• JUEVES 5
  • de marzo de 2026

Derecho

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DERECHO

Revise las principales normas legales publicadas del 25 al 31 de enero del 2026


Dominga 25 de enero del 2026

MINISTERIO DE CULTURA
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a 22 unidades bibliográficas (1955-1992) de la producción literaria de Julio Ramón Ribeyro, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú

El Ministerio de Cultura declaró Patrimonio Cultural de la Nación a veintidós unidades bibliográficas (1955-1992) de la producción literaria de Julio Ramón Ribeyro, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú.

Fue mediante la Resolución Viceministerial N° 000020-2026-VMPCIC/MC conforme a los anexos de esta resolución.

Julio Ramón Ribeyro (1929-1994) fue un escritor y ensayista peruano de la Generación del 50, reconocido como uno de los autores más importantes de la escena literaria nacional contemporánea (Gonzales, 2014) y uno de los principales narradores hispanoamericanos del siglo XX (Márquez y Ferreira, 1996). Es considerado el mejor cuentista peruano de todos los tiempos (Luchting, 1988) y uno de los más importantes en lengua española del siglo XX (Higgins, 1991), así como el fundador literario de la Lima moderna. Su vasta obra abarca distintos géneros como el cuento, la novela, el teatro y la prosa no ficcional.

La importancia de la obra de Julio Ramón Ribeyro se funda en el fuerte vínculo que existe entre el contenido de las obras y la realidad nacional peruana. Las obras declaradas Patrimonio Cultural de la Nación tuvieron un fuerte impacto en el campo literario, contribuyendo a la construcción de
una nueva representación de la ciudad de Lima y sus habitantes y constituyendo, al mismo tiempo, un punto de inflexión fundamental para la cultura y la narrativa peruana.

Respecto al significado de las referidas obras, este radica en la trascendencia social y literaria, así
como en la vigencia, de las obras. Razón por la cual el autor ha recibido varios reconocimientos nacionales e internacionales, ganando el Concurso del Instituto de Cultura Hispánica (Gerdes, 1976), el Premio Nacional de Literatura (1983), el Premio Nacional de Cultura (1993) (Ribeyro, 1995) y, un año después, el prestigioso Premio de Literatura Latinoamericana y del Caribe Juan Rulfo, distinción que lo convirtió en un referente del cuento hispanoamericano (Valero, 2003).

Los anexos en donde se detallan las veintidós unidades bibliográficas (1955-1992) de la producción literaria de Julio Ramón Ribeyro, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú, declaradas Patrimonio Cultural de la Nación se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura). Conozca la norma aquí


SBS
Potencian función reguladora de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

Con la finalidad de potenciar su función reguladora, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) modificó el artículo primero de la Resolución SBS Nº 01103-2025 en lo referido a su estructura orgánica.

Fue mediante la Resolución SBS Nº 00189-2026 con la cual, además, aprueba el Reglamento de
Organización y Funciones de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones Nº SBS-ROF-SBS-010-24.

Los diferentes órganos de la citada Superintendencia coordinarán con la Gerencia Central de Planeamiento, Innovación y Tecnología de la SBS a fin de actualizar sus respectivos Manuales de Organización y Funciones para asegurar que se encuentren concordados con el presente Reglamento de Organización y Funciones. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Prorrogan por 60 días el Estado de Emergencia declarado en los distritos de Palca, Tacna y La Yarada - Los Palos de la provincia de Tacna del departamento de Tacna y declaran por 60 días el Estado de Emergencia en el distrito de Tarata de la provincia de Tarata del departamento de Tacna
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del sábado 24 de enero del 2026)

El Poder Ejecutivo porrogó por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 28 de enero del 2026, el Estado de Emergencia declarado en los distritos fronterizos de Palca, Tacna y La Yarada - Los Palos de la provincia de Tacna del departamento de Tacna, para hacer frente a la criminalidad y otras situaciones de violencia. 

Además, declaró por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 28 de enero de 2026, el Estado de Emergencia en el distrito de Tarata de la provincia de Tarata del departamento de Tacna, para hacer frenta la criminalidad y otras situaciones de violencia. 

De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 013-2026-PCM la Policía Nacional del Perú mantendrá el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas y determinará las zonas de intervención sobre la base de inteligencia, indicadores, estadísticas, mapas del delito, entre otros instrumentos.

Durante la vigencia del Estado de Emergencia en las circunscripciones señaladas se aplicará lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137° de la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los numerales 9), 11), 12) y 24), literal f), del artículo 2° de la Constitución Política del Perú.

