• DOMINGO 10
  • de mayo de 2026

Derecho

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DERECHO

Revise las principales normas legales publicadas del 28 de Diciembre del 2025 al 3 de Enero del 2026


Domingo 28 de Diciembre del 2025

PRODUCE
Autorizan inicio de la Primera Temporada de Pesca 2026 del recurso anchoveta y anchoveta blanca en la Zona Sur del Perú, y establecen el Límite Máximo Total de Captura Permisible

El Ministerio de la Producción (Produce) autorizó el inicio de la Primera Temporada de Pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), en el área marítima
comprendida entre los 16°00’LS y el extremo sur del dominio marítimo del Perú, correspondiente al período enero - junio 2026.

De acuerdo con la Resolución Ministerial Nº 00435-2025-PRODUCE el inicio de la actividad extractiva regirá a partir de las 00:00 horas del 1° de enero del 2026, siendo la fecha de conclusión, una vez alcanzado el Límite Máximo Total de Captura Permisible de la Zona Sur (LMTCP-Sur) autorizado, o en su defecto, no excederá del 30 de junio del 2026.

La fecha de conclusión de la Primera Temporada de Pesca 2026 de la Zona Sur podrá modificarse en función a las condiciones biológicas, pesqueras o ambientales, previo informe del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, a través de la emisión de la Resolución Ministerial respectiva.

El LMTCP-Sur del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) para consumo humano indirecto correspondiente a la Primera Temporada de Pesca 2026 de la Zona Sur, será de doscientas cincuenta y un mil (251,000) toneladas.

Este LMTCP-Sur podrá modificarse en función a las condiciones biológicas, pesqueras o ambientales que estime el IMARPE, para lo cual remite al Ministerio de la Producción las
recomendaciones correspondientes. Conozca la norma aquí


OTASS
Aprueban el “Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2026 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2026 del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS”

El Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) aprobó el “Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2026 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2026 del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de
Saneamiento - OTASS”, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000109-2025-OTASS-PE.

Por ende, dispuso la publicación de dicho plan en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la Sede Digital del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.gob.pe/otass). Conozca la norma aquí


Lunes 29 de Diciembre del 2025

PRODUCE
Aprueban Norma Metrológica Peruana NMP 011:2025 “Electroacústica. Sonómetros. Parte 3: Ensayos periódicos”

El Ministerio de la Producción (Produce), mediante el Instituto Nacional de Calidad (Inacal), aprobó la Norma Metrológica Peruana: Norma Metrológica Peruana NMP 011:2025
“ELECTROACÚSTICA. Sonómetros. Parte 3: Ensayos periódicos”.

De acuerdo con la Resolución Directoral N° 000077-2025-INACAL/DM el plazo para la implementación y cumplimiento de la Norma Metrológica Peruana será de doce (12) meses.

La Norma Metrológica Peruana citada entrará en vigor una vez culminado dicho plazo de implementación.

Durante el plazo de implementación, la Norma Metrológica Peruana NMP 011:2007 permanecerá
vigente. Una vez culminado el plazo de implementación, la Resolución N° 123-2007-INDECOPI/CRT, mediante la cual se aprobó la mencionada Norma Metrológica, quedará sin efecto.

Por lo expuesto, se dispuso la publicación de la referida norma en el portal institucional del Inacal (www.inacal.gob.pe). Conozca la norma aquí


OEFA
A partir del 2 de Febrero del 2026 el OEFA asumirá las funciones de supervisión, fiscalización y sanción en materia ambiental de los subsectores de Vivienda y Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) formalizó la culminación del proceso de transferencia de las funciones de supervisión, fiscalización y sanción en materia ambiental de los subsectores de Vivienda y Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, mediante la Resolución del Consejo Directivo N° 00032-2025-OEFA/CD.

Por ende, se determinó que el OEFA asumirá las funciones de supervisión, fiscalización y sanción
en materia ambiental de los subsectores de Vivienda y Construcción del MVCS a partir del 2 de Febrero del 2026.

Los aspectos acordados sobre el objeto de transferencia de funciones de supervisión, fiscalización y sanción en materia ambiental de los subsectores de Vivienda y Construcción del MVCS al OEFA se sujetarán a lo establecido en los Acuerdos números 30, 31, 32, 34 y 36-2025 recaídos
en el Acta N° 00012-2025-OEFA/GEG-COTS-MVCS de la Sesión Extraordinaria 4 del 28 de Noviembre del 2025, de la Comisión de Transferencia a cargo de la conducción y coordinación del proceso de transferencia de funciones de materia ambiental de los subsectores de Vivienda y
Construcción del MVCS al OEFA. Conozca la norma aquí


Martes 30 de Diciembre del 2025

PODER EJECUTIVO
Establecen como política de comunicación social, de obligatorio cumplimiento para todas las entidades del Poder Ejecutivo, el uso del logo y la frase: “¡EL PERÚ A TODA MÁQUINA!”

El Poder Ejecutivo estableció como política de comunicación social, de obligatorio cumplimiento para todas las entidades del Poder Ejecutivo, el uso del logo y la frase: “¡EL PERÚ A TODA MÁQUINA!”, en toda publicidad institucional informativa y aquella por la que se le comunique a la población los servicios que se le brinda.

