• MARTES 9
  • de junio de 2026

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Janet Tello saluda promulgación de ley para nueva escala remunerativa del personal judicial del D. Leg. N° 728

“Los trabajadores y trabajadoras son nuestro capital, motor y cimiento y la mejora de sus retribuciones fue un compromiso que asumí desde el primer día de mi gestión”, señaló la magistrada.

La norma publicada hoy en el Diario El Peruano tiene como fin contribuir al fortalecimiento institucional para garantizar una administración de justicia oportuna y de calidad, mediante la atracción y retención de personal calificado en sus órganos jurisdiccionales y dependencias administrativas.

Esto es posible alcanzar con la autorización de una nueva escala remunerativa objetiva, equitativa y sostenible que mejore la competitividad remunerativa del sector referido a la administración de justicia, según se lee en la exposición de motivos.

La semana pasada, se concretó la histórica promulgación de la ley que incorpora personal CAS de este poder del Estado al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728, también promovida por Tello Gilardi junto con la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia.

Estudio técnico

La norma promulgada dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), en un plazo no mayor de treinta días calendario desde la vigencia de esta ley, realice el estudio técnico correspondiente, a efectos de plantear la nueva escala remunerativa.

Vencido el plazo establecido, y si no se hubiera realizado el referido estudio técnico, se autoriza al Poder Judicial a presentar ante el MEF un estudio técnico para que sea aprobado en el plazo señalado.

Concluido el estudio técnico establecido, según la disposición publicada hoy, se procederá con la aprobación de la nueva escala remunerativa para el personal jurisdiccional y administrativo sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728.

Según la norma publicada, su implementación será financiada con cargo al presupuesto institucional, aunque de manera excepcional, y solo en caso de ser necesario, se autorizará modificaciones presupuestarias en el nivel funcional y programático, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal y programación, para financiarla
.


De otro lado, la norma legal dispone que el 40 % del monto de la escala de ingresos del personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728 está afecto a cargas sociales y es de naturaleza pensionable.

Hitos históricos

La promulgación de la Ley N° 32509 ocurre a solo seis días que el Poder Ejecutivo hiciera lo propio con la Ley Nº 32504, que permite incorporar a las y los trabajadores CAS del Poder Judicial contratados a plazo al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728, lo cual fue considerado por Tello Gilardi como histórico.

Así, la aprobación de ambas iniciativas legislativas, que fueron aprobadas por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, fueron gestionadas ante diversos representantes del Parlamento y del Poder Ejecutivo.

Estas gestiones se hicieron personalmente por Tello Gilardi ante las comisiones de Presupuesto y Cuenta General de la República, que preside el congresista Alejandro Soto Reyes, así como de Justicia y Derechos Humanos del Parlamento, que dirige el congresista Flavio Cruz Mamani.

Así, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, liderada por la titular del Poder Judicial, los integrantes del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y los representantes de los gremios sindicales realizaron de manera conjunta múltiples gestiones para que se haga realidad esta norma que reivindica a las y los trabajadores judiciales.

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