• MARTES 26
  • de mayo de 2026

Derecho

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DERECHO

El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, jueves 21 de mayo del 2026


PODER EJECUTIVO
Prorrogan por 60 días el Estado de Emergencia en 12 distritos y 8 centros poblados de provincias pertenecientes a los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Junín y Cusco

El Poder Ejecutivo prorrogó por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 26 de mayo del 2026, el Estado de Emergencia declarado en doce (12) distritos y ocho (8) centros poblados de provincias pertenecientes a los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Junín y Cusco, así como en la franja territorial denominada “Eje Energético del Gas de Camisea" la cual abarca una distancia de ocho (8) kilómetros a cada lado del Sistema de Transporte de Gas Natural y Líquidos de Gas Natural, desde el Centro Poblado Nuevo Mundo en el distrito de Megantoni, de la provincia de La Convención, departamento de Cusco, hasta el distrito de Anco en la provincia de La Mar, departamento de Ayacucho.

Fue mediante el Decreto Supremo Nº 077-2026-PCM, con el cual se detalla aquellos distritos y centros poblados, describiéndose la referida franja y se prorroga también por el mismo lapso el Estado de Emergencia declarado en la franja territorial denominada “Corredor Operacional Fluvial - Terrestre del Ene”; que abarca un espacio territorial hacia ambas márgenes del Río Ene, con los límites que se detallan.

Por ende, se prorroga por el plazo antes indicado las medidas dictadas en los artículos 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8, la Primera, Segunda y Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 012-2026-PCM, con el objeto de consolidar la intervención articulada del gobierno nacional en la zona del VRAEM.

El Comando Especial VRAEM (CE VRAEM), por conducto regular, informará al titular del Ministerio de Defensa los resultados obtenidos durante la vigencia del Estado de Emergencia y a su culminación. El informe final será elevado a la Presidencia de la República y al Congreso de la República. 
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PODER EJECUTIVO
Aprueban los “Lineamientos para que los Gobiernos Regionales informen sobre la adquisición, stock en sus almacenes, distribución y atención de Bienes de Ayuda Humanitaria – BAH, en el marco de las emergencias registradas en el Sistema de Información Nacional para la Respuesta y Rehabilitación (SINPAD)”

El Poder Ejecutivo aprobó los “Lineamientos para que los Gobiernos Regionales informen sobre la adquisición, stock en sus almacenes, distribución y atención de Bienes de Ayuda Humanitaria – BAH, en el marco de las emergencias registradas en el Sistema de Información Nacional para la Respuesta y Rehabilitación (SINPAD)”,- mediante la Resolución de Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres N° 001-2026-PCM/SGRD.

Por ende, dispuso la publicación de los lineamientos aprobados en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), así como en las sedes digitales de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm) y del Instituto Nacional de Defensa Civil (wvvw.gob.pe/indeci).  Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Declaran de interés nacional la organización y realización de la 60ª Asamblea Anual de la Federación Latinoamericana de Bancos (FELABAN) en Perú durante el año 2026

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) declaró de interés nacional la organización y realización de la 60ª Asamblea Anual de la Federación Latinoamericana de Bancos (FELABAN), que se desarrollará en la ciudad de Lima, los días 3, 4, 5 y 6 de noviembre de 2026.

Fue mediante el Decreto Supremo Nº 092-2026-EF, ccon el cual se precisa que dicho portafolio ejercerá la coordinación intersectorial del Estado en el contexto de sus competencias, en articulación con la Asociación de Bancos del Perú (ASBANC), como entidad promotora y organizadora, y con el Ministerio de Relaciones Exteriores, la Superintendencia Nacional de Migraciones y la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), conforme a lo establecido en la Ley Nº 31816.

Los organismos públicos de los diversos sectores y niveles de gobierno, dentro de sus respectivas competencias, participarán de manera conjunta y coordinada para asegurar el éxito de la 60ª Asamblea Anual de la Federación Latinoamericana de Bancos (FELABAN). 
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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Incorporan a las Empresas de Arrendamiento Financiero no comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, como sujetos obligados a informar a la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú)

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) incorporó como sujetos obligados a informar a la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú), conforme a lo previsto en el párrafo 3.3 del artículo 3 de la Ley Nº 29038, Ley que incorpora la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-PERÚ) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, a las Empresas de Arrendamiento Financiero no comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros.

Fue mediante el Decreto Supremo Nº 008-2026-JUS con el cual se establece que dichas empresas serán supervisadas en materia de prevención del lavado de activos (LA) y del financiamiento del terrorismo (FT) por la UIF-Perú.

De esta manera se busca que las Empresas de Arrendamiento Financiero no comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley Nº 26702, tengan la obligación de implementar un sistema de prevención del LA y del FT para evitar que sean utilizadas para estas actividades.

Por tanto, se incorpora como sujetos obligados a informar a la UIF-Perú, conforme a lo previsto en el párrafo 3.3 del artículo 3 de la Ley Nº 29038, a las Empresas de Arrendamiento Financiero no comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley Nº 26702. 
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INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
Aprueban “Guía de Práctica Clínica para el tratamiento del cáncer de mama en estadios tempranos” en su versión extensa

El Instituto Nacional de Salud (INS) aprueban la Guía Técnica N° 007-INS/CETS-2026. Vs.01: “Guía de Práctica Clínica para el tratamiento del cáncer de mama en estadios tempranos” en su versión extensa, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000098-2026-INS/PE.

Por ende, se encarga al Centro de Evaluación de Tecnologías Sanitarias la difusión de la citada Guía de Práctica Clínica y a la Unidad de Comunicación e Imagen Institucional del INS proceda a publicarla en el Portal Institucional del INS (www.gob.pe/ins). Conozca la norma aquí


INEI
Autorizan la ejecución de la “Encuesta Nacional Agropecuaria 2026”, a nivel nacional y en la Provincia Constitucional del Callao

El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) autorizó la ejecución de la “Encuesta Nacional Agropecuaria 2026”, a nivel nacional y en la Provincia Constitucional del Callao, dirigida a productores agropecuarios y empresas agropecuarias, que conducen las unidades agropecuarias seleccionadas a nivel nacional, en la modalidad de entrevista directa en la misma unidad agropecuaria y la modalidad de auto diligenciamiento mediante Cuestionario web.

Fue mediante la Resolución Jefatural N° 127-2026-INEI con la cual se precisa que la “Encuesta Nacional Agropecuaria 2026”, será conducida por la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, y deberá cumplir con las siguientes características:

a) “Productores agropecuarios”, comprende las unidades agropecuarias con superficie agrícola y los productores que las conducen, es decir que tienen a su cargo la conducción técnica y económica de una unidad agropecuaria.
b) “Empresas agropecuarias”, comprende las unidades agropecuarias del país que son empresas agrícolas, empresas pecuarias (granjas avícolas, porcinas y cuyes, establos lecheros, centros de engorde de ganado vacuno) y, por excepción, las personas naturales con crianza y cultivos de manejo especializado.

No formarán parte del estudio las unidades agropecuarias que son comunidades campesinas y nativas.

Por tanto elINEI también aprobó los Cuestionarios de la referida Encuesta, los que estarán disponibles en la página WEB del INEI (www. inei.gob.pe), desde el día de la publicación de la mencionada Resolución.

La encuesta autorizada se ejecutará en el periodo comprendido entre los meses de mayo a noviembre del año 2026, empleando la modalidad de entrevista directa en la misma unidad agropecuaria y la modalidad de auto diligenciamiento mediante Cuestionario web. Conozca la norma aquí


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