De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 366-2025-PCM la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el marco de sus funciones, determinará el desarrollo visual del logo y dictará los lineamientos necesarios para la aplicación de dicha política. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DEFENSA
Auorizan la disolución y liquidación del Fondo de Seguro de Cesación para los Empleados Civiles Nombrados de la Sede Central del Ministerio de Defensa (Unidad Ejecutora 001: Administración General)

El Ministerio de Defensa autorizó la disolución y liquidación del Fondo de Seguro de Cesación para los Empleados Civiles nombrados de la Sede Central del Ministerio de Defensa (Unidad Ejecutora 001: Administración General), mediante el Decreto Supremo N° 017-2025-DE.

A partir de la vigencia de esta norma, se dejará sin efecto la obligación de efectuar aportes por parte del Estado y del personal civil nombrado perteneciente al régimen del Decreto Legislativo N° 276, sea miembro obligatorio activo aportante, voluntario u obligatorio por haber percibido el adelanto del 30%, y todo personal señalado en el Decreto Supremo N° 041-DE/CCFFAA, modificado por Decreto Supremo N° 048-DE/CCFFAA-D1/PERS, en lo que corresponde a la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Ministerio de Defensa.

Los miembros activos aportantes al Fondo de Seguro de Cesación para los Empleados Civiles nombrados de la Sede Central del Ministerio de Defensa (Unidad Ejecutora 001: Administración General) a la fecha de entrada en vigencia del citado decreto supremo tendrán derecho a percibir el Beneficio por Liquidación, que se calculará multiplicando el Monto Único Consolidado vigente de su nivel por los años aportados al referido fondo para los Empleados Civiles nombrados de la Sede Central del Ministerio de Defensa (Unidad Ejecutora 001: Administración General), sin topes ni discriminación de ningún tipo.

Los miembros del citado fondo que no se encuentren al día en sus aportes a la entrada en vigencia del mencionado decreto supremo, por encontrarse en el ejercicio de los derechos establecidos en el artículo 24° del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, también percibirán el Beneficio por Liquidación calculado multiplicando el Monto Único Consolidado vigente de su nivel por los años aportados al fondo, sin topes ni discriminación de ningún tipo. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Aumentan el incremento mensual de los servidores, directivos y funcionarios del régimen del Decreto Legislativo N° 728 de los gobiernos locales en 100 soles

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el incremento mensual de los servidores, directivos y funcionarios del régimen del Decreto Legislativo N° 728 de los gobiernos locales en S/ 100,00 (CIEN Y 00/100 SOLES).

De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 325-2025-EF en caso el ingreso mensual total que incluya el incremento aprobado en el numeral precedente supere el monto de S/ 15,600.00 (QUINCE MIL SEISCIENTOS Y 00/100 SOLES), el monto del incremento mensual se ajustará a dicho límite.

El incremento mensual aprobado tendrá carácter remunerativo, será de naturaleza pensionable, se encontrará afecto a cargas sociales y constituirá base de cálculo para los beneficios laborales, según corresponda.

El incremento mensual de los servidores, directivos y funcionarios del régimen del Decreto Legislativo N° 728, constituirá un concepto independiente a los ingresos que perciben y se incorporará en la planilla de pagos.

Además, constituirá base de cálculo para las gratificaciones por Fiestas Patrias y por Navidad; bonificación extraordinaria de Julio y Diciembre; y, la compensación por tiempo de servicios. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Aprueban el incremento de 100 soles denominado Negociación colectiva centralizada 2025-2026 para los servidores y funcionarios sujetos al régimen del Decreto Legislativo N° 276 de los gobiernos locales

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el concepto “Negociación colectiva centralizada 2025-2026” para los servidores administrativos sujetos al régimen del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, pertenecientes al grupo ocupacional funcionario, profesional, técnico y auxiliar de los gobiernos locales y sus organismos públicos descentralizados.

De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 326-2025-EF se fija en S/ 100.00 (CIEN Y 00/100 SOLES) el monto del citado concepto.

En caso el ingreso mensual total que incluya el concepto aprobado supere el monto de S/ 15,600.00 (QUINCE MIL SEISCIENTOS Y 00/100 SOLES), el monto del
concepto se ajustará a dicho límite.

El concepto “Negociación colectiva centralizada2025-2026” es de naturaleza remunerativa, tendrá carácter pensionable, estará afecto a cargas sociales y constituirá base de cálculo para los beneficios laborales que correspondan, según la normativa vigente.

Además, será abonado únicamente hasta que la municipalidad implemente la estructura de ingresos del personal de los servidores públicos bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276, regulada en la normativa vigente. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Aprueban incremento mensual de los servidores, directivos y funcionarios de los regímenes del Decreto Legislativo N° 728 del Gobierno Nacional y de los gobiernos regionales, del Decreto Legislativo N° 1057 y de las Leyes N° 30057 y N° 29709

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el incremento mensual de los servidores, directivos y funcionarios de los regímenes del Decreto Legislativo N° 728 del Gobierno Nacional y de los gobiernos regionales, del Decreto Legislativo N° 1057, y de las Leyes N° 30057 y N° 29709, según se detalla en el siguiente cuadro:

Régimen Laboral

Incremento

Mensual

S/

Decreto Legislativo N° 1057

100,00

Ley N° 29709, Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria

Decreto Legislativo N° 728

53,00

Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil


De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 327-2025-EF en caso el ingreso mensual total que incluya el incremento aprobado supere el monto de S/ 15,600.00 (QUINCE MIL SEISCIENTOS Y 00/100 SOLES), el monto del incremento mensual se ajustará a dicho límite.

