• DOMINGO 8
  • de marzo de 2026

Derecho

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¡Atención entidades públicas! Fijan qué actividades seguirán de forma presencial en emergencia por el gas

Medida busca asegurar la continuidad de los servicios esenciales a la población, precisa comunicado de Servir.

Mediante el Comunicado Nº 002-2026, la entidad precisó que los titulares de las instituciones públicas deberán determinar qué trabajos estrictamente necesarios se mantendrán con presencia física o teletrabajo parcial, estableciendo turnos u otros mecanismos que permitan mantener operativas las funciones sustantivas del Estado.


Entre las actividades que deberán seguir funcionando se encuentran las vinculadas con los organismos electorales como el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

Asimismo, continuarán las labores en el sector salud, incluyendo establecimientos del Ministerio de Salud del Perú (Minsa), el Seguro Social de Salud del Perú (EsSalud) y los centros de atención comunitaria.


También se mantendrán las funciones de fiscalización, supervisión y regulación en entidades como el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) y la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

Se suman la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) y el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin).

La continuidad presencial alcanzará, además, al Programa Aurora, mediante los Centros de Emergencia Mujer (CEM), así como a las entidades públicas que realizan actividades logísticas vinculadas con el transporte aéreo, portuario y terrestre, y otras instituciones que brindan servicios esenciales que requieren atención directa al público.

Servir recalcó que esta disposición forma parte de la implementación obligatoria, excepcional y temporal del teletrabajo establecida mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000040-2026-Servir-PE, en el contexto de la emergencia por el suministro de gas natural declarada por Resolución Viceministerial N° 004-2026-Minem/VMH. 

Periodo

La medida regirá del 9 al 14 de marzo de 2026, período en el cual los servidores civiles efectuarán sus labores principalmente bajo la modalidad de teletrabajo total. Al finalizar ese lapso, regresarán a su modalidad habitual de trabajo, anota.

La autoridad señaló que las Oficinas de Recursos Humanos de cada entidad podrán adoptar para facilitar esta modalidad, como variar temporalmente funciones, promover el uso de vacaciones o la compensación de medidas acumuladas, fomentar el uso de bicicleta conforme a la Ley Nº 30936 y permitir la asistencia presencial de trabajadores que residen cerca de su centro laboral.

La medida excepcional no requerirá la modificación del Plan de Implementación de Teletrabajo vigente en cada entidad, ni la aprobación de uno nuevo, aclaró.

Para todo aspecto no previsto se aplicará la Ley N° 31572 (Ley del Teletrabajo), su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2023-TR, y sus respectivas normas modificatorias, cuando corresponda.

De tener consultas al respecto, estarán disponibles el teléfono (01) 2063370 anexos 2511, 2513 y 2519, así como el correo electrónico sistemarh@servir.gob.pe, puntualizó.

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