• MIÉRCOLES 1
  • de abril de 2026

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DERECHO

El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales de hoy, miércoles 12 de Noviembre del 2025


MINISTERIO DEL AMBIENTE
Aprueban Reglamento de la Ley de Prevención y Control de la Contaminación Lumínica

El Ministerio del Ambiente aprobó el Reglamento de la Ley N° 31316, Ley de Prevención y Control de la Contaminación Lumínica, mediante el Decreto Supremo Nº 021-2025-MINAM.

La norma reglamentaria desarrolla las disposiciones de la Ley Nº 31316, Ley de Prevención y Control de la Contaminación Lumínica, precisándose aspectos necesarios para la prevención y el control de la intensidad luminosa generada por las fuentes de luz artificial susceptibles de generar contaminación lumínica en el país, así como para la determinación de las obligaciones, medidas de fiscalización y sanción aplicables a los titulares y/o responsables de dichas fuentes.

De esta manera, dicho reglamento contribuye con la mejora de la calidad de vida humana, fauna silvestre, así como el uso sostenible de la luz artificial, a través de la prevención de riesgos a la salud, la promoción de la eficiencia energética y la seguridad vial, y evitar la alteración del paisaje a causa de la contaminación lumínica. 

El reglamento aprobado consta de tres (3) títulos, cinco (5) capítulos, dos (2) subcapítulos, veintisiete (27) artículos, cuatro (4) disposiciones complementarias finales, dos (2) disposiciones
complementarias transitorias y cuatro (4) anexos. 
Conozca la norma aquí


MINISTERIO DEL INTERIOR
Modifican el Reglamento de la Ley que regula el Régimen Disciplinario de la Policía
Nacional del Perú y las Tablas de infracciones y sanciones


El Ministerio del Interior modificó el Reglamento de la Ley Nº 30714, Ley que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2020-IN, así como las Tablas de infracciones y sanciones - Anexos I, II y III de la citada ley.

De esta manera, dicho portafolio adecúa el mencionado Reglamento al nuevo marco normativo fijado a partir de las modificaciones efectuadas a la Ley N° 30714 para lograr una mejor funcionalidad y aplicación del régimen disciplinario policial, detalla el Decreto Supremo N° 016-2025-IN que modifica la mencionada norma reglamentaria.

Así, se precisa que la potestad sancionadora disciplinaria por infracción leve es inherente al personal de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, en su condición de superior jerárquico, teniendo en cuenta que existe subordinación hacia el superior en razón del grado, antigüedad o cargo. Es ejercida dentro de las atribuciones y límites establecidos en la referida ley y su reglamento.

Además, se aclara que el personal de la Policía Nacional del Perú está facultado para sancionar al personal de igual grado siempre que este se encuentre bajo su comando.

A la par, se establece que la potestad sancionadora disciplinaria por infracción grave y muy grave, corresponde a la Inspectoría Descentralizada competente, a la Inspectoría Macro Regional, a la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú y al Tribunal de Disciplina Policial, en el marco de lo establecido en la Ley N° 30714 y su reglamento.

En ese contexto, los órganos del Sistema Disciplinario Policial no podrán imponer sanciones distintas a las previstas para cada infracción en las Tablas de infracciones y sanciones del régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú, bajo sanción de nulidad y sin perjuicio de la responsabilidad funcional que conlleve.

También se estipula que no podrán formar parte de los órganos que integran el Sistema Disciplinario Policial, los efectivos de la Policía Nacional del Perú que hayan sido sancionados en los últimos cinco (5) años con Sanción de Rigor; sancionados con Pase a la Situación de Disponibilidad por medida disciplinaria o reincorporados por mandato judicial luego de haber
sido sancionados con Pase a la Situación de Retiro por medida disciplinaria.

El Decreto Supremo N° 016-2025-IN modifica los artículos VII y IX del Título Preliminar y 8, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 19, 20, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 29, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 44, 50, 55, 60, 61, 62, 66, 69, 70, 79, 80, 81, 83, 85, 92, 93, 95, 96, 97, 98, 99, 101, 105, 106, 107, 108, 109, 110, 120, 123, 124, 125, 126, 129, 133, 137, 138, 142, 143, 154 y 156 del Reglamento de la Ley Nº 30714.


MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Dictan medidas de restricción temporal de la circulación de vehículos en la Ruta Nacional PE-20 (Av. Néstor Gambetta)

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) restringió la circulación vehicular en la Ruta Nacional PE-20 (Av. Néstor Gambetta), en dos tramos, comprendidos entre el km 0+0 y el km 5+400, en ambos sentidos, en las fechas y horarios que se indican a continuación:

Vehículos restringidos

Periodo de restricción

Tramo de restricción

En ambos sentidos:

Vehículos de transporte de carga con peso bruto vehicular mayor a 6.5 toneladas

Las 24 horas del día.