El incremento mensual aprobado tendrá carácter remunerativo, será de naturaleza pensionable, estará afecto a cargas sociales y constituirá base de cálculo para los beneficios laborales, según corresponda.

Además, el incremento mensual de los servidores, directivos y funcionarios de los regímenes del Decreto Legislativo N° 728 del Gobierno Nacional y de los gobiernos regionales, del Decreto Legislativo N° 1057, y de las Leyes N° 30057 y N° 29709, aprobado constituirá un concepto independiente a los ingresos que perciben y se incorporará en la planilla de pagos. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Aprueban el nuevo Monto Único Consolidado (MUC) para los servidores administrativos y funcionarios sujetos al régimen del Decreto Legislativo N° 276 de las entidades del Gobierno Nacional y gobiernos regionales

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el nuevo Monto Único Consolidado (MUC) que percibirán los servidores del régimen del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, pertenecientes a los grupos ocupacionales Funcionario, Profesional, Técnico y Auxiliar de las entidades del Gobierno Nacional y de los gobiernos regionales, según el siguiente detalle:

Grupo Ocupacional

Nivel Remunerativo

Monto Único Consolidado

S/

Funcionario

F-8

1 758

F-7

1 737

F-6

1 715

F-5

1 693

F-4

1 671

F-3

1 649

F-2

1 627

F-1

1 600

Profesional

SPA

1 582

SPB

1 554

SPC

1 526

SPD

1 498

SPE

1 470

SPF

1 444

Técnico

STA

1 442

STB

1 434

STC

1 425

STD

1 420

STE

1 418

STF

1 417

Auxiliar

SAA

1 416

SAB

1 407

SAC

1 399

SAD

1 390

SAE

1 381

SAF

1 372


De acuerdo con el Decreto Supremo N° 328-2025-EF el nuevo Monto Único Consolidado (MUC) será de naturaleza remunerativa, tendrá carácter pensionable, se encontrará afecto a cargas sociales y constituirá base de cálculo para los beneficios laborales que correspondan,
según la normativa vigente. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Aprueban hasta en 100 soles el reajuste del monto de las pensiones establecidas en el Decreto Ley N° 19990 que resultan menores a 1,000 soles

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el reajuste del monto de las pensiones de jubilación e invalidez del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) a que se refiere el Decreto Ley N° 19990, que actualmente resulten inferiores al monto de S/ 1,000.00 (MIL Y 00/100 SOLES).

De acuerdo con el Decreto Supremo N° 330-2025-EF se reajustan los montos de las pensiones comprendidas dentro del SNP a favor de los pensionistas de jubilación e invalidez con derecho a pensión definitiva al 31 de Diciembre del 2025. 

Para el caso del reajuste de las pensiones de jubilación, comprenderá a las otorgadas con un mínimo de veinte (20) años de aportes. El monto del reajuste será de hasta S/ 100,00 (CIEN Y 00/100 SOLES). 

De haberse otorgado un incremento de pensión en aplicación del literal a) de la Quinta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 32123, el presente reajuste comprenderá el diferencial necesario para completar el monto total de S/ 100,00 (CIEN Y 00/100 SOLES).

La Oficina de Normalización Previsional (ONP) estará facultada a efectuar el redondeo de las pensiones al entero inmediato superior, en caso de que el monto de la pensión contenga céntimos.

Por ende, se establece que la pensión máxima mensual que abonará la ONP en el SNP, a que se refiere el Decreto Ley N° 19990, será de S/ 1,000.00 (MIL Y 00/100 SOLES). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES 
Establecen medidas para la implementación de la nueva placa única nacional de rodaje de vehículos menores

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) suspendió la aplicación de diversas disposiciones relacionadas a la implementación de la nueva Placa Única Nacional de Rodaje para vehículos menores de la categoría vehicular L, con el objeto de continuar con las acciones pertinentes para su adecuada puesta en marcha

De acuerdo con el Decreto Supremo N° 021-2025-MTC, se suspende hasta el 30 de Noviembre del 2026 la aplicación de lo dispuesto en el numeral 9.1 del artículo 9°, artículo 10°, numerales 11.3 y 11.5 del artículo 11°, literales b) y d) del artículo 12° y artículo 12-A del Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2008-MTC.

Asimismo, el subnumeral 1.1 del numeral 1 y el texto correspondiente a la cita (1) del numeral 2 del Anexo I: Cuadro de distribución de colores y representación gráfica de la Placa Única Nacional de Rodaje, Anexo II: Cuadro de zonas registrales para la asignación del primer carácter en la Placa Única Nacional de Rodaje ordinaria de vehículos menores, livianos y pesados, Anexo IV: Cuadro de dimensiones y características técnicas mínimas de las planchas metálicas que conforman la Placa Única Nacional de Rodaje, Anexo V: Cuadro de características técnicas mínimas de la Calcomanía Holográfica de Seguridad (tercera placa) y Anexo VI: Cuadro de características técnicas mínimas de la Placa Holográfica delantera y de la Calcomanía Electrónica, del citado Reglamento, conforme al Anexo que forma parte integrante del citado Decreto Supremo.

A la par, se suspende hasta el 30 de Noviembre del 2026 la aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 007-2025-MTC, Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2008-MTC. Conozca la norma aquí


SUNAT
Establecen cronograma general para la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras y para las personas naturales y Micro y Pequeñas Empresas comprendidas dentro de los alcances de la Ley N° 31940 correspondiente al ejercicio gravable 2025, y otros

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) aprobó el cronograma general para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) correspondiente al ejercicio gravable 2025. La medida fue oficializada mediante la Resolución de Superintendencia N.° 000386-2025/SUNAT y alcanza tanto a personas naturales como a las Micro y Pequeñas Empresas (MYPE), así como a otros contribuyentes.

