El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, martes 10 de febrero del 2026
MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO
Aprueban “Lineamientos para la Calendarización y Oficialización de Ferias y Eventos Agropecuarios”
El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) aprobó los Lineamientos de alcance sectorial, LI N° 0010-2026-MIDAGRI/DVDAFIR-DGDAA, “Lineamientos para la Calendarización y Oficialización de Ferias y Eventos Agropecuarios” Versión 1, mediante la Resolución Ministerial N° 0045-2026-MIDAGRI.
La implementación de estos lineamientos estará a cargo de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología y de la Dirección General de Desarrollo Ganadero.
Para tal efecto, se dispone la publicación de los lineamientos aprobados en la sede digital del Midagri (www.gob.pe/midagri). Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO
Aprueban “Plan de Implementación de la Hoja de Ruta hacia una Economía Circular en el Sector Agrario y de Riego al 2030”
El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) aprobó el “Plan de Implementación de la Hoja de Ruta hacia una Economía Circular en el Sector Agrario y de Riego al 2030”, mediante la Resolución Ministerial N° 0047-2026-MIDAGRI.
Se trata de un instrumento de gestión operativo que define las acciones concretas a ser ejecutadas por las unidades orgánicas del Midagri, con el fin de impulsar la transición progresiva del modelo económico lineal hacia un modelo circular en el Sector Agrario y de Riego.
La Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas así como la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, se encargará del seguimiento del cumplimiento de las acciones contenidas en el “Plan de Implementación de la Hoja de Ruta hacia una Economía Circular en el Sector Agrario y de Riego al 2030”.
Para tal efecto, se dispone la publicación del referido plan en el portal institucional del Midagri (www.gob.pe/midagri). Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Constituyen la Comisión Ejecutiva encargada del planeamiento, organización y dirección de la Transmisión del Mando Supremo 2026
El Ministerio de Relaciones Exteriores constituyó la Comisión Ejecutiva encargada del planeamiento, organización y dirección de la Transmisión del Mando Supremo 2026, mediante la Resolución Suprema N° 021-2026-RE.
Por tanto, se nombra Coordinador General de la Comisión Ejecutiva encargada del planeamiento, organización y dirección de la Transmisión del Mando Supremo 2026 al Director General de Protocolo y Ceremonial del Estado, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Eduardo Miguel Hilarión Pérez del Solar Marcenaro.
A la par, se nombra Director Operativo de la Comisión Ejecutiva encargada del planeamiento, organización y dirección de la Transmisión del Mando Supremo 2026 al Director de Ceremonial del Estado, Ministro en el Servicio Diplomático de la República Enrique Augusto Noria Freyre.
La Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado efectuará en cada caso las coordinaciones con las autoridades competentes para la realización de la Transmisión del Mando Supremo 2026. Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el “Régimen general de renovación de las concesiones de los servicios públicos de telecomunicaciones”
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) dispuso la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el “Régimen general de renovación de las concesiones de los servicios públicos de telecomunicaciones”, en la sede digital de dicho portafolio (www.gob.pe/mtc), a efectos de recibir comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general, dentro del plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del día siguiente de su publicación.
Fue medinte la Resolución Ministerial N° 063-2026-MTC/01.03 con la cual se precisa que la propuesta normativa tiene por finalidad garantizar que la evaluación de las solicitudes de renovación se enfoque en el desempeño de las concesionarias y que promuevan el despliegue de infraestructura y la renovación tecnológica.
Por tanto, se dispone que los comentarios, aportes u opiniones sobre el citado proyecto de Decreto Supremo sean remitidos a través de la mesa de partes virtual del MTC, con atención a la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, o a la dirección electrónica: info.dqprc@mtc.qob.pe. Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Regulan el fraccionamiento excepcional del cobro del incremento tarifario derivado del procedimiento de rebalanceo tarifario
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento estableció el fraccionamiento del cobro del incremento tarifario aprobado en el marco del procedimiento de rebalanceo tarifario, conforme al marco normativo vigente, a fin de incorporar mecanismos de gradualidad de cobro para los usuarios de la clase residencial.
Fue mediante el Decreto Supremo Nº 002-2026-VIVIENDA con el cual se establece que excepcionalmente las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento (EPS) podrán fraccionar, hasta diciembre del 2027, el cobro de los incrementos tarifarios correspondientes al primer semestre del año 2026, aprobados en el marco del procedimiento de rebalanceo tarifario.
