El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, miércoles 20 de mayo del 2026
MINISTERIO DEL INTERIOR
Disponen la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2014 IN, para adecuarlo a las disposiciones de la Ley N° 32378 y fortalecer los mecanismos de rendición de cuentas y consulta pública” y su exposición de motivos
El Ministerio del Interior dispuso la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2014 IN, para adecuarlo a las disposiciones de la Ley N° 32378 y fortalecer los mecanismos de rendición de cuentas y consulta pública” y de su Exposición de Motivos, en la sede digital de dicho portafolio (www.gob.pe/mininter).
Fue mediante la Resolución Ministerial N° 0667-2026-IN con la cual se establece un plazo de quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de la publicación de dicha Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, a fin de recibir las opiniones, comentarios o recomendaciones de las entidades públicas, instituciones privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de las personas naturales en general.
Las opiniones, comentarios o recomendaciones podrán ser presentadas a través de la dirección de correo electrónico jalzad@mininter.gob.pe y la Mesa de Partes del Ministerio del Interior.
La Dirección General de Seguridad Ciudadana se encargará de la recepción, procesamiento y sistematización de las opiniones, comentarios o recomendaciones que se presenten al citado proyecto normativo. Conozca la norma aquí
PRODUCE
Declaran el 11 de junio de cada año como el “Día Nacional del Vino Peruano”
El Ministerio de la Producción (Produce) declaró el 11 de junio de cada año como el “Día Nacional del Vino Peruano”, mediante la Resolución Ministerial N° 000136-2026-PRODUCE.
De acuerdo con la norma, establecer una fecha fija para destacar la importancia del Vino Peruano en el desarrollo productivo empresarial permitirá fortalecer la promoción, planificación sectorial y su valoración cultural.
Además, se precisa que la celebración de dicho día constituye una muestra del reconocimiento a la historia, a la identidad cultural, a la diversidad de variedades patrimoniales y a la contribución socioeconómica del sector vitivinícola peruano al desarrollo del país, considerando que el referido sector genera alrededor de 36,000 empleos. Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) dispuso la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 009-97-SA, y de su exposición de motivos, en la sede digital de dicho portafolio (www.gob.pe/mtpe), por el plazo de quince (15) días calendario, a efectos de recibir los comentarios, aportes y/u opiniones de las entidades públicas o privadas, los empleadores y trabajadores, o sus respectivas organizaciones, y la ciudadanía en general.
Fue mediante la Resolución Ministerial N° 106-2026-TR con lacual se precisa que la propuesta normativa modificatoria tiene por finalidad adecuar la mencionada norma reglamentaria a las modificaciones efectuadas por la Ley N° 32503 a la Ley 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, a fin de mejorar la cobertura de salud a favor de trabajadores de construcción civil.
La Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones será la responsable de la publicación en sede digital de la propuesta normativa modificatoria.
Los comentarios, aportes y/u opiniones sobre el proyecto normativo modificatorio y su exposición de motivos, podrán presentarse, con atención a la Dirección de Seguridad Social y Migración Laboral de la Dirección General de Trabajo: en la Mesa de Partes de la sede central del MTPE, ubicada en la avenida General Salaverry 655, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima; a través de la mesa de partes digital del MTPE, cuya dirección web es https://sgd.trabajo.gob.pe/appmesapartesenlinea/inicio; o, al correo electrónico acarrillos@trabajo.gob.pe.
La Dirección de Seguridad Social y Migración Laboral de la Dirección General de Trabajo será la encargada de recibir, sistematizar y analizar los comentarios, aportes y/u opiniones que se presenten. Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban “Cronogramas del Régimen Extraordinario de Permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte terrestre regular de personas para Lima y Callao”
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó los “Cronogramas del Régimen Extraordinario de Permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte terrestre regular de personas para Lima y Callao”, mediante la Resolución Ministerial N° 251-2026-MTC/01.02.
Los Cronogramas aprobados por dicha resolución ministerial serán aplicables a los vehículos que a la fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano se encuentren habilitados para prestar el servicio de transporte terrestre regular de personas por la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU); y, siempre que cumplan lo establecido en la Vigésima Novena Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2009-MTC.
La ATU efectuará la identificación de brechas de oferta y realizará el análisis por rutas, en concordancia con sus instrumentos de planificación, los cuales serán actualizados a efectos de minimizar la afectación a la oferta de transporte derivada de los Cronogramas aprobados. Para tal efecto, priorizará la continuidad del servicio mediante la reorganización de la oferta de transporte e incentivos para la incorporación progresiva de nueva flota vehicular.
Además, la ATU adecuará sus planes de fiscalización al control prioritario de las unidades que se retiran por antigüedad de acuerdo a los Cronogramas aprobados, promoviendo la prestación del servicio de transporte terrestre regular de personas por unidades debidamente autorizadas.
MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Aprueban la Décima quinta convocatoria del año 2026 para el otorgamiento de 39 Bonos de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias en atención al Decreto Supremo N° 003-2026-PCM
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobó la décima quinta convocatoria del año 2026 para el otorgamiento de 39 Bonos de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias dirigida a igual número de potenciales beneficiarios constituidos por los damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables, ante intensas precipitaciones pluviales, ubicadas en algunos distritos y provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Ayacucho y Cusco, en el marco de los Estados de Emergencia declarados por el Decreto Supremo N° 003-2026-PCM, prorrogado por el Decreto Supremo N° 032-2026-PCM; y, los Decretos Supremos N° 019-2026-PCM, N° 025-2026-PCM, N° 031-2026-PCM y N° 035-2026-PCM.
Fue mediante la Resolución Ministerial N° 202-2026-VIVIENDA con la cual se precisa que el valor del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias es de S/ 500.00 (Quinientos y 00/100 Soles) y, se otorgará con periodicidad mensual por el plazo máximo de hasta dos años, para el arrendamiento de una vivienda ubicada en los departamentos de Amazonas, Áncash, Ayacucho y Cusco, según corresponda. Conozca la norma aquí
OSITRAN
Autorizan publicación para comentarios del Proyecto de “Reglamento de Requisitos de Calidad y Niveles de Servicio para Aeropuertos a Cargo de CORPAC S.A.”
El Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositran) autorizó la publicación para comentarios del Proyecto de “Reglamento de Requisitos de Calidad y Niveles de Servicio para Aeropuertos a Cargo de CORPAC S.A.” y sus anexos, mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 0028-2026-CD-OSITRAN.
A la par, dispuso la publicación del proyecto de dicha norma reglamentaria en el Portal Institucional del Ositran ubicado en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www. gob.pe/ositran).
En ese contexto, estableció un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir de la citada publicación, para que los interesados puedan presentar sus comentarios o sugerencias al Proyecto de Reglamento; los cuales deberán ser remitidos al Ositran en su sede ubicada en Calle Los Negocios 182, Surquillo, Lima, o a través de su sede digital.
La Gerencia de Supervisión y Fiscalización se encargará de la sistematización y el análisis de los comentarios o sugerencias que se reciban respecto del Proyecto de Reglamento, así como de la elaboración de la propuesta final de aquel Reglamento. Conozca la norma aquí
SUNAT
Dispuso la publicación del proyecto de resolución de superintendencia que uniformiza la obligación de proporcionar datos de contacto en el RUC, regula su validación, adopta medidas de seguridad para el ingreso a SUNAT Operaciones en Línea y facilita el trámite de cambio del tipo de contribuyente a través de SUNAT Virtual
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) dispuso la publicación del proyecto de resolución de superintendencia que uniformiza la obligación de proporcionar datos de contacto en el RUC, regula su validación, adopta medidas de seguridad para el ingreso a SUNAT Operaciones en Línea y facilita el trámite de cambio del tipo de contribuyente a través de SUNAT Virtual así como su exposición de motivos, en la sede digital de la S(www.sunat.gob.pe), por el plazo de quince (15) días calendario, para recoger las opiniones, comentarios y sugerencias del público.
Fue mediante la Resolución de Superintendencia N° 000089-2026/SUNAT con la cual se precisa que dicho proyecto de resolución de superintedencia modifica la Resolución de Superintendencia N° 210-2004/SUNAT para: a) uniformizar la obligación de proporcionar la dirección de correo electrónico y el número de teléfono móvil para todo sujeto obligado a inscribirse en el RUC, así como regular su validación, y b) aprobar nuevos formularios virtuales que facilitan la comunicación o actualización y/o modifi cación de datos del RUC por canales virtuales que impliquen el cambio de tipo de contribuyente y la baja de comprobantes de pago, de ser el caso, de persona natural sin negocio a con negocio y viceversa, vinculados con el inicio de actividades
empresariales o como trabajador independiente, según corresponda.
Asimismo, modifica la Resolución de Superintendencia N° 007-99/SUNAT para adecuarla a las modificaciones antes señaladas; y la Resolución de Superintendencia N° 109-2000/SUNAT para establecer que para la generación del código de usuario y/o la clave SOL en SUNAT Virtual o en el aplicativo a que hace referencia su artículo 3-C deberá validarse la dirección de correo electrónico y el número de teléfono móvil registrado en el RUC y que la Sunat podrá establecer las medidas de seguridad que garanticen la identidad del usuario que accede a SUNAT Operaciones en Línea.