De acuerdo con la norma, se establecen dos cronogramas diferenciados. El primero está dirigido a las personas naturales y MYPE del Régimen General y del Régimen MYPE Tributario comprendidas en la Ley N.° 31940. Para este grupo, los plazos de vencimiento se inician el 27 de mayo de 2026 y culminan el 10 de junio de 2026, según el último dígito del RUC. Los Buenos Contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC deberán cumplir con la obligación hasta el 10 de junio de 2026.

El segundo cronograma corresponde a los contribuyentes no comprendidos en la citada ley. En estos casos, las fechas de vencimiento van del 26 de marzo al 13 de abril de 2026, también de acuerdo con el último dígito del RUC.

La resolución también precisa las fechas de disponibilidad de los formularios virtuales. El Formulario Virtual N.° 709 – Renta Anual Persona Natural estará disponible desde el 31 de marzo de 2026, mientras que los Formularios Virtuales N.° 710, en sus versiones simplificada y completa para tercera categoría e ITF, podrán utilizarse a partir del 2 de enero de 2026.

Asimismo, SUNAT pondrá a disposición de los contribuyentes información personalizada que facilitará la elaboración de la declaración. Esta estará disponible desde el 16 de febrero de 2026 para el Formulario 710 y desde el 31 de marzo de 2026 para el Formulario 709.

La finalidad de esta medida es permitir una adecuada programación del cumplimiento tributario y fortalecer las labores de control de la administración fiscal. Conozca la norma aquí


SUNAT
Plantean forma, plazo, condiciones y demás aspectos para el dictado de los cursos de capacitación, en la modalidad virtual, como medida preventiva para las microempresas

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) dispuso la publicación del proyecto de resolución de superintendencia que establece la forma, plazo,
condiciones y demás aspectos para el dictado de los cursos de capacitación, en la modalidad virtual, como medida preventiva para las microempresas, así como su exposición de motivos, en la sede digital de la Sunat (www.sunat.gob.pe), por el plazo de quince (15) días calendario, para recoger los comentarios, aportes y opiniones de los sujetos involucrados en dicho proyecto y del público en general.

De acuerdo con la Resolución de Superintendencia N° 000387-2025/SUNAT se dispone que las opiniones, comentarios y aportes del público podrán ser presentados en la Mesa de Partes de la Sunat, ubicada en laavenida Garcilaso de la Vega N° 1472, Cercado de Lima; en los Centros de Servicios al Contribuyente de la Sunat a nivel nacional y en la Mesa de Partes Virtual - SUNAT; o enviados a la siguiente dirección de correo electrónico: RCORDOVA@sunat.gob.pe.

La Intendencia Nacional de Gestión de Procesos estará a cargo de la recepción, sistematización y análisis de las opiniones, comentarios y aportes que se presenten. Conozca la norma aquí


PODER JUDICIAL
Oficializan cese por límite de edad del Juez Supremo titular de la Corte Suprema de Justicia de la República, César Eugenio San Martóin Castro

La Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial oficializó el cese por límite de edad, a partir del 31 de Diciembre del 2025, al señor César Eugenio San Martín Castro en el cargo de Juez Supremo titular de la Corte Suprema de Justicia de la República; dándosele las gracias por los servicios prestados y por su destacada trayectoria en este Poder del Estado.

Fue mediante la Resolución Administrativa N° 000136-2025-P-CE-PJ con la cual, por ende, se dispone comunicar a la Junta Nacional de Justicia que se ha producido una plaza vacante de Juez Supremo titular, para las acciones respectivas. Conozca la norma aquí


PODER JUDICIAL
Precisan reglas sobre redistribución de expedientes en las cortes superiores

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) precisó una serie de reglas para la redistribución de expedientes en las cortes superiores, mediante la Resolución Administrativa N° 000480-2025-CE-PJ

De acuerdo con dicha norma se dispone que las propuestas de redistribución de expedientes que efectúen las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia a la Comisión Nacional de Productividad Judicial, deberán precisar la cantidad de expedientes físicos y/o expedientes judiciales electrónicos a redistribuir.

Para ello, en este último caso, las propuestas de redistribución deberán efectuarlas con conocimiento de la Secretaría Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, precisando si el órgano jurisdiccional permanente y/o transitorio de destino tiene implementado el Expediente Judicial Electrónico (EJE); priorizándose en las propuestas de redistribución a los expedientes físicos.

A la par, se dispone que, cuando se advierta la existencia de órganos jurisdiccionales transitorios de descarga con una carga pendiente menor al 40% de su respectivo estándar, y los órganos
jurisdiccionales permanentes a los que apoyan tengan una considerable carga pendiente pasible de ser redistribuida, y las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia no propongan y/o soliciten la redistribución de expedientes por parte de los órganos jurisdiccionales permanentes
que vienen siendo apoyados, se dispondrá la conversión y/o reubicación de los órganos jurisdiccionales transitorios hacia otras Cortes Superiores de Justicia que si requieran del apoyo de un órgano jurisdiccional transitorio de descarga.

