Derecho
La finalidad del cuerpo normativo, que se oficializó por Decreto Supremo N.° 001-2026-MC, es promover el desarrollo integral, sostenido e inclusivo de los citados trabajos, así como garantizar la transparencia y predictibilidad de los estímulos fijados.
Ámbitos
Las disposiciones se aplicarán a las personas naturales o jurídicas que desarrollen labores vinculadas con la creación, producción, distribución, difusión, acceso, promoción, exhibición, investigación, formación de públicos, preservación y demás acciones relacionadas con las actividades cinematográficas y audiovisuales, en el contexto de la Ley N.° 32309.
El reglamento precisa que el Registro Nacional de la Cinematografía y el Audiovisual (Renca), del Ministerio de Cultura, tiene como finalidad inscribir y reconocer a las personas naturales y jurídicas, contratos, obras y proyectos.
El trámite de inscripción no se constituye como un procedimiento administrativo, conforme la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 32309. El registro de una obra cinematográfica o audiovisual como peruana determinará su reconocimiento como tal por el ministerio, subraya.
El cuerpo normativo recalca que la inscripción y reconocimiento en el Renca constituirá una condición indispensable para acceder a los incentivos económicos y fiscales según la Ley N.° 32309.
El registro se organizará en las secciones de Obras cinematográficas y audiovisuales; Personas naturales que desarrollen actividades cinematográficas y audiovisuales; y Personas jurídicas que desarrollen actividades cinematográficas y audiovisuales.
Se suman Proyectos vinculados con la actividad cinematográfica y audiovisual, ya sea mediante coproducción o no, en cualquiera de sus etapas: desarrollo, preproducción, producción o posproducción; y Contratos vinculados con la actividad cinematográfica o audiovisual.
Cifra
15 días hábiles es el plazo para que se formulen observaciones al pedido de registro en el Renca.
Lea también en El Peruano ?? El Gobierno aprobó el Reglamento de la Ley N.° 32309, Ley que crea incentivos económicos y fiscales para el fomento de las actividades cinematográficas y audiovisuales del Perú, en la que precisa las pautas necesarias para su aplicación.
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