• JUEVES 5
  • de marzo de 2026

Economía

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Protección del consumidor

Fortalecen atención de reclamos en el comercio electrónico

Prevén sanción a métodos comerciales coercitivos.

Esta norma, emitida bajo las facultades legislativas otorgadas por el Congreso de la República mediante la Ley N.° 32527, introduce por primera vez cambios específicos para garantizar un comercio electrónico libre de métodos abusivos y de prácticas coercitivas.

Entre las modificaciones más resaltantes se encuentra la prohibición expresa de estrategias implementadas para distorsionar la voluntad del consumidor y que lo induzcan a tomar decisiones de consumo no deseadas.

De acuerdo con el Indecopi, este tipo de métodos incluyen ejemplos nocivos como las suscripciones involuntarias y las compras adicionales predeterminadas, entre otros.

La incorporación del literal h) al numeral 56.1 del artículo 56 del código establece que estas prácticas son ahora métodos comerciales coercitivos prohibidos, lo que permite sancionar a las empresas que utilicen interfaces engañosas en el comercio digital que generen perjuicios. El Estado peruano reafirma su compromiso con la protección ciudadana.

Proveedores

Asimismo, el decreto dispone que los proveedores que desarrollen sus actividades comerciales a través de plataformas, aplicaciones u otros canales digitales deben contar con sistemas de atención de reclamos accesibles, eficaces y operativos de forma permanente.

Estos mecanismos deben permitir al consumidor formular sus reclamos de manera directa, sin generar costos ni cargas innecesarias o desproporcionadas.

En el caso de las empresas que operan desde el exterior y dirigen su oferta al mercado peruano, el marco legal las obliga, como mínimo, a mantener operativa una dirección de correo electrónico para gestionar preguntas, reclamos, sugerencias y devoluciones.

El Indecopi detalló que estas modificaciones refuerzan la capacidad sancionadora de la institución en el comercio que se realiza mediante plataformas digitales, alineando a Perú con los más altos estándares internacionales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

La transparencia y la seguridad jurídica son pilares fundamentales de este nuevo esquema regulatorio para el país. De acuerdo con el Indecopi, se garantiza así que el derecho del consumidor a elegir libremente y a reclamar sea respetado también en el ámbito del comercio electrónico de forma plena y efectiva.

La norma también destaca que el comercio electrónico experimentó un crecimiento exponencial en el país, convirtiéndose en un canal fundamental para la adquisición de bienes y servicios, lo que exigía este marco regulatorio complementario.

El Estado, en cumplimiento del artículo 65 de la Constitución Política del Perú, defiende el interés de los consumidores y garantiza el derecho a la información en un régimen de economía social de mercado.

Tendencias

El fortalecimiento de la atención de reclamos y la prevención de prácticas coercitivas buscan armonizar la normativa nacional con las nuevas tendencias del comercio digital y las recomendaciones internacionales.

Con la implementación de estos mecanismos eficaces para la resolución de controversias, se protege la salud y la seguridad de la población frente a interfaces de usuario diseñadas para manipular la libertad de elección.

Implementación y vigilancia

Las modificaciones introducidas por el Indecopi refuerzan la protección en las plataformas digitales y aseguran que los mecanismos de atención de reclamos sean eficaces.

La entidad velará por el cumplimiento de estas disposiciones en consonancia con las recomendaciones internacionales.

De acuerdo con el Indecopi, el Poder Ejecutivo cuenta con un plazo de 180 días calendario para aprobar el reglamento que detallará la operatividad de estas obligaciones.

Sin embargo, la norma tendrá vigencia legal a partir de mañana viernes 13 de febrero del presente año.