El CEPJ recuerda a las presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país que, para
las futuras redistribuciones de expedientes en etapa de trámite de los procesos, desde dependencias permanentes hacia dependencias transitorias, se considerará únicamente a aquellas dependencias permanentes que presenten buen nivel resolutivo y no presenten inconsistencias de información de su carga procesal. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Declaran en emergencia el Servicio de Transporte Terrestre en las vías costeras correspondiente a los balnearios de Las Delicias, Buenos Aires y Huanchaco, ubicados en la provincia de Trujillo, departamento de La Libertad
(Edición extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del lunes 29 de Diciembre del 2025)

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) declaró en emergencia el Servicio
de Transporte Terrestre en las vías costeras correspondiente a los balnearios de Las Delicias,
Buenos Aires y Huanchaco, ubicados en la provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, por la generación de situaciones de peligro inminente en la infraestructura adyacente a tales vías.

Fue mediante la Resolución Ministerial Nº 957-2025-MTC/01.02 con la cual se dispone que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes ejecute, en el más breve plazo, las intervenciones que resulten necesarias para proteger la infraestructura adyacente a las vías costeras, correspondiente a los balnearios de Las Delicias, Buenos Aires y Huanchaco, ubicados en la provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, con la finalidad de evitar un peligro inminente y una eventual restricción del Servicio de Transporte Terrestre en dichas vías.

A su vez, se dispone que en el plazo de diez (10) días calendario, posteriores a la publicación de la citada resolución ministerial, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes informe al Despacho Viceministerial de Transportes de las acciones efectuadas en el marco de lo establecido. Conozca la norma aquí


Miércoles 31 de Diciembre del 2025

MINISTERIO DEL AMBIENTE
Aprueban “Plan de acción para la recuperación de zonas críticas de la cuenca Tumbes (2026 - 2030)”

El Ministerio del Ambiente aprobó el “Plan de acción para la recuperación de zonas críticas de la cuenca Tumbes (2026 - 2030)”, mediante el Decreto Supremo N° 025-2025-MINAM.

Los responsables de la ejecución del “Plan de acción para la recuperación de zonas críticas de la cuenca Tumbes (2026-2030)” serán las entidades públicas de ámbito nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, a cargo de cada una de las actividades descritas en el citado Plan, según corresponda y en el marco de sus competencias.

Por ende, se dispuso la publicación del citado plan en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en las sedes digitales del Ministerio del Ambiente (https://www.gob.pe/minam), del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (https://www.gob.pe/midagri), del Ministerio de Energía y Minas (https://www.gob.pe/minem), del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (https://www.gob.pe/vivienda), del Ministerio de Salud (https://www.gob.pe/minsa), del Ministerio de Relaciones Exteriores (https://www.gob.pe/rree) y del Ministerio de la Producción (https://www.gob.pe/produce). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Aprueban el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional para el año 2026 a cargo de la UICET y de PROMPERÚ

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo aprobó el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional para el año 2026, a cargo de la Unidad Ejecutora de Inversión de Comercio Exterior y Turismo - UICET, por un monto que asciende a S/ 148'049,834.00 (Ciento Cuarenta y Ocho Millones Cuarenta y Nueve Mil Ochocientos Treinta y Cuatro y 00/100 Soles) y de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (PROMPERÚ), por un monto que asciende a S/ 261'715,259.00 (Doscientos Sesenta y Un Millones Setecientos Quince Mil Doscientos Cincuenta y Nueve y 00/100 Soles).

De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 387-2025-MINCETUR se dispuso la publicación del citado plan en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE CULTURA
Aprueban Plan de la Estrategia Multisectorial “Perú Sin Racismo” al 2030, periodo 2025 - 2026


El Ministerio de Cultura aprobó el Plan de la Estrategia Multisectorial “Perú Sin Racismo” al 2030, periodo 2025 - 2026, mediante la Resolución Ministerial N° 000354-2025-MC.

La Dirección de Diversidad Cultural y Eliminación de la Discriminación Racial de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural del Ministerio de Cultura será la unidad orgánica responsable de coordinar con las entidades que participan en la Estrategia Multisectorial “Perú Sin Racismo” al 2030 la ejecución del Plan aprobado.

En tanto, el Ministerio de Cultura diseñará e implementará un sistema de seguimiento y monitoreo del Plan de la Estrategia Multisectorial “Perú Sin Racismo” al 2030, periodo 2025 - 2026. Las entidades públicas responsables proveerán y/o registrarán información para alimentar este sistema de manera oportuna según las orientaciones del Ministerio de Cultura.

En ese contexto, se dispuso la publicación del Plan aprobado en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL
Aprueban el Instrumento que establece indicadores y metas así como las condiciones para la asignación de recursos del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED) correspondiente al periodo 2025 - 2026

El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprobó el Instrumento que establece indicadores y metas así como las condiciones para la asignación de recursos del fondo de estímulo al desempeño y logro de resultados sociales (FED) correspondiente al periodo 2025 – 2026, el cual consta de once (11) artículos, así como el Anexo I: “Definiciones Operacionales de los indicadores” y el Anexo II: “Metas de indicadores”. 

Fue mediante el Decreto Supremo N° 012-2025-MIDIS con el cual se dispone también la publicación del citado instrumento en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Actualizan Tablas Aduaneras aplicables a la importación de productos incluidos en Sistema de Franja de Precios

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó la actualización de las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de Maíz, Azúcar y Lácteos incluidos en el Sistema de Franja de Precios, de acuerdo con el Anexo I que forma parte del Decreto Supremo N° 338-2025-EF.