Desde el miércoles 12 de noviembre de 2025 hasta el sábado 28 de febrero de 2026.

Inicio: Kilómetro 0+000 de la Ruta Nacional PE-20

(empalme con la Ruta Nacional PE-1N - Intercambio Vial Zapallal).

Fin: Kilómetro 5+400 de la Ruta Nacional PE-20 (altura del Óvalo Ventanilla).

En ambos sentidos:

Todas las categorías vehiculares.

Las 24 horas del día.

Desde el miércoles 12 de noviembre de 2025 hasta el sábado 28 de febrero de 2026.

Inicio: Kilómetro 2+800 de la Ruta Nacional PE-20 (altura del giro en U).

Fin: Kilómetro 4+200 de la Ruta Nacional PE-20 (altura del acceso al A.A. H.H. Villamoto).


La Policía Nacional del Perú, en el marco de sus competencias, dispondrá las acciones de control en la Ruta Nacional PE-20 (Av. Néstor Gambetta), a fin de detectar toda infracción de tránsito y/o conducta indebida derivada del incumplimiento o resistencia a cumplir lo dispuesto por el MTC en coordinación con la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran), detalla la Resolución Directoral N° 027-2025-MTC/18. Conozca la norma aquí


AGENCIA PERUANA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL
Aprueban “Metodología para la Determinación de Multas y su aplicación en el Procedimiento Administrativo Sancionador de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI”

La Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) aprobó la “Metodología para la
Determinación de Multas y su aplicación en el Procedimiento Administrativo Sancionador de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI”, mediante la Resolución Directoral Ejecutiva 
Nº 116-2025/APCI-DE.


La APCI dispuso la publicación de la “Metodología para la Determinación de Multas y su
aplicación en el Procedimiento Administrativo Sancionador de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI”, en su sede digital (https://www.gob.pe/apci). 
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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
La presidenta del Tribunal Constitucional participará en la 30º Conferencia de las Partes (COP30) de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático que se celebrará en Belém, Brasil, el 13 de Noviembre del 2025

El Tribunal Constitucional concedió licencia con goce de remuneraciones a la magistrada Luz Imelda Pacheco Zerga por el periodo del 12 al 14 de noviembre de 2025 para que participe en comisión de servicios en la 30º Conferencia de las Partes (COP30) de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), que se celebrará en Belém, Brasil, el 13 de Noviembre del 2025.

Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de realizado el referido viaje, la
magistrada comisionada deberá informar al Pleno los resultados obtenidos con motivo de su  participación en la actividad mencionada, detalla la Resolución Administrativa Nº 137-2025-P/TC. 
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MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Establecen disposiciones para la implementación y funcionamiento de la Ruta Productiva Exportadora y crea la Comisión Multisectorial de la Ruta Productiva Exportadora
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del martes 11 de Noviembre del 2025)

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) estableció disposiciones para la implementación y funcionamiento de la Ruta Productiva Exportadora y creó la Comisión Multisectorial de la Ruta Productiva Exportadora, mediante el Decreto Supremo N° 009-2025-MINCETUR.

De esta manera, dicho portafolio busca consolidar la Ruta Productiva Exportadora (RPE) como
un instrumento estratégico multisectorial que coadyuve a incrementar la competitividad e internacionalización de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), asociaciones, cooperativas, y centrales de cooperativas, exportadoras y con potencial exportador, mediante una
provisión eficiente y articulada de servicios de desarrollo productivo-exportador.


Por tanto, se define al RPE como un instrumento estratégico multisectorial, mediante el cual se articula de forma eficiente, oportuna y sostenible, los servicios de desarrollo productivo-exportador que ofrecen diversas entidades públicas a las Mipymes, asociaciones, cooperativas y centrales de cooperativas, exportadoras y con potencial exportador, que acceden a los servicios que se brindan en el marco de la RPE, previo proceso de selección por convocatoria a cargo del
MINCETUR.


En ese contexto, se crea la Comisión Multisectorial de la Ruta Productiva Exportadora (Comisión Multisectorial de la RPE), de naturaleza permanente, dependiente del Mincetur, con el objeto de realizar el seguimiento del cumplimiento de los objetivos de la RPE y emisión de informes que contengan propuestas y recomendaciones que coadyuven a la sostenibilidad de la RPE.

La Comisión Multisectorial de la RPE, que estará presidida por el Viceministro de Comercio Exterior del Mincetur, se instalará en el plazo máximo de quince (15) días hábiles, contados
a partir del día siguiente de la publicación del citado Decreto Supremo. 
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