Derecho

Periodista
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“El nuevo reglamento y la Ley de Protección de Datos Personales crearon la figura del oficial de datos; por lo tanto, estos oficiales de datos se deben formar en alguna universidad o centro de estudios que provea el servicio no solo en este tema, sino también en otros afines como transformación digital y ciberdelincuencia, que servirían para sus conocimientos”, aseveró.
Labor
“Así que la academia tiene una labor importante en la formación de los profesionales que se dediquen a la protección de los datos personales. Las facultades de Derecho pueden brindar también un espacio en el currículo a este derecho que es tan fundamental como la vida, integridad personal y libertad de expresión”, refirió.
Por lo tanto, “es importante que en la formación jurídica se incorporen contenidos de este derecho tan ejercido en el país”, dijo en declaraciones al Diario Oficial El Peruano.
El titular de la ANPD afirmó que otras carreras afines pueden abordar esta temática como los ingenieros informáticos, estadísticos, economistas, sociólogos, politólogos y antropólogos que tienen un contacto mucho más directo con las personas y con sus datos. “Una formación profesional que incorpore esta temática como un componente es indispensable”, anotó.
“Igual en los colegios. Hace algunos años conseguimos que esta temática se visibilizara en el currículo escolar. Es importante que tanto en las escuelas como en las universidades se promueva esta cultura de protección de datos a partir del conocimiento más científico de esta disciplina”, recalcó.
Luna, quien culminará su gestión durante este mes, se refirió también a los pendientes o las tareas futuras que se deberán efectuar en la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales en los próximos 5 o 10 años. “Por ejemplo, el reglamento prevé la portabilidad de los datos como una manifestación del derecho de acceso”, agregó.
Espacio
“Ahí hay un espacio para regular bien el tema de la portabilidad y facilitar, como se hizo años atrás con los números telefónicos, que un ciudadano empoderado de sus datos personales pueda exigir extraerlos, portarlos y llevarlos a otro responsable de tratamiento”, explicó.
El funcionario señaló que la historia del ciudadano alberga un conjunto de datos personales y es importante que él pueda portarlos o decidir sobre el destino de esa información particular que presenta un valor económico.
“Ese valor económico no solo debe ser aprovechado por las empresas que recaban legítimamente el consentimiento de los ciudadanos, sino también por estos para que puedan utilizar sus datos y empoderarse a partir de portarlos y de acceder a ellos en un formato que se pueda usar con facilidad”, aseveró.
Luna resaltó, asimismo, la necesidad de profundizar la promoción del derecho mediante campañas informativas, con recursos para organizarlas y llegar a todas las regiones del país. “Es importante que la autoridad crezca para incrementar su línea de trabajo en todo el país, porque las situaciones siempre son distintas en cada región, y que cuente con un discurso aterrizado en la realidad de cada departamento”, remarcó.
“Los escenarios de riesgo para los derechos son distintos, y una autoridad debe ser capaz de efectuar un examen profundo de sectores especialmente problemáticos”, enfatizó.
Para la autoridad, el futuro tiene que significar también que exista una radiografía clara del estado del derecho según sectores: salud, educación, telecomunicaciones, o programas sociales. “Esto pasa por un cuerpo de funcionarios estables, permanentes, que acceda, como felizmente hoy sucede, a sus puestos por méritos, a fin de ejecutar esos estudios en profundidad requeridos para atender a distintas problemáticas”, recalcó.
“Es lo que hacemos nosotros también con los recursos que disponemos. Si sabemos que hay una problemática de propietarios, de vecinos, de condominios, en relación a los datos personales, bueno, hay que hacer una guía especializada para ese sector con pautas claras, sencillas, para que la gente tenga una línea cierta de acción”, expresó.
Luna puntualizó que en la ANPD, en la medida en que incremente sus recursos, el personal calificado realizará una labor mucho más extensa en la promoción y la defensa de estos derechos.
Perfil profesional
El reglamento de la Ley N.° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, que se oficializó por Decreto Supremo N.° 016-2024-JUS, señala que el oficial de datos personales es el responsable o encargado del tratamiento de esta información para la verificación, asesoramiento e implementación del cumplimiento del régimen jurídico sobre su protección.
El cuerpo normativo subraya que su designación atenderá a sus cualidades profesionales y, en particular, a sus conocimientos y práctica en la protección de datos personales, debidamente acreditados, lo cual le deberá permitir desempeñar eficientemente las funciones.
La norma aclara que podrá ser una persona que cumpla otras funciones en la empresa o entidad pública, sin que sea necesario que desempeñe con exclusividad sus tareas. El oficial de datos tendrá como funciones informar y asesorar al titular del banco de datos personales o al responsable del tratamiento y a los empleados que se ocupen de esta labor sobre las obligaciones que les competen en virtud de la ley, el reglamento y otras disposiciones.
Fecha
30 de noviembre del 2024 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el reglamento de la Ley N.° 29733.