Para la realización de las actividades religiosas, culturales, deportivas y no deportivas de carácter masivo y público, se deberá solicitar el permiso correspondiente ante las autoridades competentes para su evaluación de acuerdo con el artículo 4° del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM, y la normatividad vigente. Las actividades que no tengan carácter masivo podrán realizarse sin necesidad de permiso previo. Conozca la norma aquí


Lunes 26 de enero del 2026

INDECOPI
Revocan la imposición de derechos antidumping definitivos sobre las importaciones de zapatillas con la parte superior de material textil originarias de la República Popular China

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) revocó la imposición de derechos antidumping definitivos sobre las importaciones de zapatillas con la parte superior de material textil originarias de la República Popular China.

Fue mediante la Resolución N° 0292-2025/SDC-INDECOPI, con la cual se revoca la Resolución 043-2024/CDB INDECOPI del 28 de junio del 2024, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 14 de julio de 2024, a través de la cual se impusieron tales derechos antidumping.

La investigación materia de la resolución revocatoria por presuntas prácticas antidumping fue iniciada de oficio por la Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias sobre la base de un presunto interés nacional y una supuesta relevancia económica de la industria peruana afectada. 

No obstante, al revisar la resolución de inicio de esta investigación, se advierte que dicho órgano se basó en documentos que no permitían sostener de forma adecuada el alegado interés nacional y en información cuya sola mención no daba cuenta de una particular trascendencia económica del sector productivo específico (zapatillas con la parte superior de material textil). Por ende, los elementos invocados por la primera instancia no resultan suficientes para determinar la existencia de una circunstancia especial que habilitara el inicio de aquella investigación sin una solicitud de la rama de producción nacional, conforme lo exige el Acuerdo Antidumping y el Reglamento Antidumping. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DEL INTERIOR
Amplían por 10 días el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la elaboración de la propuesta del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del domingo 25 de enero del 2026)

El Ministerio del Interior amplió por diez (10) días calendario, a partir del 26 de enero del 2026, la vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal para la elaboración de la propuesta del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana, dependiente de dicho portafolio, creado mediante la Resolución Ministerial N° 2249-2025-IN.

Esta ampliación de vigencia se efectúa atendiendo a las coordinaciones efectuadas entre la Dirección General de Seguridad Ciudadana, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina General de Asesoría Jurídica, y considerando la necesidad de culminar los trabajos orientados a la elaboración de la propuesta del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana, detalla la Resolución Ministerial N° 0075-2026-IN. Conozca la norma aquí


Martes 27 de enero del 2026

PODER EJECUTIVO
Ministra de Comercio Exterior y Turismo participará en el Foro Económico Internacional América Latina y el Caribe 2026 que se realizará el 29 de enero del 2026, en la Ciudad de Panamá, República de Panamá

La Ministra de Estado en el Despacho de Comercio Exterior y Turismo, TERESA STELLA MERA GOMEZ participará en la Mesa Técnica de Comercio denominada “Comercio en un mundo fragmentado: oportunidades para América Latina y el Caribe”, y en el Conversatorio de Alto Nivel “Perú: Destino de Inversiones Productivas” que se llevarán a cabo dentro del Foro Económico Internacional América Latina y el Caribe 2026, a realizarse el 29 de enero del 2026 y que es organizado por el Banco de Desarrollo de América Latina y el Caribe (CAF), el Gobierno de Panamá, la Sociedad Nacional de Industrias y la Cámara de Comercio de Lima.

La citada Mesa Técnica de Comercio busca identificar las oportunidades para facilitar el comercio y fortalecer la integración regional y global, contribuyendo a la competitividad de América Latina y el Caribe; y el mencionado Conversatorio de Alto Nivel tiene como propósito promover un diálogo estratégico sobre la estabilidad macroeconómica y las oportunidades de inversión en el Perú.

Por ende, el Poder Ejecutivo autorizó el viaje de la Ministra de Estado en el Despacho de Comercio Exterior y Turismo, a la Ciudad de Panamá, República de Panamá, del 28 al 30 de enero del 2026, mediante la Resolución Suprema N° 014-2026-PCM.

En consecuencia, se encarga el Despacho de Comercio Exterior y Turismo al señor CESAR MANUEL QUISPE LUJAN, Ministro de Estado en el Despacho de la Producción, en tanto dure la ausencia de la Titular. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DEL AMBIENTE
Disponen la publicación del proyecto de “Lineamientos para el uso estratégico y complementario de los recursos provenientes de los fondos climáticos internacionales para implementar las medidas de mitigación y adaptación”

El Ministerio del Ambiente dispuso la publicación del proyecto de “Lineamientos para el uso estratégico y complementario de los recursos provenientes de los fondos climáticos internacionales para implementar las medidas de mitigación y adaptación”, mediante la Resolución Ministerial Nº D000012-2026-MINAM-DM.

