El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, viernes 9 de Enero del 2026
Nueva Ley Universitaria garantiza continuidad académica para docentes nombrados bajo la Ley 23733
El Congreso aprobó la Ley Nº 32551, que modifica la Ley 30220, conocida como Ley Universitaria, con el objetivo de asegurar la continuidad académica de los docentes universitarios nombrados bajo la derogada Ley 23733.
La norma incorpora una disposición complementaria final, que establece una excepción a los requisitos para ejercer la docencia y para la admisión y promoción en la carrera docente universitaria. Según esta disposición, los profesores que ingresaron a la docencia hasta la vigencia de la Ley 23733 no están obligados a poseer los grados académicos que exige el artículo 82 de la Ley Universitaria, ni deben cumplir con los requisitos del artículo 83. En contraste, la obligación de contar con estos grados académicos solo aplicará para los docentes que ingresen a partir de la entrada en vigor de esta nueva ley.
Además, la ley amplía el plazo para que los docentes de universidades públicas y privadas se adecuen a los requisitos académicos establecidos por la Ley 30220. Este plazo se extiende hasta el 30 de diciembre de 2026, con el fin de facilitar que los profesores puedan obtener los grados requeridos, en especial en el contexto de las medidas adoptadas durante el estado de emergencia sanitaria.
Con esta modificación, el Estado busca proteger la estabilidad laboral y académica de los docentes, garantizando la calidad educativa y evitando interrupciones en el proceso formativo de los estudiantes universitarios.
Gobierno declara Estado de Emergencia por intensas lluvias en 22 departamentos del país
El Gobierno peruano, a través del Decreto Supremo Nº 003-2026-PCM, ha declarado el Estado de Emergencia por un plazo de 60 días en diversos distritos de 22 departamentos del país, ante el peligro inminente generado por intensas precipitaciones pluviales. La medida afecta a provincias de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno, San Martín, Tacna y Ucayali.
Esta declaratoria tiene como objetivo implementar acciones inmediatas y necesarias para reducir el alto riesgo, así como para responder y rehabilitar las zonas afectadas. La ejecución estará a cargo de los gobiernos regionales y locales correspondientes, bajo la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación de diversos ministerios, incluyendo Salud, Educación, Defensa, Interior y Desarrollo Agrario, entre otros.
El financiamiento de estas acciones provendrá del presupuesto institucional de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales del Tesoro Público.
La medida responde a informes técnicos emitidos por INDECI, SENAMHI, CENEPRED y la Comisión Multisectorial del Fenómeno El Niño, que advierten sobre el riesgo extremo que representan las lluvias para la vida de las personas, la agricultura y la ganadería.
El Decreto Supremo fue refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los ministros de los sectores involucrados, en cumplimiento de la normativa nacional sobre gestión del riesgo de desastres.
Gobierno declara estado de emergencia en Pisco para fortalecer lucha contra la delincuencia
El Gobierno declaró estado de emergencia por 60 días en dicha provincia de la región Ica, a través del Decreto Supremo N° 004-2026-PCM, publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Durante dicho periodo, la Policía Nacional mantendrá el control del orden interno, con apoyo de las Fuerzas Armadas, y determinará las zonas de intervención.
Además, se dispuso la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.
Para la realización de las actividades religiosas, culturales, deportivas y no deportivas de carácter masivo y público, se deberá solicitar el permiso correspondiente ante las autoridades competentes para su evaluación. Las actividades que no tengan carácter masivo podrán realizarse sin necesidad de permiso previo.
De igual forma, en tanto dure el estado de emergencia, se declaró en sesión permanente al Comité Regional de Seguridad Ciudadana (Coresec) de Ica y al Comité Provincial de Seguridad Ciudadana (Coprosec) de Pisco.
Asimismo, se dispuso la formación del Comando de Coordinación Operativa Unificada (CCO), así como los Comités de Coordinación Distrital (CCD), el Comité de Inteligencia (CI), el Comité de Fiscalización (CF) y el Comité de Comunicación Estratégica (CCE), con integrantes cuya participación es indelegable.
El comando y los comités establecerán un centro de coordinación permanente que funcione las 24 horas del día, los 7 días de la semana, integrando recursos humanos y tecnológicos necesarios.
Las fuerzas integradas, formadas por la Policía Nacional con apoyo de las Fuerzas Armadas y el Serenazgo Municipal, ejecutarán el control territorial en zonas críticas determinadas con base en el mapa del delito, información de inteligencia, registros estadísticos y otros instrumentos técnicos.
