• JUEVES 2
  • de abril de 2026

Derecho

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EDUCACIÓN BÁSICA Y TÉCNICO-PRODUCTIVA

Plazas docentes: requisitos para las contrataciones y renovaciones

Normas del Minedu indican que el procedimiento se efectuará en tres etapas y en situaciones diferenciadas reguladas en el mismo documento.


Editor
Percy Buendia Quijandría

Periodista

pbuendia@editoraperu.com.pe


Para tal fin, por Decreto Supremo N° 022-2025-Minedu, el Ministerio de Educación (Minedu) aprobó la norma respectiva, cuya finalidad es contar con los profesores para el ejercicio de la función en los programas e instituciones de los niveles citados antes y durante el año escolar que asegure la prestación del servicio sobre la base de los principios de meritocracia, transparencia e igualdad de oportunidades.

Características

El documento precisa que el procedimiento de contratación docente se efectuará en tres etapas: Renovación del contrato docente; Contratación por resultados de la prueba nacional (PN); y Contratación por evaluación de expedientes. Asimismo, indica, se podrán realizar contratos en situaciones diferenciadas reguladas.

En la primera etapa de renovación participarán los contratados en plazas de EB con título de profesor o licenciado en educación; y en vacantes de ETP con título de profesor o licenciado en educación en la especialidad, detalla.

Los postulantes aptos que rindieron la PN y se encuentran en el cuadro de méritos publicado por el Minedu participarán en la segunda etapa de Contratación por resultados de la prueba nacional, señala. En este caso, subraya, los profesores presentarán sus documentos ante la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) que seleccionaron para el concurso de ingreso a la Carrera Pública Magisterial (CPM).

La tercera etapa, Contratación por evaluación de expedientes, se convocará siempre y cuando existan plazas o bolsa de horas desiertas y/o se haya agotado el cuadro de méritos fijado para la contratación por resultados de la PN.

Los postulantes deberán acreditar los perfiles de formación académica conforme al Anexo 6 de la norma, o las órdenes de prelación adicionales aprobados por la Dirección Regional de Educación (DRE) respectiva, según corresponda, remarca.

De acuerdo con el documento, el contrato por situaciones diferenciadas se ejecutará en plazas que se ubiquen en instituciones educativas por convenio, y/o las gestionadas por las Fuerzas Armadas, o las que tienen la facultad de proponer de acuerdo con su convenio. Se podrán plantear desde la segunda etapa.

A la par, se utilizarán en plazas vacantes o en bolsa de horas con mayor asignación de horas en el área curricular de religión, a propuesta de la Oficina Diocesana de Educación Católica (ODEC). También se podrán plantear desde la segunda etapa, agrega.

Se suman en las horas del área curricular de Educación Física del nivel primaria igual o menor a 15 horas, que quedaron desiertas de la segunda etapa, a propuesta del director de la institución educativa.

Por último, en las plazas vacantes por reemplazo; y en las bolsas de horas de secundaria de educación básica regular (EBR) o educación básica alternativa (EBA) ciclo avanzado, iguales o menores a 15 horas que resulten desiertas en la segunda etapa y las plazas que queden desiertas después de la tercera etapa, a propuesta del director.

Cronograma

La norma establece que el Minedu, mediante la Dirección General de Desarrollo Docente (Digedd), elaborará y comunicará a las DRE la propuesta de cronograma de actividades del procedimiento de contratación docente.

La DRE mediante acto resolutivo aprobará y difundirá el cronograma regional del procedimiento de contratación docente de su jurisdicción. La DRE y UGEL lo publicarán en los medios de comunicación masiva a su alcance. Además, deberán cumplir con las fechas fijadas mediante sus comités de contratación o áreas de recursos humanos, según corresponda.

Ahora bien, para la renovación el maestro tendrá que haber sido contratado con título de profesor o licenciado en educación, según corresponda, en el nivel, modalidad y especialidad de la plaza; así como contar con una evaluación favorable de su desempeño laboral.

El documento recalca que presentarán un vínculo laboral consecutivo o acumulado mínimo de tres meses contabilizados hasta el 31 de diciembre en la misma modalidad; y que la plaza de renovación esté disponible para el siguiente año escolar y no figure dentro del número de vacantes declaradas/identificadas como excedente, aclara.

Formación académica

En el procedimiento de contratación, el postulante cumplirá los requisitos de formación académica establecidos, según etapa de postulación. En la segunda (por resultados de la prueba nacional) consignará los descritos según el grupo de inscripción, de la norma que convocó a la PN de ingreso a la Carrera Pública Ministerial. Mientras, en la tercera etapa (por evaluación de expediente), los que figuren en el Anexo 6 de la norma o los órdenes de prelación adicionales aprobados por la DRE, según la modalidad educativa, nivel o ciclo y área curricular/especialidad o campo de conocimiento de la vacante, que se acreditará con la documentación respectiva.

Además, gozarán de buena salud física, mental y disponibilidad de laborar en la institución educativa del lugar adjudicado que le permita ejercer la docencia en forma efectiva, entre otros.

Dato

El postulante acreditará no estar incurso en ningún impedimento para su postulación con la presentación de las declaraciones juradas, según formatos.