• MARTES 26
  • de mayo de 2026

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Sunafil: Empleadores deben pagar bonificación del 9% o 6.75% junto a la gratificación

Atención, trabajadores.

Para quienes no laboraron todo el semestre, la gratificación se calculará de forma proporcional según los meses calendarios completos trabajados: corresponde 1/6 de la remuneración computable por cada mes. Por ejemplo, si un trabajador inicia labores el 1 de septiembre y percibe S/ 1,500, recibirá S/ 250 por mes; es decir, S/ 1,000 por los cuatro meses trabajados.

Bonificación extraordinaria

Junto a la gratificación, el empleador debe abonar una bonificación extraordinaria equivalente al 9 % del aporte a EsSalud que hubiese correspondido. En el caso de trabajadores afiliados a una EPS, la bonificación es del 6.75 %.

Las gratificaciones no están afectas a aportes, contribuciones ni descuentos, salvo los permitidos por ley (Impuesto a la Renta), los autorizados por el trabajador o los dispuestos judicialmente.

Multas por incumplimiento

No pagar la gratificación constituye una infracción grave en materia de relaciones laborales. Las multas varían según el tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados: desde S/ 2,407.50 para la pequeña empresa hasta S/ 139,742 para la no mype.

De otro lado, la Sunafil informó que el 98 % de las inspecciones sobre gratificaciones realizadas entre 2024 y lo que va de 2025 se originaron en denuncias de los trabajadores: 27,774 inspecciones por denuncias frente a 557 por operativos.