• MARTES 31
  • de marzo de 2026

Derecho

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DERECHO

PJ: prorrogan por tres meses funcionamiento de salas supremas transitorias

Fue mediante la Resolución Administrativa N° 000038-2026-P-CE-PJ debido a que aún queda considerable número de expedientes pendientes de resolver en los mencionados órganos jurisdiccionales.


El artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Orgánica del Poder Judicial,
determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias del Poder Judicial (PJ) funcionen con celeridad y eficiencia. 
Conozca la norma aquí

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