La facilidad de pago se aplicará a los usuarios de la clase residencial, quienes podrán solicitar la inaplicación del fraccionamiento a través de los canales que las EPS habiliten para tal fin.
La EPS informará mensualmente a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) sobre la aplicación del fraccionamiento dentro de los primeros quince (15) días calendario de cada mes. Conozca la norma aquí
PODER JUDICIAL
Prorrogan por el término de tres meses el funcionamiento de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) prorrogó por el término de tres meses, a partir del 12 de febrero del 2026, el funcionamiento de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante la Resolución Administrativa N° 000030-2026-CE-PJ.
La medida obedece a que la referida Sala Suprema tiene considerable carga procesal de expedientes en trámite, situación que conlleva a disponer su continuación, la que se justifica en la urgente necesidad de proseguir con la importante labor de descarga por la que fue creado el citado órgano jurisdiccional. Conozca la norma aquí
AUTORIDAD NACIONAL DE CONTROL DEL PODER JUDICIAL
Incorporan la Unidad de Asesoría Jurídica dentro de la organización de Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y modifican reglamento de la organización de esta autoridad
La Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial (ANC-PJ) incorporó la Unidad de Asesoría Jurídica dentro de su estructura orgánica, mediante la modificación de su Reglamento de Organización y Funciones.
De acuerdo con la Resolución Administrativa N° 000001-2026-JN-ANC-PJ, la Unidad de Asesoría Jurídica incorporada constituye la unidad orgánica de asesoramiento, responsable de orientar y emitir opinión legal en atención a los asuntos de carácter jurídico y administrativo a ser resueltos por la Alta Dirección y a las demás unidades de organización de la ANC-PJ.
A tono con ello se establece como una de sus funciones emitir opinión y absolver consultas sobre asuntos de carácter jurídico que le sean formulados relacionados a sus competencias. Asimismo, emitir opinión legal sobre proyectos de normas, directivas, actos resolutivos y otros documentos jurídicos que deban ser suscritos por la Alta Dirección, así como sobre la viabilidad jurídica de convenios, acuerdos y actos interinstitucionales.
A la par, la ANC-PJ modifica su Reglamento de Organización y Funciones en lo relativo a las funciones de la Unidad de Prevención, Supervisión, e Inspeccióna así como de la Unidad de Tecnologías de la Información y de otras unidades y oficinas. Conozca la norma aquí
AUTORIDAD NACIONAL DE CONTROL DEL PODER JUDICIAL
Reguló el tratamiento de la queja por defecto de tramitación y el cumplimiento de mandatos dentro del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y modificó el reglamento de dicho procedimiento
La Autoridad Nacionalde Control del Poder Judicial (ANC-PJ) reguló el tratamiento de la queja por defecto en la tramitación y el cumplimiento de mandatos dentro del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y modificó el reglamento de dicho procedimiento, mediante la Resolución Administrativa Nº 000002-2026-JN-ANC-PJ.
De acuerdo con la norma, el investigado y/o el quejoso dentro del procedimiento administrativo disciplinario de la ANC-PJ podrá formular queja en cualquier fase del procedimiento, ante el superior jerárquico de la autoridad que lo tramite, cuando se presenten defectos de tramitación que ocasionen paralización, incumplimiento de plazos legales u omisión de trámites previstos normativamente.
Dichos defectos deberán ser corregidos en la misma fase o instancia antes de la emisión de la resolución final, teniendo en cuenta que la presentación de la queja no suspende la tramitación del procedimiento administrativo disciplinario y que la decisión que la resuelve es inimpugnable.
A la par se establece que el cumplimiento de las sentencias y demás decisiones emitidas por el Tribunal Constitucional, así como de las resoluciones judiciales firmes y medidas cautelares del Poder Judicial, relacionadas con el procedimiento administrativo disciplinario, corresponde al despacho de control que emitió la resolución administrativa objeto de cuestionamiento, con el apoyo de las unidades competentes de la ANC-PJ.
Tratándose de procedimientos administrativos en trámite, corresponderá conocer su ejecución al despacho que tenga a su cargo el expediente administrativo disciplinario.
A la par, se modifica el Reglamento del Procedimiento Administrativo Disciplinario y de las Medidas de Prevención de la ANC-PJ en lo relativo a la presentación de quejas y denuncias, actos inimpugnables, trámite de la medida cautelar de suspensión preventiva, servicio de orientación y atención inmediata, entre otros aspectos. Conozca la norma aquí