Dicha publicación se realiza en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/1024-consultas-publicas-de-proyectos-normativos-minam), para recibir los comentarios, aportes u opiniones, por un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la citada Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto deberán remitirse por escrito, al Ministerio del Ambiente, sito en la Avenida Antonio Miroquesada Nº 425, primer piso, distrito de Magdalena del Mar, Lima, o a la dirección electrónica lineamientos@minam.gob.pe; siendo la Dirección de Adaptación al Cambio Climático y Desertificación de la Dirección General de Cambio Climático y Desertificación la encargada de su recepción, sistematización y análisis.
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MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Establecen lineamientos específicos para las entidades encargadas de la formulación y ejecución de los Modelos de Servicio Educativo

El Ministerio de Educación estableció los lineamientos específicos para las entidades encargadas de la formulación y ejecución de los Modelos de Servicio Educativo (MSE).

Fue mediante la modificación de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la elaboración de Modelos de Servicio Educativo en Educación Básica”, efectuada a través de la Resolución Viceministerial N° 014-2026-MINEDU.

De acuerdo con la resolución modificatoria se precisan las consideraciones que deben observarse en la focalización de instituciones educativas, servicios o programas consignados en las normas técnicas de implementación de los MSE. 

Además, se regulan los supuestos de la coexistencia y complementariedad de dos o más MSE, los cuales únicamente podrán implementarse cuando resulte técnica y operativamente viable, garantizando una articulación efectiva entre los modelos involucrados.

Así, se establece que para llevar a cabo la implementación simultánea de dos o más MSE, en razón de la coexistencia o complementariedad, los órganos responsables de su implementación, deberán coordinar entre sí y con las Instancias de Gestión Educativa Descentralizadas involucradas. 

Asimismo, deberán desarrollar disposiciones específicas para su implementación, sea en la norma técnica de implementación de los MSE u otros documentos de orientaciones para la articulación de los componentes, asegurando el uso eficiente de los recursos asignados.  


MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Aprueban el “Protocolo para la prestación del servicio de la Red Alivia Perú”

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a través del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, aprobó el “Protocolo para la prestación del servicio de la Red Alivia Perú”, mediante la Resolución de Presidencia N° D000018-2026-CONADIS-PRE.

Con el servicio denominado Red Alivia Perú se promueve el ejercicio de derechos en igualdad de oportunidades, brinda orientación, atención, acompañamiento y seguimiento, según corresponda, a las personas con discapacidad o sus familiares directos, cuidadores o apoyos. 

La Red Alivia Perú cuenta con seis (6) sedes en el país ubicadas en Lima, Junín, Apurímac, La Libertad, Cusco y Loreto, desde las cuales aborda los ejes de atención en Educación, Empleo, Salud, Protección Social y Acceso a la Justicia.

Con la aprobación del mencionado protocolo se busca optimizar la actuación del personal en la prestación del referido servicio, para garantizar una atención oportuna que facilite el acceso efectivo de las personas con discapacidad a los servicios públicos y privados a nivel nacional, promoviendo el ejercicio de sus derechos en igualdad de oportunidades.

De acuerdo con la citada resolución se dispone la publicación del referido protocolo en la Sede Digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS (www.gob.pe/CONADIS). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Aprueban el “Plan de Fiscalización en materia de Discapacidad - 2026”

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a través del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, aprobó el “Plan de Fiscalización en materia de Discapacidad - 2026”, mediante la Resolución de Presidencia N° D000019-2026-CONADIS-PRE.

Se trata de una herramienta estratégica destinada a coordinar y planificar las acciones de fiscalización destinadas a verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscalizables contenidas en la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y en su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP y en otras disposiciones legales en materia de discapacidad.

En esa medida, el citado plan prioriza la fiscalización basada en la identificación de riesgos y la tutela de los bienes jurídicos que afectan directamente a las personas con discapacidad, bajo un enfoque de cumplimiento normativo y prevención del daño.

De acuerdo con la mencionada resolución se dispone publicación del referido plan en la sede digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS (www.gob.pe/CONADIS). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Establecen disposiciones para la ejecución de las Expediciones Científicas del Perú a la Antártida (ANTAR)

El Ministerio de Relaciones Exteriores estableció las disposiciones para la ejecución de las Expediciones Científicas del Perú a la Antártida (ANTAR), mediante el Decreto Supremo N° 005-2026-RE.