De acuerdo con la norma, también se aprobó la actualización de la Tabla Aduanera aplicable a la importación de Arroz incluido en el Sistema de Franja de Precios, de acuerdo con el Anexo II que forma parte de dicho Decreto Supremo.

Las Tablas Aduaneras actualizadas y aprobadas regirán desde mañana hasta el 31 de Diciembre del 2026.Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Declaran de interés nacional la realización del evento deportivo internacional “LATIN AMERICA AMATEUR CHAMPIONSHIP”

El Ministerio de Educación declaró de interés nacional la realización del evento deportivo “LATIN AMERICA AMATEUR CHAMPIONSHIP”, a llevarse a cabo en la ciudad de Lima de la República del Perú, del 12 al 18 de Enero del 2026. 

En ese contexto, deberá constituirse una plataforma de especial relevancia para incentivar y promover el desarrollo del golf en la juventud y la población nacional, dada su trascendencia deportiva a nivel internacional, detalla el Decreto Supremo N° 021-2025-MINEDU.

La Federación Deportiva Nacional Peruana de Golf será la responsable de la organización y realización del evento deportivo internacional “LATIN AMERICA AMATEUR CHAMPIONSHIP”.

Todos los organismos públicos de los diversos sectores y niveles de gobierno cuyo ejercicio de competencias incida en la organización y realización del evento deportivo internacional “LATIN AMERICA AMATEUR CHAMPIONSHIP”, a llevarse a cabo en la ciudad de Lima de la República del Perú, del 12 al 18 de Enero del 2026, participarán de manera conjunta, coordinada, oportuna y con respeto de la diversidad cultural y lingüística del país. Conozca la norma aquí


SUNAT
Fijan nuevos montos para la suspensión de pagos y retenciones de cuarta categoría en 2026

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) aprobó nuevos importes que permitirán a los trabajadores independientes acogerse a la excepción de efectuar pagos a cuenta y a la suspensión de la obligación de efectuar retenciones y/o pagos a cuenta del Impuesto a la Renta por rentas de cuarta categoría, correspondientes al ejercicio gravable 2026. 

La medida fue oficializada mediante la Resolución de Superintendencia N.º 000390-2025/SUNAT.

Para dicho ejercicio, estarán exceptuados de efectuar pagos a cuenta los contribuyentes cuyos ingresos mensuales no superen los S/ 4,010 en el supuesto general, o los S/ 3,208 mensuales en los casos específicos previstos en la normativa vigente. Asimismo, a nivel anual, los topes de ingresos para solicitar la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta se establecieron en S/ 48,125 y S/ 38,500, según el tipo de actividad y la condición del contribuyente.

La resolución precisa, además, el procedimiento aplicable a aquellos contribuyentes que, de manera excepcional, presenten la solicitud de suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta. En estos casos, deberán utilizar el formato denominado “Guía para efectuar la Solicitud de Suspensión de Retenciones y/o Pagos a Cuenta – Impuesto a la Renta de Cuarta Categoría”, el cual se encuentra disponible en la plataforma SUNAT Virtual.

De acuerdo con la disposición complementaria final, los nuevos importes serán aplicables a las solicitudes de suspensión que se presenten a partir del 1° de enero del 2026, fecha desde la cual la norma entra en vigencia. Conozca la norma aquí


PODER JUDICIAL
Fijan en 550 soles la Unidad de Referencia Procesal para el 2026 y aprueba nuevos aranceles judiciales

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso fijar en S/ 550 el valor de la Unidad de Referencia Procesal (URP) para el año 2026, equivalente al 10 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), cuyo monto fue establecido en S/ 5,500 mediante Decreto Supremo N.° 301-2025-EF. La medida fue oficializada mediante la Resolución Administrativa N.° 000481-2025-CE-PJ.

Asimismo, la resolución aprueba el Cuadro de Valores de los Aranceles Judiciales para el ejercicio 2026, el cual se aplicará conforme a los lineamientos del Reglamento de Aranceles Judiciales vigente. Estos aranceles regulan los pagos que corresponden por la realización de diversos actos procesales en los procesos contenciosos, tomando como base la cuantía de la pretensión expresada en URP.

De acuerdo con el cuadro aprobado, los aranceles varían según el rango de cuantía del proceso. Para pretensiones de hasta 100 URP o de cuantía indeterminable, el ofrecimiento de pruebas y otros actos procesales básicos tendrán un costo equivalente al 10 % de la URP (S/ 55), mientras que la apelación de sentencias asciende al 40 % de la URP (S/ 220) y los recursos de nulidad y casación al 160 % (S/ 880). A mayor cuantía, los porcentajes y montos se incrementan progresivamente, llegando en algunos casos hasta el 200 % de la URP (S/ 1,100).

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial recordó que el sistema de aranceles se sustenta en principios constitucionales y legales como la equidad, la promoción de una conducta procesal responsable y la simplificación administrativa, sin afectar la gratuidad del acceso a la justicia para las personas de escasos recursos, conforme a la Constitución y al Código Procesal Civil.

Por último, se dispuso que las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia y la Gerencia General del Poder Judicial adopten las acciones administrativas necesarias para garantizar la correcta aplicación de los nuevos valores a partir del inicio del año judicial 2026. Conozca la norma aquí


Jueves 1° de Enero del 2026

Modifican Reglamento de la Ley del Servicio Militar para fortalecer inscripción y beneficios

El Gobierno aprobó el Decreto Supremo N° 018-2025-DE, que modifica el Reglamento de la Ley N° 29248, Ley del Servicio Militar, con el objetivo de adecuar la normativa a la reciente Ley N° 31488 y fortalecer el marco regulatorio del servicio militar en el país.