Además, habrá patrullaje disuasivo motorizado de las fuerzas integradas en zonas estratégicas, operativos de control de identidad, búsqueda y captura de requisitoriados mediante el control de identidad, entre otras medidas.
El decreto supremo lleva la rúbrica del presidente José Jerí; del jefe del Gabinete Ministerial, Ernesto Álvarez; y de los ministros de Defensa, César Díaz Peche; de Economía y Finanzas, Denisse Miralles; del Interior, Vicente Tiburcio; y de Justicia y Derechos Humanos, Walter Martínez.
MIDIS aprueba cronograma de pagos 2026 del Programa CONTIGO para personas con discapacidad severa
El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), a través de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional CONTIGO, aprobó el Cronograma de Pagos correspondiente al ejercicio fiscal 2026 para la entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza. La medida fue oficializada mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N.° D000009-2026-MIDIS/PNPDS-DE.
La resolución establece las fechas clave para la recepción de información de las entidades competentes, la generación y aprobación del Padrón de Usuarios, así como la transferencia bimestral de la pensión no contributiva en cuenta, garantizando previsibilidad y orden en la ejecución del beneficio social durante todo el año 2026. El cronograma contempla seis periodos: enero-febrero, marzo-abril, mayo-junio, julio-agosto, setiembre-octubre y noviembre-diciembre, con transferencias que se realizarán entre febrero y diciembre del próximo año.
Esta decisión se sustenta en el artículo 59 de la Ley N.° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, que reconoce el derecho de las personas con discapacidad severa en situación de pobreza, sin ingresos ni pensión, a recibir una pensión no contributiva a cargo del Estado. Asimismo, se enmarca en el Decreto Supremo N.° 004-2015-MIMP, que creó el programa, y su posterior transferencia al MIDIS mediante el Decreto Supremo N.° 008-2017-MIDIS.
El cronograma fue propuesto por la Unidad de Operaciones y Transferencias y cuenta con opinión legal favorable de la Unidad de Asesoría Jurídica, en concordancia con la Directiva N.° 01-2024-MIDIS/PNPDS-DE. Finalmente, la resolución dispone su notificación a las unidades orgánicas del Programa CONTIGO para su cumplimiento, reforzando la gestión eficiente y oportuna de este importante beneficio social.
Mincetur modifica marco normativo para los guías de turismo
Con el objetivo de garantizar un servicio de calidad a los visitantes, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) modificó el marco normativo para los guías de turismo y dispuso una serie de condiciones para el desarrollo de sus actividades, con el fin de garantizar un mejor servicio a los turistas. Así lo señala el Decreto Supremo N° 001-2026-MINCETUR, que fue publicado esta mañana en el diario oficial El Peruano.
El referido decreto supremo perfecciona el Reglamento de la Ley del Guía de Turismo o Ley N° 28529, y uno de sus principales aspectos abarca la inclusión de la definición técnica del término “guía de montaña” para precisar el ámbito de sus actividades, además de incorporar las condiciones necesarias para la obtención de un carné oficial.
De igual manera, establece que todos los guías de montaña deben inscribirse en el Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos Calificados, una plataforma del Mincetur que permite al público en general acceder a información confiable de empresas o personas naturales que brindan servicios formales.
La norma, que lleva la firma de la ministra Teresa Mera, también incorpora una serie de disposiciones sobre infracciones y sanciones vinculadas al guiado de montaña, y establece la emisión de un documento orientador que permitirá a las autoridades comprobar que los guías dominan un idioma extranjero.
Asimismo, deroga la cuarta disposición complementaria final de la Ley del Guía de Turismo, que establece una definición para el orientador turístico, y el Reglamento de las Actividades Especializadas de Guiado.
Todas estas disposiciones serán aplicadas por los gobiernos regionales, a través de sus gerencias o direcciones regionales de Comercio Exterior y Turismo, y la Municipalidad Metropolitana de Lima.
Es importante mencionar que el Decreto Supremo N° 001-2026-MINCETUR adecúa las disposiciones establecidas en la Ley N° 31617, publicada el pasado 15 de noviembre de 2022, que modifica el Reglamento de la Ley del Guía de Turismo.
MINEDU aprueba nueva norma técnica para modernizar el proceso de matrícula escolar
El Ministerio de Educación (MINEDU) aprobó la nueva norma técnica denominada “Disposiciones que regulan el proceso de matrícula en la Educación Básica”, mediante la Resolución Ministerial N.º 010-2026-MINEDU, con la cual se deroga la Resolución Ministerial N.º 447-2020-MINEDU que regulaba anteriormente este procedimiento.
