• JUEVES 5
  • de marzo de 2026

Economía

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Minam plantea cambios legales para facilitar el uso de fondos ambientales del agua

Normativa busca destrabar el uso de recursos destinados a la conservación de ecosistemas hídricos, que hoy registran bajos niveles de ejecución por parte de empresas prestadoras de agua.

El ministro del Ambiente, Miguel Espichán, explicó que el proyecto de Decreto Legislativo que modifica el artículo 27 de la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento “busca corregir una de las principales debilidades de la política ambiental y de saneamiento del país, vinculada a la baja ejecución de los recursos que las empresas prestadoras de servicios recaudan para la protección de los ecosistemas que aseguran el abastecimiento de agua”.

Hasta agosto de 2025, el nivel de ejecución de estos recursos no superaba el 25 %. De los más de S/94 millones recaudados por 50 empresas prestadoras de servicios (EPS) en el país, apenas S/24 millones han sido efectivamente invertidos. 

Esta situación contrasta con una realidad crítica: el Perú registra 14.6 millones de hectáreas de ecosistemas degradados, de las cuales 3 millones se encuentran en cuencas que abastecen a las EPS, territorios donde además se concentran más de 3,300 comunidades campesinas, 187 comunidades nativas y cerca de 30,000 centros poblados que requieren inversiones para su desarrollo.

Para enfrentar este problema, la normativa plantea un cambio puntual en la ley, que permitirá facilitar el uso de los recursos.

“La idea es permitir que las empresas de agua puedan transferir el dinero recaudado por los mecanismos de retribución ambiental a fondos y entidades especializadas, que sí cuentan con experiencia para ejecutar proyectos de conservación y recuperación de ecosistemas. De este modo, los recursos podrán invertirse directamente en la protección de las cuencas que aseguran el abastecimiento de agua”, sostuvo el titular del Minam.


La modificación también establece una medida correctiva para evitar que los recursos sigan sin usarse. Si la SUNASS detecta que una empresa de agua ha ejecutado menos del 25 % de los fondos ambientales previstos y además mantiene más de un millón de soles sin invertir, podrá ordenar que ese dinero sea transferido de manera obligatoria a entidades especializadas, para que se utilice de forma efectiva en acciones de conservación.

Para ello, las empresas prestadoras deberán suscribir previamente convenios de transferencia con los fondos, programas o entidades receptoras, garantizando trazabilidad, control y alineamiento con el Programa de Inversiones y Medidas de Mejora del estudio tarifario aprobado por la SUNASS. 

Además, la implementación de la norma contará con asistencia técnica del Ministerio del Ambiente (MINAM), el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) y la propia SUNASS.

La primera verificación se realizará en 2026, con base en la ejecución de los recursos MERESE de ese año. Con esta medida, el Ejecutivo busca convertir fondos no utilizados en inversiones concretas para proteger los ecosistemas clave para la seguridad hídrica del país.

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