Conforme a la norma, dicho portafolio como órgano rector de la Política Nacional Antártica, de acuerdo a la necesidad del servicio, autoriza la permanencia y participación, y brinda todas las facilidades al personal del Servicio Diplomático de la República y a su personal administrativo para que integre las Expediciones Científicas del Perú a la Antártida (ANTAR), a fin de asegurar su ejecución integral y continua durante la Fase I y la Fase II de la expedición, comprendiendo en cada una de ellas las etapas de despliegue y repliegue, así como las actividades que se desarrollen entre ambas, considerando las características de cada expedición, las particularidades logísticas, las condiciones meteorológicas y las eventualidades propias del entorno austral.

La ejecución de los proyectos de investigación científica durante las Expediciones Científicas del Perú a la Antártida (ANTAR), que incluye la recopilación de muestras, el procesamiento preliminar de datos, el mantenimiento de series de monitoreo continuo y otras actividades afines, se realizarán garantizando el cumplimiento de los estándares ambientales establecidos por el Sistema del Tratado Antártico.

Las actividades científicas y logísticas que se lleven a cabo en el marco de las Expediciones Científicas del Perú a la Antártida (ANTAR) se ejecutarán en estricto cumplimiento de las disposiciones del Sistema del Tratado Antártico, en particular el Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente y sus anexos, así como, de las disposiciones del órgano rector de la Política Nacional Antártica. Conozca la norma aquí


JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Designan miembros titulares del Tribunal de Honor para las Elecciones Generales 2026

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) designó a los miembros titulares del Tribunal de Honor para las Elecciones Generales2026, mediante la Resolución N° 0115-2026-JNE.

Se trata de Claudia Carol Zavaleta Cortijo, Mariela Ines Noles Cotito y Oscar Fritz Alexander Salazar Gamboa.

Las diferentes unidades orgánicas del JNE brindarán el apoyo y atención oportuna a los requerimientos necesarios para el cumplimiento de los fines del Tribunal de Honor, en lo que corresponda. Conozca la norma aquí


Miércoles 28 de enero del 2026

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Incorporan seis procedimientos administrativos al TUPA del Concytec

La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) incorporó seis procedimientos administrativos al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Consejo Nacional de Ciencia,
Tecnología e Innovación (Concytec), mediante el Decreto Supremo Nº 014-2026-PCM.

Se trata de los siguientes procedimientos administrativos:

• Autorización de centros de investigación científica, de desarrollo tecnológico y/o de innovación tecnológica, domiciliados en el país.
• Autorización de centros de investigación científica, de desarrollo tecnológico y/o de innovación tecnológica, no domiciliados en el país.
• Calificación del proyecto como uno de investigación científica, desarrollo tecnológico o innovación tecnológica para su desarrollo y en simultáneo, la autorización al centro de I+D+i que lo ejecuta.
• Calificación del proyecto de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica para ser desarrollado a través de un centro I+D+i previamente autorizado.
• Evaluación de modificaciones que no determinen cambios sustanciales al proyecto de Investigación Científica, Desarrollo tecnológico o Innovación Tecnológica.
• Calificación y autorización para el desarrollo de proyectos de investigación científica, desarrollo
tecnológico o innovación tecnológica, directamente por el contribuyente.

Para tal efecto, con el citado decreto supremo se modifica el referido TUPA y se aprueban los Formularios de los procedimientos administrativos incorporados. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Aprueban el “Mapa de Procesos Institucional e Inventario de Productos y Procesos Estándar de las Universidades Públicas”

El Ministerio de Educación (Minedu) aprobó el “Mapa de Procesos Institucional e Inventario
de Productos y Procesos Estándar de las Universidades Públicas”, mediante la Resolución Ministerial N° 051-2026-MINEDU.

Se trata de un instrumento de gestión clave para la implementación de la gestión por procesos en las universidades públicas, contribuyendo a la generación de valor público y mejora continua de su funcionamiento institucional.

La Dirección General de Educación Superior Universitaria del Ministerio de Educación se encargará de la asistencia técnica para la adecuada aplicación del “Mapa de Procesos Institucional e Inventario de Productos y Procesos Estándar de las Universidades Públicas”. 


MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Disponen la publicación del proyecto de Reglamento de la Ley que regula el uso de teléfonos celulares en todas las instituciones y programas educativos de la Educación Básica

El Ministerio de Educación (Minedu) dispuso la publicación en la sede digital de este portafolio (www.gob.pe/minedu) del proyecto de Reglamento de la Ley Nº 32385, Ley que regula el uso de teléfonos celulares en todas las instituciones y programas educativos de la Educación Básica y de su exposición de motivos.

De acuerdo con la Resolución Ministerial Nº 052-2026-MINEDU se establece el plazo de treinta (30) días calendario, contados desde el día siguiente de la publicación de esta resolución, para recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas y privadas, y de la ciudadanía en general.

Los comentarios, aportes u opiniones deberán formularse utilizando el “Formato de comentarios, aportes y/u opiniones”, que, como Anexo II, forma parte integrante la mencionada resolución, y remitirse a la dirección electrónica apoyogestion3@minedu.gob.pe.

La Dirección de Gestión Escolar de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar se encargará de la recepción, procesamiento, sistematización, evaluación y atención de los comentarios, aportes u opiniones que se presenten al proyecto normativo. Conozca la norma aquí


PRODUCE
Aprueban nueve Normas Técnicas Peruanas en su versión 2026

El Ministerio de la Producción (Produce), a través del Instituto Nacional de Calidad (Inacal), aprobó nueve Normas Técnicas Peruanas en su versión 2026 relativas a vehículos de carretera, laboratorios clínicos y a requisitos de competencia para los asesores de gestión del riesgo biológico.

Asimismo, vinculadas a explosivos y materiales relacionados de uso civil, turismo, organizaciones educativas, gestión de recursos y, economia circular, detalla la Resolución Directoral Nº 000001-2026-INACAL/DN. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley que amplía los plazos de la titulación de terrenos ocupados por posesiones informales

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento dispuso la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley Nº 31056, Ley que amplía los plazos de la titulación de terrenos ocupados por posesiones informales y dicta medidas para la formalización, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2021-VIVIENDA y de su Exposición de Motivos, en la sede digital del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri) (www.gob.pe/cofopri), a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía, dentro del plazo de quince (15) días calendario.

De acuerdo con la Resolución Ministerial Nº 032-2026-VIVIENDA la propuesta normativa modificatoria tiene por finalidad actualizar el plazo para la ocupación de posesiones informales al 31 de diciembre del 2021; eliminar en las normas vigentes, toda referencia al régimen temporal extraordinario de formalización y titulación de predios urbanos, así como realizar otras adecuaciones en el marco de la citada Ley Nº 32267, Ley que amplía por última vez los plazos del proceso de formalización de la propiedad informal en terrenos estatales ocupados por posesiones informales.

La Dirección de Normalización y Desarrollo del Cofopri se encargará de la recepción, sistematización y análisis de los comentarios, aportes u opiniones que se presenten respecto del proyecto normativo modificatorio, a través de la sede digital del Cofopri (www.gob.pe/cofopri), en el siguiente enlace: “Proyecto de Decreto Supremo que modifi ca el Reglamento de la Ley Nº 31056, Ley que amplía los plazos de la titulación de terrenos ocupados por posesiones informales y dicta medidas para la formalización, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2021-VIVIENDA”. Conozca la norma aquí


SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban Tarifario de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Seguro Integral de Salud -2026

El Seguro Integral de Salud (SIS) aprobó el documento técnico denominado “Anexo Nº 01 -TARIFARIO DE PROCEDIMIENTOS MÉDICOS Y SANITARIOS DEL SEGURO INTEGRAL DE SALUD – 2026”, mediante la Resolución Jefatural Nº 000024-2026-SIS/J.

La Gerencia de Negocios y Financiamiento y, la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones del SIS, en coordinación con la Oficina General de Tecnología de la Información, se encargará de su implementación y ejecución.

Por ende, se dispuso la publicación del documento técnico denominado “Anexo Nº 01 TARIFARIO DE PROCEDIMIENTOS MÉDICOS Y SANITARIOS DEL SEGURO INTEGRAL DE SALUD – 2026” en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud (http://www.gob.pe/sis). Conozca la norma aquí


SUNAT
Estandariza el uso del sistema informático para la emisión de actas en la ejecución de acciones de control extraordinario

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) estandarizó el uso del sistema informático para emitir las actas de inspección, de hallazgo, de constatación de hechos y de retención de dinero en efectivo y/o instrumentos financieros negociables emitidos al portador, mediante su numeración o registro a través del módulo de actas electrónicas, en el contexto del procedimiento general “Ejecución de acciones de control extraordinario” CONTROL-PG.02 (versión 1).

