• JUEVES 5
  • de marzo de 2026

Derecho

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DERECHO

Despido justificado por uso indebido de sistemas internos: conoce el criterio de la Corte

Despido por conflicto de intereses


Editor
Carlos Cadillo Ángeles

Socio de Miranda & Amado


En el caso, el trabajador laboraba en una entidad bancaria y realizó, en diversas oportunidades y de manera irregular, movimientos de entrada y salida de dinero , entre su cuenta personal y la cuenta de clientes. Para ello, el trabajador utilizó indebidamente los sistemas internos para registrar solicitudes de préstamo de los clientes y disponer de dicho dinero.

El Reglamento Interno de Trabajo del empleador establece que están prohibidas las conductas de conflicto de intereses, tales como la realización de operaciones con clientes que generen un provecho personal, aun cuando no sean necesariamente perjudiciales, o estén en conflicto con los intereses de la empresa. 

El empleador detectó esta situación y despidió al trabajador por la comisión de 3 faltas graves: el incumplimiento de las obligaciones de trabajo que supone el quebrantamiento de la buena fe laboral, la inobservancia del Reglamento Interno de Trabajo y la utilización indebida de los bienes (sistemas internos) en beneficio propio o de terceros, con prescindencia de su valor.

El trabajador interpuso una demanda de reposición por despido nulo y solicitó el pago de una indemnización por daños y perjuicios (daño a la persona y daño moral), entre otros. La Corte Suprema concluyó que el empleador observó el procedimiento formal de despido y valoró los descargos del trabajador en ejercicio de su derecho de defensa; además, determinó que existen medios probatorios que acreditan la regularidad del despido, lo que demuestra la existencia de una causa objetiva que justifica esta sanción por la comisión de las faltas graves que fueron imputadas.

De otro lado, para la obtención de los medios probatorios, la unidad de prevención de fraude de la empresa revisó los estados de cuenta del trabajador y de los clientes. La Corte Suprema establece que esta supervisión y los medios de prueba obtenidos no afectan el derecho a la intimidad y al secreto bancario, porque están contextualizados en el marco del control de operaciones sospechosas de los trabajadores y funcionarios de una entidad que opera con recursos económicos de sus clientes, sujetos a fiscalización de la entidad regulatoria competente. 

La Corte añade que los medios probatorios han tenido un tratamiento interno para la investigación disciplinaria y el trabajador reconoció que utilizó los sistemas internos para las operaciones indebidas con los clientes; por tanto, no se encuentra afectación al secreto bancario.

Cabe señalar que, en segunda instancia, la Sala Laboral declaró fundada la demanda por despido nulo y ordenó el pago de las remuneraciones dejadas de percibir y una suma por indemnización por daño moral. La Sala acogió la tesis del demandante respecto a que el despido tuvo como razón la actividad sindical y la denuncia presentada ante SUNAFIL contra el empleador. 

La Corte Suprema se apartó de esta decisión porque consideró que el despido por faltas graves se encontró acreditado, al incumplir deberes y romper la relación de confianza; y, además, el demandante no aportó indicios que evidencien el propósito de la empresa de impedir reclamos de los trabajadores y que hagan presumir que la intención del empleador es finalizar el vínculo laboral por la interposición de la denuncia.

De esta manera, la Corte Suprema casó la sentencia de la Sala Laboral y confirmó la resolución del Juzgado Laboral —primera instancia—, que declaró infundada la demanda. Esta sentencia resulta relevante para definir situaciones disciplinarias vinculadas con conflictos de intereses y refuerza el poder de supervisión para la obtención de medios de prueba que sustenten las faltas graves.

 Asimismo, recuerda la importancia de revisar y actualizar los reglamentos internos, códigos de conducta, políticas, perfiles, entre otros; con el objetivo de incluir los deberes laborales o prohibiciones, así como detallar las situaciones o conductas de indisciplina.