MEF aprueba la “Estrategia de Gestión del Catastro Fiscal 2026”
Dicho documento determina las metas, plazos y objetivos establecidos para el año fiscal en curso respecto a la incorporación obligatoria de gobiernos locales al Catastro Fiscal, así como otros aspectos relacionados para la consolidación, mantenimiento y actualización del mismo.
El Catastro Fiscal, cuyas características y usos se establecieron por intermedio del Decreto Legislativo N° 1557, constituye un inventario de información de trascendencia fiscal que comprende las características básicas de los predios que hagan posible su identificación y valorización. Por su naturaleza de exclusivo uso fiscal, el Catastro Fiscal no se encuentra regulado por la Ley Nº 28294, Ley que crea el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su vinculación con el registro de predios.
En ese contexto, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 226-2023-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1557, establece que la implementación del Catastro Fiscal, así como su Plataforma, es de obligatorio cumplimiento para los gobiernos locales; precisando, que dicha implementación se realiza de manera progresiva conforme a lo establecido en la Estrategia de Gestión del Catastro Fiscal que apruebe anualmente el MEF durante el primer trimestre de cada año fiscal. Conozca la norma aquí
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