Fue mediante la Resolución de Superintendencia N° 000012-2026/SUNAT que modifica dicho procedimiento general, el cual establece las pautas a seguir para la ejecución de acciones de control extraordinario orientadas a la prevención, detección y represión de los delitos aduaneros, el tráfico ilícito de mercancías y el incumplimiento de las disposiciones tributario - aduaneras
y otras que contengan regulaciones de control aduanero.

Con la modificación del mencionado procedimiento general, la entidad recaudadora también busca prever que cuando producto de una acción de control extraordinario (ACE) se verifique una infracción leve sin incidencia tributaria, previa subsanación, se emita el acta de inspección y se concluya la ACE, optimizando tiempos y gastos para el operador y recursos de la administración
aduanera, entre otras mejoras. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Aprueban Tabla de Valores Referenciales a utilizarse para determinar la base imponible del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo correspondiente al ejercicio 2026
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del martes 27 de enero del 2026)

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó la Tabla de Valores Referenciales a utilizarse para determinar la base imponible del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo correspondiente al ejercicio 2026.

Fue mediante la Resolución Ministerial Nº 033-2026-EF/15 con la cual se precisa que la base imponible del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo está constituida por el valor original de adquisición, importación o ingreso al patrimonio, el que en ningún caso puede ser menor a los
valores referenciales que anualmente publica el MEF, el cual considera un valor de ajuste por antigüedad.

Por consiguiente, se dispone la publicación de la mencionada tabla en la sede digital del MEF (www.gob.pe/mef). Conozca la norma aquí


Jueves 29 de enero del 2026

PODER EJECUTIVO
Crean el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado “Grupo de Trabajo  para la atención de las problemáticas de superposiciones territoriales y seguridad de la provincia de Atalaya, departamento de Ucayali”

El Poder Ejecutivo creó el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado “Grupo de Trabajo para la atención de las problemáticas de superposiciones territoriales y seguridad de la provincia de Atalaya, departamento de Ucayali”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), mediante la Resolución Ministerial N° 023-2026-PCM.

Dicho Grupo de Trabajo Multisectorial, que estará presidido por un representante de la PCM, tendrá por objeto diseñar intervenciones articuladas para la atención a la problemática económica y social en la provincia de Atalaya, departamento de Ucayali, vinculada a los temas de superposiciones territoriales y seguridad.

Contará con una Secretaría Técnica y se instalará en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contado partir del día siguiente de la publicación de la citada Resolución Ministerial, teniendo en cuenta tendrá un periodo de vigencia de doscientos diez (210) días calendarios, contado también a partir del día siguiente de la publicación de la referida Resolución Ministerial, en cuyo plazo se
presentará un informe final a la PCM. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley de Promoción y Desarrollo del Turismo Comunitario 

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) dispuso la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31797, Ley de Promoción y Desarrollo del Turismo Comunitario y su Exposición de Motivos, en la sede digital de dicho portafolio (www.gob.pe/mincetur), por el plazo de quince (15) días calendario, con el objeto de recibir comentarios, aportes u opiniones por parte de las entidades públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de las personas naturales interesadas.

La propueta normativa reglamentaria contiene las disposiciones para la aplicación efectiva de la mencionada ley, orientando la acción del Estado y los actores del sector hacia un desarrollo turístico ordenado, articulado y sostenible en el país.

De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 019-2026-MINCETUR se dispuso que los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto de Decreto Supremo sean presentados a través de la sede digital del Mincetur (www.gob.pe/mincetur), o en la Mesa de Partes de este portafolio, ubicada en Calle Uno Oeste N° 050, Urbanización Córpac, San Isidro, provincia y departamento de Lima; así como, en la dirección electrónica: turismocomunitario@mincetur.gob.pe, dirigido a la Dirección de Innovación de la Oferta Turística de la Dirección General de EstrategiaTurística, órgano encargado de recibir, sistematizar y analizar los comentarios, aportes u opiniones. 


MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Aprueban el Estatuto Institucional de los Colegios Profesionales de Licenciados en Turismo del Perú

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) aprobó el Estatuto Institucional de los Colegios Profesionales de Licenciados en Turismo del Perú, mediante la Resolución Ministerial  N° 025-2026-MINCETUR.

El documento institucional fue elaborado por la Junta de Decanos de los Colegios Profesionales de Licenciados en Turismo del Perú.

