• JUEVES 5
  • de marzo de 2026

Política

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Declaran en emergencia 16 distritos de Arequipa y uno de Ica por lluvias

Medida se extenderá por 60 días, tiempo en el que deberán ejecutarse medidas y acciones de excepción, inmediatas, así como de respuesta y rehabilitación.

La medida quedó establecida mediante el decreto supremo 023-2026-PCM, aparecida en una edición extraordinaria de la separata de normas legales del Diario Oficial El Peruano.


Esta declaratoria se extenderá durante 60 días, en los cuales deberán de ejecutarse las “medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan”.

Además del distrito de Ocucaje, en Ica, se declaran en emergencia 16 distritos de cinco provincias de Arequipa.


Provincias de Arequipa

Así, en la provincia de Arequipa, se comprende en esta declaratoria a ocho jurisdicciones distritales: Jacobo Hunter, José Luis Bustamante y Rivero, Mariano Melgar, Sachaca, San Juan de Siguas, Sabandía, Yanahuara y Yarabamba, los más afectados por las lluvias intensas y desborde de torrenteras registrados en los últimos días.

En la provincia de Castilla, los distritos en emergencia son Orcompampa, Tipán y Muñón, y en la provincia de Caravelí, las jurisdicciones distritales bajo dicho estado de excepción son Huanuhuanu y Lomas. En la provincia de Caylloma, los distritos son Maca y San Antonio de Chuca, y en la de Condesuyos el distrito comprendido es Río Grande.

Se indica que las medidas y acciones de excepción serán ejecutadas por los Gobiernos Regionales de Arequipa e Ica y los municipios distritales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil.


Participarán también los ministerios de Salud, Educación, Vivienda, Construcción y Saneamiento; de Transportes y Comunicaciones; de Desarrollo Agrario y Riego; de Energía y Minas, del Interior, de Defensa, de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y de Desarrollo e Inclusión Social y las demás instituciones públicas y privadas involucradas.

“Estas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes”, se señala en el decreto.

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