La reforma impulsa la inclusión y participación ciudadana, optimizando procesos clave como la inscripción, el llamamiento, el entrenamiento y el licenciamiento del personal militar. 

Entre los cambios más relevantes, se establece que los jóvenes deben inscribirse obligatoriamente en el Registro Militar antes de cumplir 18 años. Aquellos que incumplan tendrán que pagar una multa del 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), salvo que completen el Servicio Militar Acuartelado en el plazo legal, lo que los exonerará del pago.

Además, se flexibilizan los requisitos para ingresar al Servicio Militar Acuartelado, exonerando la constancia de inscripción a quienes estén omisos en el registro al momento de la convocatoria. También se amplían los beneficios para los licenciados, quienes podrán acceder a capacitaciones técnicas orientadoras en el rubro de transporte terrestre y acuático, coordinadas entre el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sin que estas capacitaciones constituyan certificaciones formales.

El decreto incluye la facultad del Poder Ejecutivo para prorrogar el período de instrucción y entrenamiento de las Reservas por razones de seguridad nacional y establece sanciones específicas para los incumplimientos, buscando un servicio militar más eficiente y accesible para la ciudadanía.


SUNEDU dispone ampliación excepcional del plazo de cese para universidades con licencia denegada

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) emitió la Resolución del Consejo Directivo N° 0035-2025-SUNEDU-CD, que establece una ampliación excepcional de hasta doce (12) meses adicionales al plazo de cese de actividades para universidades y escuelas de posgrado con licencia institucional denegada que aún prestan servicio educativo en el marco del proceso de cese.

Esta medida, que se suma a ampliaciones previas otorgadas bajo resoluciones anteriores, tiene como finalidad principal permitir que los estudiantes matriculados puedan culminar sus estudios profesionales sin que ello implique la rehabilitación de la licencia denegada.

Las instituciones interesadas deberán actualizar sus “Planes de Operaciones”, declarar la nueva fecha de cese y comunicarla a SUNEDU con un plazo no menor a cuarenta y cinco (45) días hábiles, o hasta el día de cese vigente si el periodo restante es menor.

El plazo para acogerse a esta ampliación es también de 45 días hábiles desde la aprobación de la resolución, debiendo comunicar su decisión bajo responsabilidad.

La Dirección de Evaluación del Servicio Educativo Superior Universitario supervisará el cumplimiento de esta disposición, garantizando que la ampliación se utilice exclusivamente para la culminación efectiva de los estudios.

Esta medida responde a un informe que identificó que cerca del 60% de los estudiantes requieren más tiempo para finalizar sus estudios, justificando así la ampliación sin alterar el proceso de cese ni rehabilitar la licencia denegada, precisa la norma.


RENIEC amplía campaña nacional para masificación del DNI Electrónico hasta abril de 2026

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) decidió la ampliación de la campaña nacional para la masificación del Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe), dirigida a mayores y menores de edad. Esta extensión estará vigente hasta el 12 de abril de 2026, fecha en que se realizarán las Elecciones Generales.

La medida fue oficializada mediante la Resolución Jefatural N° 000217-2025/JNAC/RENIEC y busca facilitar el acceso al DNI Electrónico, manteniendo los costos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) para inscripción, renovación, rectificación de datos y duplicado del documento.

Esta campaña, que se inició con la Resolución Jefatural N° 000144-2025/JNAC/RENIEC, continuará bajo las mismas disposiciones administrativas, garantizando una mayor cobertura en todo el país.

El RENIEC encargó a sus distintas direcciones y oficinas, incluyendo las de registros, tecnologías y comunicaciones, la implementación y difusión de esta ampliación para que la población esté informada y pueda beneficiarse oportunamente.

La resolución fue publicada en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional del RENIEC.


Viernes 2 de Enero del 2026

MINEDU aprueba nueva norma para la contratación y renovación de docentes

El Ministerio de Educación aprobó, mediante el Decreto Supremo N.º 022-2025-MINEDU, la norma que regula el procedimiento, los requisitos y las condiciones para la contratación y la renovación de profesores en el servicio docente de la educación básica y técnico-productiva, en el marco de la Ley N.º 30328, que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones.

La norma tiene por finalidad garantizar la disponibilidad oportuna de docentes en las instituciones educativas públicas, antes y durante el año lectivo, a fin de asegurar la continuidad y la adecuada prestación del servicio educativo.

Para tal efecto, el decreto supremo establece un marco normativo sustentado en los principios de meritocracia, transparencia e igualdad de oportunidades, los cuales rigen los procesos de contratación temporal y renovación del profesorado, conforme a lo dispuesto en la Ley de Reforma Magisterial.


Aprueban protocolo interinstitucional para fortalecer el proceso inmediato en el sistema de justicia penal

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aprobó el Protocolo de Actuación Interinstitucional para la Aplicación del Proceso Inmediato, mediante el Decreto Supremo N.° 029-2025-JUS, con el objetivo de fortalecer la actuación de los operadores del Sistema de Administración de Justicia Penal en casos de flagrancia y otros supuestos previstos en la normativa vigente.

El protocolo establece pautas operativas orientadas a una aplicación más eficiente del proceso inmediato y está dirigido a todos los operadores del sistema de justicia penal, entre ellos jueces, fiscales, defensores públicos, efectivos de la Policía Nacional del Perú y procuradores.