El Mincetur dispuso su publicación en el Portal Web Institucional de dicho ministerio (www.gob.pe/mincetur). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
Disponen la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2001-PE”

El Ministerio de la Producción (Produce) dispuso la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2001-PE” y su Exposición de Motivos, en la sede digital de dicho portafolio (www.gob.pe/produce), por el plazo de quince (15) días calendario, a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas, privadas, así como de la ciudadanía en general.

Con dicha propuesta normativa modificatoria se busca reforzar la normativa nacional vigente en materia de pesca, atendiendo a que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional.

De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 000019-2026-PRODUCE se dispone que los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto normativo modificatorio sean remitidos a la sede del Produce, con atención a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, ubicada en la Calle Uno Oeste N° 060, Urbanización Córpac, San Isidro, o al correo electrónico: dgparpa@produce.gob.pe. Conozca la norma aquí


Viernes 30 de enero del 2026

Gobierno modifica reglas para el uso de recursos por servicios ecosistémicos hídricos

El Poder Ejecutivo aprobó el Decreto Legislativo N.° 1706, que modifica el artículo 27 del Decreto Legislativo N.° 1280, Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, con el objetivo de optimizar el uso de los recursos provenientes de los mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos (MRSE) recaudados por las empresas prestadoras de servicios de saneamiento.

La norma incorpora los numerales 27.6 y 27.7, habilitando a las empresas prestadoras a transferir total o parcialmente dichos recursos a fondos nacionales, programas o entidades creadas por ley o decreto supremo, siempre que estas tengan entre sus funciones la conservación, recuperación y uso sostenible de ecosistemas. Estos recursos deberán destinarse exclusivamente a acciones vinculadas a la protección de los ecosistemas que generan el servicio ecosistémico hídrico, conforme al programa de inversiones aprobado por la Sunass en el estudio tarifario vigente.

Asimismo, se establece un mecanismo correctivo: si la Sunass detecta una ejecución menor al 25 % de la reserva MRSE y un saldo no ejecutado igual o superior a un millón de soles, la empresa estará obligada a transferir dichos recursos a las entidades autorizadas, en plazos y condiciones reguladas.

El decreto no demanda recursos adicionales al Tesoro Público y dispone la adecuación normativa del marco legal y regulatorio vigente, así como asistencia técnica a las empresas prestadoras. La primera verificación de estas condiciones se realizará sobre la ejecución correspondiente al año 2026.



Nueva norma busca reducir la informalidad e impulsar el Sistema Integrado de Transporte

El Poder Ejecutivo publicó el Decreto Legislativo N.º 1707 que modifica la Ley N.º 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, con la finalidad de incorporar de manera expresa el Sistema Integrado de Transporte (SIT) dentro del marco legal vigente y promover su implementación progresiva en el país. 

La norma busca dotar de estabilidad jurídica al modelo de transporte integrado, incentivando la inversión pública y privada y fortaleciendo el servicio formal de transporte terrestre.

Entre los principales cambios, se incorpora el literal j) al artículo 2 de la Ley, que define al SIT como un sistema de transporte público de personas que articula las distintas modalidades del servicio mediante integración física, operacional, tarifaria y de medios de pago. 

Asimismo, se añade el numeral 5.4 al artículo 5, mediante el cual el Estado promueve inversiones destinadas a la implementación y operación de los SIT, asegurando criterios de eficiencia, sostenibilidad, accesibilidad, seguridad y cobertura.

La norma responde a la alta informalidad que caracteriza al transporte terrestre, fenómeno que afecta la sostenibilidad financiera de los sistemas formales y agrava los problemas de seguridad ciudadana. 

En concordancia con la Política Nacional de Transporte Urbano, el Poder Ejecutivo otorga a las autoridades competentes —en especial a la ATU en Lima y Callao— herramientas regulatorias para ejecutar una integración efectiva, combatir la competencia desleal y avanzar hacia un servicio de transporte ordenado, confiable y seguro, sin generar gastos adicionales al Tesoro Público.



Gobierno amplía supuestos de emergencia para el levantamiento del secreto de las comunicaciones

El Poder Ejecutivo aprobó el Decreto Legislativo N.º 1708, mediante el cual se modifica el artículo 230 del Nuevo Código Procesal Penal con el objetivo de fortalecer la persecución penal frente al delito de extorsión y otros supuestos graves que afectan la seguridad ciudadana.

