Ley 32537: conoce los cambios legales clave que impactan la pequeña minería y minería artesanal
Amplían hasta 2026 el proceso de formalización de la pequeña minería y minería artesanal
La norma modifica el Decreto Legislativo 1293 y establece que el proceso de formalización minera integral se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre de 2026 o hasta la entrada en vigor de la futura Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE), lo que ocurra primero.
La ley asigna al Ministerio de Energía y Minas (MINEM) la rectoría del proceso, en coordinación con los gobiernos regionales y otras entidades competentes. Durante este periodo, se priorizará la simplificación de procedimientos, el acompañamiento técnico a los operadores mineros, el fortalecimiento institucional y la supervisión ambiental y social, con el fin de asegurar la seguridad jurídica de los mineros en proceso de formalización y la sostenibilidad de sus actividades.
Entre las principales disposiciones complementarias figura la realización de un Censo Nacional de la Pequeña Minería y Minería Artesanal, que estará a cargo del INEI en coordinación con el MINEM e INGEMMET. Asimismo, los titulares inscritos en el Registro Integral de Formalización Minera (REINFO) deberán cumplir con un proceso obligatorio de sinceramiento de la ubicación real de sus operaciones, a través de la Ventanilla Única de Formalización Minera.
La norma también establece plazos para la adecuación del Reglamento del REINFO, la transferencia del acervo documentario de los gobiernos regionales al MINEM y el fortalecimiento de la fiscalización laboral por parte de SUNAFIL. Adicionalmente, el Poder Ejecutivo deberá presentar un proyecto de ley sobre un régimen excepcional de tributación para la pequeña minería y minería artesanal.
Finalmente, se refuerzan las obligaciones de los adquirentes de productos mineros para verificar el origen legal del mineral, como parte de las medidas destinadas a combatir la minería ilegal en el país.
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