• JUEVES 5
  • de marzo de 2026

Derecho

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Análisis del Decreto Legislativo N.° 1703

Sunadep: desafíos para fortalecer el servicio de la defensa pública

Tras saludar la publicación de la normativa, el abogado Carlos Caro destaca la importancia de articular la labor de los profesionales y que estos muestren resultados concretos de su trabajo en favor de los más vulnerables.


Editor
Percy Buendia Quijandría

Periodista

pbuendia@editoraperu.com.pe


En declaraciones al Diario Oficial El Peruano, el letrado consideró “muy positiva” la creación de la citada entidad, mediante el Decreto Legislativo N.° 1703, “porque, vamos a decirlo así, la defensa pública siempre ha sido como la cenicienta del sistema legal. Es decir, algo a lo cual nadie le dio importancia”.

Valor

“Entonces, en la medida en que se crea ahora una superintendencia, se le otorga mucha más fortaleza, mucho más valor, a lo que puede significar la defensa pública que, como sabemos, es un derecho constitucional que no es de poca importancia, sino, al contrario, es de lo más trascendente para que haya equilibrio dentro del, sobre todo, proceso penal, que es donde más se necesita”, aseveró.

Caro destacó que el Gobierno dé este paso, porque permitirá, así como las procuradurías defienden al Estado, que a las personas que no cuenten con recursos para su defensa se les pueda proporcionar un servicio público de un estándar que tendrá que ir mejorando en forma progresiva.

“Porque para que esto se eche a andar o camine se necesita dinero, fondos públicos, y es algo que me imagino será progresivo; pero es un gran punto de partida que este servicio se sistematice mediante la Sunadep”, recalcó el hombre de leyes.

Ahora bien, el CEO del estudio de abogados Caro & Asociados sostuvo que “el problema crucial que deberá enfrentar la superintendencia es el hecho de que alcance una mínima calidad de servicio, lo que significa el acceso a la defensa”.

“En este momento se registra un gran déficit de defensores públicos, los pocos no se dan abasto. Hay defensores públicos que tienen hasta 100 procesos a la vez. Incluso hubo casos donde estuvieron a cargo de 150 procesos a la vez. Es absolutamente imposible que alguien pueda brindar un servicio de calidad bajo esas condiciones”, expresó.

Caro explicó que es un problema relativo tanto de cantidad como de calidad, asociado al acceso al servicio. “Se requiere que haya un acceso al servicio adecuado en términos de tiempo y de calidad. Entonces, este es un primer tema que deberá abordar la superintendencia”, anotó.

“Es necesario efectuar un mapeo a escala nacional de cuáles son las necesidades del servicio de defensa gratuita. En este momento, no existen datos, no hay cifras, porque la defensa pública está un poco, vamos a decirlo así, desarticulada. La superintendencia tiene que generar data que le permita plantear opciones y decisiones en virtud de los recursos que existen, que ya sabemos son pocos e insuficientes”, refirió.

Logros

Para el experto, un segundo reto, que ya es más de larga data, se vincula con el mejoramiento del servicio, ya no en términos solo de cantidad y calidad, sino también de eficiencia. “Así como los procuradores tienen que ‘meter goles’ y ganar procesos, lo mismo acá, la defensa pública también debe ‘meter goles’, pues no es solo contar con un abogado que cumpla con el ritual de acompañarte a los procesos, sino que, además, muestre resultados”, remarcó.

“Y diga, en tales casos, ‘como el cliente es culpable generé rápidamente una terminación anticipada, que es lo mejor que le puedo dar’. O en otro proceso, ‘como mi cliente es inocente obtuve sus absoluciones’. Es ver el tema de resultados, fundamental para que a largo plazo el servicio sea de calidad”, enfatizó.

Por último, el letrado manifestó que la quinta disposición final complementaria habla del financiamiento de la Sunadep y dice que la implementación se atenderá con cargo al presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh). “Me parece que es insuficiente. Esta cartera, si bien tiene que ser el centro de costo, es uno de los ministerios que devengan menos gasto”, agregó.

“Es importante que se piense en lo siguiente: o que esta superintendencia sea dependiente del Ministerio de Justicia o que pueda adquirir cierta autonomía, como el Indecopi o las procuradurías, que si bien mantienen una relación de dependencia del Minjusdh, tienen un cierto grado de autonomía en el tema presupuestario. Entonces, ahí hay un asunto que todavía se puede trabajar”, subrayó.

Normativa

El Decreto Legislativo N.° 1703 señala que la Sunadep garantizará el acceso a la justicia a favor de las personas de escasos recursos económicos y/o que se encuentren en situación de vulnerabilidad de conformidad con los criterios establecidos en el Decreto Supremo N.° 013-2009-JUS, que aprueba el reglamento de la Ley N.° 29360, Ley del Servicio de Defensa Pública, y en los casos en los que la ley lo establece.

Además, garantizará, promoverá, supervisará y fiscalizará los servicios de defensa pública, incluida la asistencia y el patrocinio legales, prestados conforme a la Ley N.° 29360, Ley del Servicio de Defensa Pública, indica.

Periodo mínimo

Carlos Caro sostuvo que el titular de la Sunadep deberá contar con un periodo de estabilidad en el puesto, “porque si no existe este, prácticamente se convertirá en un cargo de confianza”.

“En la medida en que se requiere un proceso con planes al corto, medio y largo plazo, tendría que haber un mínimo periodo de funcionamiento de la jefatura”, recalcó.

Para el letrado, el superintendente tendría que estar en el cargo no menos de tres años a fin de que pueda gestar planes a medio plazo, por lo menos.

Sobre los requisitos para ocupar el puesto, Caro dijo, “respetuosamente, que son demasiado laxos. El decreto legislativo señala que se requiere título profesional, estudio de maestría concluido, que es poco. En todo caso, se debería pedir título de maestría completo. Según el artículo 9 basta con los estudios”, refirió. 

“Luego, se establece un nivel de experiencia bastante bajo. Acá, se debería fijar un requisito muy parecido, mínimo, para pasar de vocal superior a juez supremo: una experiencia de 10 o 15 años”, afirmó.