La norma incorpora expresamente los supuestos previstos en el artículo 200 del Código Penal —referidos a la extorsión— dentro de los casos considerados “con carácter de emergencia” para el levantamiento del secreto de las comunicaciones. Con ello, se establece que los requerimientos fiscales en este tipo de investigaciones deberán ser atendidos en un plazo máximo de 24 horas, tanto por el Ministerio Público como por el Poder Judicial y las operadoras de telecomunicaciones, bajo responsabilidad funcional.

Según el decreto legislativo, cuando exista una amenaza inminente contra la vida, la integridad, la libertad personal de la víctima o en los supuestos de extorsión, el fiscal podrá solicitar la medida al juez penal, incluso a partir de un informe policial preliminar. El juez, a su vez, deberá resolver en el mismo plazo y, de ser procedente, requerir directamente la información a las empresas de telefonía, las cuales deberán remitirla en un máximo de 24 horas al fiscal y a la unidad policial a cargo de la investigación.

La modificación busca cerrar un vacío normativo, ya que anteriormente los casos de afectación al patrimonio no estaban contemplados dentro de los supuestos de emergencia, pese al incremento sostenido de delitos de extorsión en el país. El Ejecutivo resalta que la medida mantiene el control jurisdiccional, garantizando la protección de los derechos fundamentales.

Finalmente, se precisa que esta modificación está exceptuada de la presentación de un Análisis de Impacto Regulatorio ex ante, al tratarse de una norma de carácter penal y procesal, conforme a la normativa vigente sobre calidad regulatoria.


Sábado 31 de enero del 2026

Cultura: ingreso libre en los días de aniversario de la creación o inauguración de los museos.

El Ministerio de Cultura aprobó el ingreso libre en los días de aniversario de la creación o inauguración de los museos administrados por este portafolio durante este 2026.

La Resolución Ministerial N° 000022-2026-MC precisa que la tarifa promocional de cero soles se aplicará para todos los visitantes nacionales y extranjeros residentes en el país.

La Dirección General de Museos dispondrá las acciones correspondientes para el cumplimiento de lo establecido en la resolución, anota. Conozca la norma aquí.


Educación: subvenciones económicas para graduados y estudiantes de pregrado de las universidades públicas

Los 'Lineamientos aplicables para el otorgamiento de subvenciones económicas a graduados y estudiantes de pregrado de las universidades públicas, en el marco del artículo 76 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026', oficializó el Ministerio de Educación (Minedu).
 
La Resolución Viceministerial N° 017-2026-Minedu señala que el objetivo del documento es fijar las pautas para el otorgamiento de subvenciones económicas a favor de graduados y estudiantes de pregrado de universidades públicas, destinadas a financiar el desarrollo de actividades académicas y de investigación formativa.

Así también para solventar el desarrollo de tesis, trabajo de suficiencia profesional u otras modalidades adicionales de titulación (establecidas por las universidades acreditadas), para obtener el título profesional a nivel de pregrado, en el marco de lo dispuesto por el artículo 76 de la Ley N° 32513. Conozca la norma aquí.


Poder Judicial: protocolo para otorgamiento de medidas de protección en el marco de la Ley N° 30364

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) aprobó el protocolo 'Otorgamiento de Medidas de Protección en el marco de la Ley N° 30364'-Versión 001, mediante la Resolución Administrativa N.° 000483-2025-CE-PJ. 

La norma señala que el documento busca establecer las pautas de actuación que orienten el proceso de otorgamiento de las medidas de protección y cautelares, con especial énfasis en la evaluación de los factores de riesgo para la protección de la víctima.

La ley N.° 30364 fija los mecanismos integrales de protección para las víctimas, buscando garantizar una vida libre de violencia y promoviendo el ejercicio pleno de sus derechos mediante políticas de prevención, atención y sanción de los agresores. Conozca la norma aquí.


Poder Judicial: prorrogan el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal

El funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal en diversas cortes superiores de justicia del país prorrogó el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ).

La Resolución Administrativa N° 000025-2026-CE-PJ incluye, a partir del 1 de febrero y hasta el 28 del mismo mes, a la Sala Civil Transitoria-Abancay (Corte Superior de Justicia de Apurímac); y Juzgado Civil Transitorio-Cajamarca (Corte Superior de Justicia de Cajamarca).

Se suman el Juzgado de Familia Transitorio-Chiclayo (Corte Superior de Justicia de Lambayeque); y el Juzgado Civil Transitorio – San Juan de Lurigancho (Corte Superior de Justicia de Lima Este).

Mientras, hasta el 31 de mayo del presente año, se adopta igual decisión para el Juzgado de Trabajo Transitorio-Huancayo (Corte Superior de Justicia de Junín). Conozca la norma aquí.

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