• JUEVES 5
  • de marzo de 2026

Derecho

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La ayuda por desastres exige vivienda registrada. Regularízala a tiempo

Propiedad informal y ayudas post-desastre


Editor
Miguel Cavero Velaochaga

Abogado. Director de Inmobilex


La reciente tragedia climática en Arequipa, que viene afectando a muchas familias, incluso en zonas de alto valor, nos lleva a reflexionar como la mera posesión de un predio, ya sea porque el acto de adquisición del derecho sobre este no se regularizó en su momento, o porque luego de haber cumplido el tiempo para ser declarado propietario mediante un procedimiento de prescripción adquisitiva, el “poseedor-propietario” no ejecutó los trámites correspondientes ante un juez, un notario o ante COFOPRI, no solamente es un asunto jurídico sino también social, que podría impedir a miles de familias recibir ayudas del Estado en caso de desastres naturales, dado que el marco normativo para recibirlas exige prueba de propiedad formal.

Por ejemplo, tenemos el Bono de Arrendamiento para Emergencias (BAE), que “es un apoyo económico que otorga el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), a las familias que perdieron sus viviendas a consecuencia de fenómenos naturales, como inundaciones, huaicos o terremotos”, hasta por dos años, por el monto de 500 soles.

Para tales fines, la vivienda debe estar certificada como colapsada o inhabitable y la familia empadronada por el municipio de la jurisdicción, cuyo requisito exige ser "dueño de la vivienda, no inquilino ni guardián"; es decir, propietario con título inscrito en Registros Públicos, de esta manera se excluye a quienes solo acrediten posesión, lo que genera desigualdades en la política pública. 

Los impactos de este enfoque en el subsidio ya los vimos con motivo del terremoto en Pisco donde “manzanas completas” no pudieron volver a ser ocupadas por sus poseedores.

El Perú no solamente es sísmico sino también típicamente afectado por lluvias y últimamente por activación de quebradas y queda claro que la ayuda estatal tiene un enfoque reactivo y no preventivo.

Urge una reforma legislativa para que COFOPRI regularice masivamente la propiedad informal, no necesariamente ubicada en asentamientos humanos, pero en zonas aptas para vivienda, sin riesgo o con riesgo mitigado.