Seguridad en puertos: aplica exclusivamente medidas aprobadas por la autoridad, aclara APN
En ese marco, la APN es la autoridad responsable de la aplicación del Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias (Código PBIP) en lo referido a las instalaciones portuarias del país, garantizando el cumplimiento de los estándares internacionales en materia de protección portuaria.
Las medidas de protección contenidas en el Plan de Protección de la Instalación Portuaria (PPIP), aprobado conforme al Código PBIP, tienen por finalidad asegurar que cada instalación cuente con disposiciones adecuadas y proporcionales, sustentadas en evaluaciones de riesgo debidamente elaboradas. Estas medidas buscan prevenir y responder eficazmente ante amenazas que puedan afectar la seguridad portuaria y el normal desarrollo del comercio internacional.
La APN aprueba las evaluaciones de protección, los planes y los manuales de procedimientos, previa revisión y validación técnica. En consecuencia, los administradores y/u operadores portuarios deben abstenerse de implementar, de manera discrecional, procedimientos, medidas, restricciones, prohibiciones o requisitos adicionales sin la aprobación expresa de esta Autoridad.
Finalmente, la APN exhorta a los administradores portuarios y a los Oficiales de Protección de la Instalación Portuaria (OPIP) a cumplir de forma estricta y permanente la normativa vigente.