La nueva norma técnica busca asegurar la universalización de la educación básica —inicial, primaria y secundaria— y fortalecer la equidad en el acceso, permanencia y reincorporación de los estudiantes al sistema educativo. Así, un eje central de la reforma es la modernización del proceso de matrícula mediante la implementación de un sistema digital, que permitirá reducir la carga administrativa de los directores y mejorar la trazabilidad de la información a través de la Ficha Única de Matrícula.
Asimismo, la norma refuerza las disposiciones de educación inclusiva, en concordancia con la Ley N.º 32289, garantizando la asignación mínima de vacantes por aula para estudiantes en condición de discapacidad y la existencia de un registro público y actualizado de dichas vacantes. También se prevén mecanismos de supervisión, difusión de información y sanción ante eventuales incumplimientos por parte de las instituciones educativas públicas y privadas.
La medida se sustenta en el mandato constitucional que reconoce a la educación como un derecho fundamental orientado al desarrollo integral de la persona humana y asigna al Estado la rectoría de la política educativa. En ese marco, el MINEDU, como órgano central del sector, tiene la competencia para aprobar normas técnico-normativas aplicables a todos los niveles de gobierno.
Perú formaliza convenio para eliminar la doble tributación con Reino Unido
El Perú y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte han suscrito un Convenio para eliminar la doble tributación en materia de impuestos sobre la renta y las ganancias de capital, así como para prevenir la evasión y la elusión fiscal. El acuerdo, recientemente publicado en El Peruano, constituye un paso relevante para fortalecer la seguridad jurídica de las inversiones y las operaciones económicas entre ambos países.
El Convenio establece, en su Artículo 1, que sus disposiciones se aplican a las personas residentes de uno o de ambos Estados Contratantes. Asimismo, introduce reglas específicas para los casos en que la renta o ganancia sea obtenida a través de entidades o acuerdos transparentes para efectos tributarios, precisando que dichas rentas solo serán consideradas como pertenecientes a un residente cuando así lo reconozca la legislación del Estado correspondiente y se cumplan determinados requisitos de establecimiento y transparencia fiscal.
En cuanto al ámbito objetivo, el Artículo 2 delimita los impuestos comprendidos, señalando que el Convenio se aplica a los impuestos sobre la renta y sobre las ganancias de capital exigidos por ambos Estados, cualquiera sea el sistema de recaudación. En el caso peruano, incluye el Impuesto a la Renta regulado por la legislación vigente y el Régimen MYPE Tributario. Por el lado británico, abarca el impuesto sobre la renta, el impuesto de sociedades y el impuesto sobre las ganancias de capital.
Un aspecto destacable es que el Convenio prevé su aplicación futura a impuestos de naturaleza idéntica o sustancialmente similar que se creen con posterioridad, obligando a las autoridades competentes a notificarse mutuamente sobre cambios relevantes en sus legislaciones tributarias. Con ello, el acuerdo busca mantenerse actualizado y efectivo, reforzando la cooperación fiscal y promoviendo un entorno más predecible para los contribuyentes y los inversionistas de ambos países.
OECE aprueba lineamientos de conducta para compradores públicos
El Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) aprobó los Lineamientos de conducta de los compradores públicos para el desarrollo del proceso de contratación pública, mediante la Resolución N.° D000001-2026-OECE-PRE, con el objetivo de fortalecer la legalidad, transparencia e integridad en las contrataciones del Estado.
La medida se sustenta en la Ley N.° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N.° 009-2025-EF, y busca asegurar que las decisiones adoptadas por los compradores públicos en todas las fases del proceso de contratación se realicen en estricto cumplimiento del marco normativo vigente. Asimismo, los lineamientos incorporan los principios y enfoques rectores de la contratación pública, orientados a garantizar la eficiencia en el uso de los recursos públicos y a prevenir riesgos que puedan afectar la finalidad pública.
El documento aprobado establece un conjunto de lineamientos de naturaleza preventiva, destinados a guiar la actuación de los compradores públicos y a promover conductas íntegras y transparentes en los procesos de contratación. En ese sentido, se refuerza la responsabilidad funcional de los servidores y funcionarios involucrados en la toma de decisiones.
Los lineamientos son aplicables a los compradores públicos de las entidades contratantes comprendidas en el numeral 3.2 del artículo 3 de la Ley N.° 32069, específicamente a los funcionarios y servidores de la Dependencia Encargada de las Contrataciones (DEC) que participan en cualquiera de las etapas del proceso de contratación pública.
El Gobierno peruano ha declarado el Estado de Emergencia por un plazo de 60 días en diversos distritos de 22 departamentos del país, ante el peligro inminente generado por intensas precipitaciones pluviales.