• MARTES 17
  • de marzo de 2026

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Mininter fija reglas para armas no letales del serenazgo: revisa qué podrán usar desde ahora

Medida establece reglas claras para una aplicación responsable, uniforme y dentro del marco legal.

“La seguridad ciudadana exige un trabajo articulado entre el Gobierno nacional, la Policía y los gobiernos locales. El serenazgo cumple un rol esencial en ese esfuerzo, porque es la primera línea de presencia en nuestras calles. Con estas medidas estamos fortaleciendo su capacidad de acción para enfrentar la delincuencia con mayor eficacia en coordinación con nuestra Policía”, señaló el ministro del Interior, Hugo Begazo.

De esta manera, a través de la Resolución Ministerial N° 0323-2026-IN, el Mininter fortalece su rol rector en seguridad ciudadana y establece un marco claro para ordenar y uniformizar la implementación de este equipamiento en los gobiernos locales, dentro del marco legal vigente.
La resolución comprende seis medios de defensa: grilletes de seguridad, escudos, bastones tonfa, aerosoles de pimienta, chalecos antibalas y pistola eléctrica o de electrochoque. Estas características mínimas servirán de base para los procesos de adquisición e implementación que realicen las municipalidades, promoviendo una actuación más ordenada, uniforme y responsable del serenazgo municipal.

La norma precisa que estos implementos tienen como finalidad prevenir y disuadir la comisión de delitos y faltas, siempre con respeto a los derechos fundamentales de las personas. En esa línea, el Ministerio del Interior tendrá a su cargo la difusión y capacitación del contenido aprobado para facilitar su adecuada implementación.

Cabe señalar que esta medida consolida un marco común para el trabajo articulado entre el Gobierno nacional y los gobiernos locales en materia de seguridad ciudadana.