JNJ pide que sus resoluciones de sanción a jueces y fiscales no sean revisables por el PJ
Proyecto de ley presentado al Congreso modifica el artículo 142 de la Constitución Política del Perú.
Se trata del proyecto de ley n° 13598/2025-JNJ, que modifica el artículo 142 de la Constitución Política del Perú, y que quedaría redactado de la siguiente manera.
Artículo 142.- Resoluciones no revisables por el Poder Judicial
No son revisables en sede judicial las resoluciones del Jurado Nacional de Elecciones en materia electoral, ni las de la Junta Nacional de Justicia referidas a los procesos de nombramiento, evaluación, ratificación y sanción disciplinaria de magistrados .
Excepcionalmente, procede la revisión judicial mediante proceso de amparo, cuando en la aplicación de tales resoluciones se advierta vulneración de derechos humanos.
Aún más, la JNJ propone, mediante una disposición complementaria, la modificación del artículo 42 del Nuevo Código Procesal Constitucional, para determinar qué tipo de jueces o salas estarían facultados para ver estas acciones de amparo, que se presentan en contra de sus resoluciones de sanción.
Así, serán competentes el juez constitucional del lugar donde se afectó el derecho, o donde tiene su domicilio el afectado, o donde domicilia el autor de la infracción.
También, en la eventualidad que el caso llegue a segunda instancia, la sala constitucional o, si no lo hubiere, la sala civil de turno de la corte superior de justicia respectiva y la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema.
La propuesta legislativa de la JNJ se presenta luego de que la institución presentará una demanda competencial ante el Tribunal Constitución, luego que un juez dispusiera la restitución de la fiscal Delia Espinoza en el cargo de Fiscal de la Nación, a la que la junta había suspendido.
Aunque la JNJ está a la espera de la resolución del TC, el Constitucional ya emitió una medida cautelar en la que deja en suspenso el trámite de la acción de amparo presentada por Delia Espinoza para su restitución en el Ministerio Público.
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