• MIÉRCOLES 1
  • de abril de 2026

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ANC-PJ recuerda prohibición de proselitismo político para jueces del Poder Judicial

De acuerdo con la referida norma, constituye falta muy grave la afiliación a partidos políticos, grupos políticos o de presión, así como el desarrollo de actividades propias de estos o en su interés durante el ejercicio de la función jurisdiccional.

La disposición comprende la prohibición de toda actividad de promoción, apoyo o difusión de intereses partidarios por parte de los jueces, en resguardo de la independencia y neutralidad que rigen la función jurisdiccional.

Asimismo, precisa que el incumplimiento de esta disposición es sancionable con suspensión o destitución, conforme a lo previsto en el artículo 51.3 de la citada ley.


La ANC-PJ señala que estas disposiciones se enmarcan en los principios que garantizan la legitimidad y la confianza de la ciudadanía en la administración de justicia.

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