La propuesta regula el recargo por trabajo nocturno y el recargo adicional aplicable a las horas extras contiguas al período nocturno, así como la oportunidad de pago y los alcances de la fiscalización laboral en esta materia.
La iniciativa se aplica a las relaciones laborales del sector privado, siempre que los trabajadores estén sujetos a una jornada máxima de trabajo, incluidos los regímenes especiales, salvo disposición expresa en contrario.
La jornada laboral en horario nocturno comprende el tiempo trabajado entre las 22:00 y las 06:00 horas del día siguiente. Este horario rige a nivel nacional y es uniforme para todos los efectos de la presente ley, sin posibilidad de ser modificado mediante acuerdo individual o colectivo que lo reduzca.
El trabajador recibirá un recargo o sobretasa del 35 % por cada hora o fracción trabajada en horario nocturno, calculado sobre la remuneración mensual percibida en función del valor hora correspondiente. Este recargo remunerativo constituye un pago independiente, irrenunciable y obligatorio, y sirve de base de cálculo para otros beneficios laborales.
Asimismo, el recargo remunerativo se acumula íntegramente con otros beneficios compatibles, como las horas extras o cualquier otro recargo de naturaleza legal o convencional.
Otros proyectos
La comisión también aprobó el dictamen recaído en los proyectos de ley 14268 y 14625, que proponen fortalecer la gobernanza institucional, la administración y la supervisión del Seguro Social de Salud (EsSalud).
Además, aprobó el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 09860, que propone modificar la Ley 27866, Ley del Trabajo Portuario, para fortalecer los derechos de los trabajadores. Igualmente, fue aprobado el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 11564, que declara de necesidad e interés público la construcción del Hospital II de Cañete.
Asimismo, se aprobó el dictamen recaído en los proyectos de ley 13910 y 14548, que proponen modificar la Ley 25009, Ley de Jubilación de los Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Siderúrgicos.
Finalmente, se aprobó el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 14589, que propone modificar la Ley 28051, Ley de Prestaciones Alimentarias en Beneficio de los Trabajadores Sujetos al Régimen Laboral de la Actividad Privada.
Archivo
Posteriormente, se archivó el Proyecto de Ley 13369, que modifica el artículo 54 del Decreto Legislativo 276 para reconocer la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a los trabajadores incorporados o reincorporados por mandato judicial.