No pierdas tu derecho: accede a la pensión ONP por viudez u orfandad desde casa
Solicitudes de pensión pueden tramitarse a través de una videollamada.
En la reciente edición del programa digital ONP en Línea, el representante de la Defensoría del Asegurado, Guillermo Benites, recordó que además de los cónyuges, convivientes que cuentan con un certificado de unión de hecho registrado ante la Sunarp también pueden solicitar la pensión de viudez.
Asimismo, explicó que los hijos de una persona asegurada tienen derecho a una pensión de orfandad si son menores de 18 años; mayores de 18 con discapacidad para trabajar —si esta condición se presentó antes de la mayoría de edad—; o mayores de edad que continúan estudiando de manera ininterrumpida. En este último caso, destacó que es indispensable acreditar la continuidad de los estudios para mantener el beneficio.
Los padres del asegurado también pueden solicitar una pensión por derecho derivado, siempre que cumplan con los requisitos de edad, cuenten con una discapacidad o acrediten dependencia económica.
Cuando no existen beneficiarios con derecho a pensión derivada, la ONP otorga el capital de defunción, un pago único de hasta S/ 1000 destinado a apoyar a la familia en los gastos inmediatos tras la pérdida del asegurado. Este beneficio se asigna siguiendo un orden de prelación: cónyuge o conviviente con declaración de unión de hecho, hijos, padres y, en último lugar, hermanos menores de 18 años. La Institución precisó que este capital es un beneficio propio de la ONP y no cubre gastos de sepelio, los cuales están a cargo de EsSalud.
Solicitudes más rápidas y sin salir de casa
Para facilitar el acceso a estos derechos, las familias pueden solicitar sus pensiones a través de una videollamada, disponible en onpvirtual.pe, sin necesidad de acudir a una oficina de la ONP.
La entidad destacó que el plazo máximo para resolver estas solicitudes es de 30 días hábiles, reafirmando su compromiso con una atención rápida, cercana y oportuna.