Las opiniones, comentarios y sugerencias del público podrán presentarse en la Mesa de Partes de la Sunat, ubicada en la avenida Garcilaso de la Vega N° 1472, Cercado de Lima; en los Centros de Servicios al Contribuyente de la Sunat a nivel nacional y en la Mesa de Partes Virtual - SUNAT; o enviarse a la siguiente dirección de correo electrónico: RCORDOVA@sunat.gob.pe, teniendo en cuenta que la Intendencia Nacional de Gestión de Procesos estará a cargo de su recepción, sistematización y análisis. Conozca la norma aquí
RENIEC
Amplió el alcance de la gratuidad de los procedimientos de inscripción por primera vez, renovación, duplicados, actualización de imágenes y rectificación de datos, según corresponda para menores de edad
El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) amplió el alcance de la gratuidad de los procedimientos de inscripción por primera vez, renovación, duplicados, actualización de imágenes y rectificación de datos, según corresponda para menores de edad, mediante la Resolución Jefatural N° 000055-2026/JNAC/RENIEC.
Para tal efecto, se modifica el cuadro correspondiente al “Grupo 1” del artículo segundo de la Resolución Jefatural N° 000213-2025/JNAC/RENIEC de acuerdo con lo siguiente:
GRUPO DE ATENCIÓN
POBLACIÓN POTENCIAL
Grupo 1
Menores de 0 a 16 años que realizan trámites de inscripción y la emisión del DNI electrónico en las Oficinas Registrales Auxiliares.
Menores de 03 años que realizan trámites de inscripción y la emisión de DNI electrónico en centros de atención de la Dirección de Servicios Registrales y OREC Automatizadas.
Ley N° 32601: Declaran de interés nacional la protección, promoción, difusión y conservación de la danza de los negritos del distrito de Cotaparaco, provincia de Recuay, departamento de Áncash
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del martes 19 de mayo del 2026)
El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32601, Ley que declara de interés nacional la protección, promoción, difusión y conservación de la danza de los negritos del distrito de Cotaparaco, provincia de Recuay, departamento de Áncash.
De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso de la República, se declara de interés nacional la protección, promoción, difusión y conservación de la danza de los negritos del distrito de Cotaparaco, provincia de Recuay, departamento de Áncash, omo manifestación cultural y expresión de la identidad local y nacional.
Para este fin, el Ministerio de Cultura coordinará con la Municipalidad Distrital de Cotaparaco y la Municipalidad Provincial de Recuay las acciones que correspondan, en el contexto de sus funciones y competencias. Conozca la norma aquí
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32602: Reconocen y fortalecen el Servicio de Formación del Talento Musical en la Universidad Nacional de Música
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del martes 19 de mayo del 2026)
El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32602, Ley que reconoce y fortalece el Servicio de Formación del Talento Musical en la Universidad Nacional de Música.
De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso de la República, se reconoce y fortalece el Servicio de Formación del Talento Musical (SFTM) como componente estructural del modelo educativo institucional de la Universidad Nacional de Música (UNM), garantizando su continuidad, sostenibilidad y articulación con las políticas nacionales de educación y cultura.
De esta manera se busca promover la formación musical integral desde las edades tempranas hasta los niveles superiores, en concordancia con la naturaleza, los fines y la autonomía académica de la UNM.
En ese contexto, el SFTM brindará formación musical integral a niños, adolescentes y jóvenes con aptitudes artísticas destacadas, preparándolos para continuar estudios profesionales de nivel superior en la UNM, conforme a su modelo educativo, estatuto y reglamentos internos.
Esto teniendo en cuenta que el SFTM formará parte de la función de extensión cultural y responsabilidad social universitaria prevista en el artículo 124 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria. Conozca la norma aquí
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32603: Crean la Universidad Nacional Autónoma Húsares de Junín
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del martes 19 de mayo del 2026)
El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32603, Ley que crea la Universidad Nacional Autónoma Húsares de Junín.
De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso de la República, se crea la Universidad Nacional Autónoma Húsares de Junín como persona jurídica de derecho público, sobre la base del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público San Ignacio de Loyola y del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Humberto Yauri Martínez, ambos con sede en la ciudad de Junín del distrito de Junín de la provincia de Junín del departamento de Junín.
Constituirán fines de la Universidad Nacional Autónoma Húsares de Junín, además de los establecidos en la Ley N° 30220, Ley Universitaria, los siguientes:
a) Atender las necesidades de formación profesional, investigación científica y tecnológica, y extensión universitaria en todos los ámbitos de su actividad académica. b) Propender al desarrollo sostenible de la provincia de Junín y de su área de influencia, la conservación del equilibrio ecológico y la preservación de un ambiente saludable. c) Contribuir a la elevación y mejoramiento de la producción y productividad de las actividades económicas de la provincia de Junín y del departamento de Junín.
Las carreras profesionales que ofrecerá la Universidad Nacional Autónoma Húsares de Junín serán las siguientes:
a) Ingeniería Civil b) Ingeniería de Energías Renovables y Gestión Ambiental c) Ingeniería Agroindustrial y Alimentaria d) Zootecnia e) Ingeniería de Sistemas e Informática f) Administración y Negocios Internacionales g) Contabilidad h) Enfermería
Este listado no es taxativo y podrá ampliarse de acuerdo con las necesidades y la demanda educativa de la provincia de Junín del departamento de Junín. Conozca lanorma aquí