Derecho
Los demandantes denunciaron que, tras asumir su hermano, el OSCE cuestionó que diversas entidades estatales no rescindieran los contratos suscritos con anterioridad con ellos y opinó que se les abriera procedimientos administrativos disciplinarios y, de ser el caso, penales, por no observarse el literal h) del artículo 11 del TUO de la Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado, entonces vigente.
La salvaguardia de los bienes públicos se pudo efectuar mediante otros medios menos lesivos de la libertad contractual, precisó el TC.