• SÁBADO 16
  • de mayo de 2026

Derecho

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Gobierno publica protocolo intersectorial

Trabajo infantil: instituciones del Estado coordinan esfuerzos para erradicarlo

Documento establece cuatro procesos de actuación que deberán seguir las diversas entidades estatales en la prevención, detección y atención de los niños y adolescentes en esta actividad.

El documento, que se oficializó mediante el Decreto Supremo N.° 006-2026-TR, tiene como finalidad disminuir progresivamente el trabajo infantil hasta lograr su erradicación, garantizando de manera prioritaria la protección de los menores frente a situaciones de vulneración de sus derechos, así como la restitución efectiva y sostenible de estos.

Planteamientos

El primer proceso de actuación, la prevención, plantea anticiparse a una situación problemática y sus posibles daños, al ofrecer alternativas de acción efectiva, para lo cual se necesita el reconocimiento de las condiciones o situaciones de riesgo del trabajo infantil, con el propósito de evitar su aparición.

En el caso del trabajo infantil, se dirige a reducir el ingreso de niños y adolescentes al mundo laboral antes de la edad mínima de admisión al empleo (14 años), así como a situaciones de trabajo peligroso, y peores formas de trabajo infantil.

Mientras, el proceso de detección comprende el descubrimiento, identificación, develamiento de situaciones de trabajo infantil, trabajos peligrosos y peores formas de trabajo infantil, situaciones explícitas de vulneración de derechos.

El objetivo es identificar los casos o potenciales casos en situación de trabajo infantil, trabajos peligrosos y/o peores formas de trabajo infantil, a fin de acopiar evidencias para el proceso de denuncia, recalca el documento.

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El tercer proceso, el de atención, se orienta a brindar esta en los diferentes servicios que tiene el Estado para los niños y adolescentes, luego de la determinación de condición de trabajo infantil y/o denuncia de situación en condición de peores formas de trabajo infantil, con el propósito de asistirlo en el proceso de restituir los derechos vulnerados.

El protocolo subraya que la protección social considera la labor especializada e integral, complementaria y articulada que desarrollarán las entidades que forman la red intersectorial de instituciones en el ámbito nacional, regional y/o local, de acuerdo con sus competencias. 

El objetivo es generar condiciones y mecanismos de protección para los adolescentes y niños en situación de trabajo infantil, trabajo peligroso o trabajo en sus peores formas, garantizándose el acceso a los servicios del Estado, remarca.

Respecto al cuarto proceso de actuación, el de reintegración, hace referencia al retorno del niño o adolescente de una situación de desprotección, exposición y daño, a una en la que puede ejercer plenamente sus derechos tras haber recibido, tanto la víctima como su familia, la atención y servicios necesarios.

El documento destaca que se centra en el niño o adolescente como persona, sin perder de vista que es parte de una familia y una comunidad, con este entorno como el principal determinante del trabajo infantil.

Informes

El protocolo precisa que por medio del Comité Directivo Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil-CPETI, los sectores responsables rendirán cuentas sobre las acciones y servicios identificados en el documento, así como de sus posibles obstáculos para su cumplimiento. 

A escala subnacional, en cada región el Comité Directivo Regional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil-CDRPETI será el espacio en el que las entidades presentarán sus reportes sobre la materia, puntualiza.

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