Su finalidad es dotar a los operadores de justicia de un instrumento operativo que permita la adecuada implementación del Decreto Legislativo N.° 1194, el Decreto Legislativo N.° 1307 y la Ley N.° 32348, normas que regulan el proceso inmediato. En ese sentido, su alcance se centra en establecer procedimientos claros y coordinados para su aplicación en casos de flagrancia y otros supuestos legales.

Entre los principales lineamientos que deben observar los operadores del sistema se encuentran la flexibilidad, la coordinación interinstitucional, la simplificación de procedimientos y la eficacia en las actuaciones procesales. En ese marco, se recomienda a la Policía Nacional del Perú flexibilizar los trámites de permisos y autorizaciones para facilitar la asistencia de efectivos policiales a diligencias y audiencias.

Finalmente, el protocolo plantea la promoción de capacitaciones intra e interinstitucionales, la articulación de los mecanismos de notificación existentes y la evaluación de los procedimientos internos de las entidades involucradas, con el fin de asegurar una aplicación eficiente y uniforme del protocolo y contribuir a una justicia penal más célere y efectiva.


Sunarp aprueba mejora funcional en el servicio de publicidad registral certificada del SPRL

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) aprobó nuevas mejoras al servicio de publicidad registral certificada expedida a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL), mediante la Resolución N.° 00233-2025-SUNARP/SN, que entrará en vigencia el 5 de enero de 2026.

La medida incorpora un nuevo valor agregado al proceso de verificación de la publicidad registral certificada, con la implementación de un visor digital que no solo permitirá corroborar la autenticidad e integridad de los certificados emitidos, sino que además informará de manera continua sobre las solicitudes de inscripción que se presenten con posterioridad en la partida registral vinculada al certificado.

De acuerdo con la resolución, el acceso a este visor se realizará mediante el ingreso del código de verificación en la plataforma “Síguelo Plus” o a través de la lectura del código QR consignado en el certificado de publicidad. Esta funcionalidad refuerza la transparencia y seguridad jurídica, al permitir que los usuarios conozcan si, luego de emitido el certificado, se ha presentado alguna solicitud de inscripción que pueda incidir en la situación registral del bien o derecho consultado.

Adicionalmente, Sunarp ha dispuesto que el solicitante de la publicidad registral certificada reciba un correo electrónico informativo cada vez que se presente una solicitud de inscripción vinculada a la partida objeto del certificado. Tanto el acceso al visor como el envío de estas alertas estarán disponibles por un plazo de noventa (90) días calendario contados desde la fecha de emisión del certificado a través del SPRL.

La norma precisa que esta mejora funcional se aplica únicamente a la publicidad registral certificada vinculada a la tramitación de solicitudes de inscripción en partidas registrales expresamente identificadas, quedando excluidos los certificados positivos y negativos de los distintos registros administrados por la Sunarp.


Sábado 3 Enero del 2026

Minjusdh: aprueban protocolos vinculados con el Sistema Penal Juvenil

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) aprobó el Protocolo de Actuación Interinstitucional para la Aplicación de los Mecanismos Restaurativos y el Protocolo de Actuación Interinstitucional para la aplicación de la Justicia Terapéutica con Enfoque Restaurativo. 

El Decreto Supremo N° 030-2025-JUS precisa que ambos documentos serán de aplicación por las instituciones que conforman el Sistema Penal Juvenil. 

El primer protocolo tiene como objetivo establecer reglas de actuación interinstitucional para la aplicación de los mecanismos restaurativos en los distintos supuestos previstos en el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes (CRPA).

De esta manera, se busca que el adolescente comprenda las consecuencias de sus actos, asuma su responsabilidad y repare el daño causado a la víctima y a la comunidad.

Mientras, el segundo protocolo tiene como objetivo establecer reglas de actuación interinstitucional para la aplicación de la Justicia Terapéutica con Enfoque Restaurativo con el propósito de brindar una atención integral y sistemática de los factores que incidan en el comportamiento infractor del adolescente.

Busca atender las necesidades de salud mental y el consumo problemático (abuso y dependencia) de sustancias psicoactivas, centrándose en el lado humano, emocional y psicológico, y tomando en cuenta los efectos beneficiosos y perjudiciales en aplicación de la ley, a fin de promover su bienestar. 

Además, garantizar un tratamiento especializado durante las distintas etapas del proceso de responsabilidad penal y la ejecución de las medidas socioeducativas, que favorezca su rehabilitación, reinserción social y prevención de la reincidencia en conductas infractoras o delictivas. Conozca la norma aquí.


JNE: Reglamento marco para las elecciones de autoridades de municipalidades de centros poblados

El Reglamento marco para las elecciones de autoridades de municipalidades de centros poblados, sobre la base del cual las municipalidades provinciales deberán elaborar y aprobar, mediante ordenanza municipal, los reglamentos respectivos sobre la materia, oficializó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

El cuerpo normativo, aprobado por la Resolución N° 0749-2025-JNE, señala que el alcalde provincial será el responsable de la ejecución del proceso electoral en coordinación con el alcalde distrital de la jurisdicción correspondiente, de acuerdo con el cronograma electoral y las directivas que emite la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y la supervisión y asesoramiento del JNE. 

Por su parte, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) tendrá a su cargo la elaboración y actualización del padrón electoral a utilizar en las elecciones de las municipalidades de centros poblados. Conozca la norma aquí.



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