¿Debes denunciar a un familiar? Lo que dice la ley peruana sobre la excusa absolutoria
Código Penal
En medio del debate público generado por un reciente caso mediático, ha surgido una pregunta recurrente: ¿puede una madre, padre o familiar cercano ser denunciado por no revelar información que podría incriminar a un pariente? Desde una perspectiva estrictamente jurídica, la respuesta exige revisar lo que establece el Código Penal del Perú.
Jhuliana Atahuamán, experta y profesora de Derecho, explica que el artículo 406° del Código Penal regula la denominada “excusa absolutoria”. Esta figura legal establece que están exentos de pena quienes incurren en actos vinculados al encubrimiento personal o real cuando existe una relación familiar o un vínculo tan estrecho con la persona favorecida que permita comprender humanamente su conducta.
“El sistema penal peruano reconoce que no existe un deber general de delación familiar”, precisa la especialista. Sin embargo, aclara que ello no implica justificar hechos delictivos ni adelantar opinión sobre casos concretos. “Cada situación debe analizarse según sus circunstancias específicas y la actuación real de la persona involucrada”, subraya la experta.
Desde el punto de vista legal, la excusa absolutoria no elimina el delito cometido por el autor principal, sino que exime de sanción al familiar que, por lazos de sangre o afecto estrecho, realiza actos orientados a favorecerlo. Se trata de una decisión de política criminal que prioriza la protección de la familia como núcleo básico de la sociedad.
No obstante, su aplicación no es automática. Corresponde a las autoridades evaluar caso por caso si efectivamente se cumplen los presupuestos del encubrimiento y la existencia del vínculo que justifique la exención de pena.
En definitiva, el ordenamiento jurídico peruano no impone un deber de denunciar a un familiar directo, pero tampoco convierte esa protección en justificación frente al delito.