de la Resolución de Superintendencia N.º 210-2004/SUNAT, deberán comunicar dicha información, según corresponda, hasta el 31 de agosto de 2026.