• MARTES 26
  • de mayo de 2026

Derecho

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Perú sanciona vertimientos ilegales

Crean delito por daño ambiental

Según un informe del Estudio Muñiz, la disposición busca prevenir afectaciones a la salud pública, reducir riesgos de inundación y evitar la contaminación, así como el deterioro de la infraestructura hidráulica y pública.

El nuevo artículo establece un tipo base que penaliza el arrojo de residuos en el cauce, lecho, ribera o faja marginal de ríos o quebradas cuando se expone a otras personas a peligro de muerte o a grave e inminente daño a la salud. La sanción prevista es de 2 a 4 años de prisión.

Asimismo, incorpora un tipo agravado cuando se emplea maquinaria pesada, para ejecutar la conducta, o cuando se causa daño a obras de infraestructura pública. Aquí, la pena se eleva a 4 a 6 años de privación de libertad.

La Ley 32523 complementa las labores de fiscalización del OEFA, la ANA y las comunas, integrando una respuesta penal que operará en paralelo a las sanciones administrativas y ambientales, bajo un enfoque de tolerancia cero frente a los vertimientos ilegales.