PODER EJECUTIVO
Ministro de Relaciones Exteriores participará en la IV Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y/o de Gobierno de la CELAC y la Unión Europea, que se celebrará en la ciudad de Santa Marta, República de Colombia, del 8 al 10 de noviembre de 2025
El Ministro de Relaciones Exteriores, Embajador en el Servicio Diplomático de la República, en situación de retiro, HUGO CLAUDIO DE ZELA MARTINEZ, participará en la IV Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y/o de Gobierno de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC) y la Unión Europea (UE), que se celebrará en la ciudad de Santa Marta, República de Colombia, del 8 al 10 de noviembre de 2025.
Para tal efecto, el Poder Ejecutivo autorizó su viaje, en comisión de servicios, a la ciudad de Santa Marta, República de Colombia, del 8 al 11 de noviembre de 2025, mediante la Resolución Suprema N° 264-2025-PCM.
Por ende, se encarga el Despacho de Relaciones Exteriores a la señora DENISSE AZUCENA MIRALLES MIRALLES, Ministra de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas, en tanto dure la ausencia del titular.
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PODER EJECUTIVO
Ministra de Comercio Exterior y Turismo participará en la Novena Reunión de la Comisión del Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico y eventos relacionados, a realizarse los días 20 y 21 de noviembre de 2025, en la ciudad de Melbourne, Mancomunidad de Australia
La Ministra de Comercio Exterior y Turismo, TERESA STELLA MERA GÓMEZ, participará en la Novena Reunión de la Comisión del Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (CPTPP) y eventos relacionados, a realizarse los días 20 y 21 de noviembre de 2025, en la ciudad de Melbourne, Mancomunidad de Australia.
Para tal efecto, el Poder Ejecutivo autorizó su viaje a la ciudad de Melbourne, Mancomunidad de Australia, del 17 al 22 de noviembre de 2025, mediante la Resolución Suprema Nº 265-2025-PCM.
Por ende, se encarga el Despacho de Comercio Exterior y Turismo al señor ALFREDO MARTÍN LUNA BRICEÑO, Ministro de Estado en el Despacho de Cultura, en tanto dure la ausencia de la titular.
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PODER EJECUTIVO
Presidente del Consejo de Ministros participará en la Ceremonia de Transmisión de Mando Presidencial del Estado Plurinacional de Bolivia, a celebrarse en la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, el 8 de noviembre de 2025
El Presidente del Consejo de Ministros, ERNESTO JULIO ALVAREZ MIRANDA, participará en representación del Presidente de la República, en la Ceremonia de Transmisión de Mando Presidencial del Estado Plurinacional de Bolivia, a celebrarse en la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, el 8 de noviembre de 2025.
Para tal efecto, el Poder Ejecutivo autorizó su viaje a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, del 7 al 9 de noviembre de 2025, mediante la Resolución Suprema Nº 266-2025-PCM.
Por ende, se encarga el Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros al señor CESAR FRANCISCO DIAZ PECHE, Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, en tanto dure la ausencia del titular.
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MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Aprueban nueva escala remunerativa para los servidores de apoyo a la función fiscal y administrativo del Ministerio Público, sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó la nueva escala remunerativa para los
servidores de apoyo a la función fiscal y administrativo del Ministerio Público, sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728, en el marco de la Ley N° 32263, Ley que autoriza la actualización de la escala remunerativa para los servidores del Ministerio Público sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Formación y Promoción Laboral.
De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 241-2025-EF el Ministerio Público solo reconocerá a los servidores de apoyo a la función fiscal y administrativo sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, la nueva escala remunerativa aprobada, una (1) gratificación por Fiestas Patrias, una (1) gratificación por Navidad y una (1) bonificación por escolaridad.
La nueva escala remunerativa aprobada, se financiará con cargo al presupuesto institucional del Ministerio Público, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
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MINISTERIO DEL INTERIOR
Actualizan Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú
El Ministerio del Interior aprobó el nuevo Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 012-2025-IN.
Se trata de una normativa reglamentaria íntegra, actualizada y alineada al marco legal vigente, que fortalece la institucionalidad de la Policía Nacional del Perú y que asegura que dicha institución responda de manera eficiente, eficaz y transparente a las demandas de seguridad ciudadana; ajustándose así a las exigencias actuales de la gestión policial.
En ese sentido, el citado reglamento establece, norma y fortalece la estructura orgánica de la Policía Nacional del Perú; así como, la organización interna y funciones de las unidades de organización que la conforman.
De acuerdo con este nuevo reglamento actualizado de la Ley de la Policía Nacional del Perú se precisa que es la atribución del Estado, ejercida por la Policía Nacional del Perú, que faculta el uso de la fuerza de manera legítima en el cumplimiento de sus competencias, funciones y atribuciones, para la conservación del orden interno y el orden público con la finalidad de garantizar el funcionamiento de los poderes del Estado dentro del orden constitucional, con pleno respeto de los derechos fundamentales y en el marco de las normas sobre la materia, teniendo presente los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. El personal encubierto tendrá
MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Aprueban décima octava convocatoria del año 2025 para el otorgamiento de 111 Bonos de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias dirigida a damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables, ante intensas precipitaciones pluviales, ubicadas en Cusco, Pasco, Puno y Ucayali
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobó la décima octava convocatoria del año 2025 para el otorgamiento de 111 Bonos de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias dirigida a igual número de potenciales beneficiarios constituidos por los damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables, ante intensas precipitaciones pluviales, ubicadas en 11 distritos de algunas provincias de los departamentos de Cusco, Pasco, Puno y Ucayali, en el marco de los Estados de Emergencia declarados por una serie de decretos supremos.
De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 291-2025-VIVIENDA el valor del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias es de S/ 500.00 (Quinientos y 00/100 Soles) y, se otorgará con periodicidad mensual por el plazo máximo de hasta dos años, para el arrendamiento de una vivienda ubicada en los departamentos de Cusco, Pasco, Puno y Ucayali, según corresponda.
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SUNARP
Actualiza Reglamento del Procedimiento Sancionador aplicable a Martilleros Públicos
La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) actualizó el Reglamento del Procedimiento Sancionador aplicable a Martilleros Públicos, mediante la Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 00170-2025-SUNARP/SN.
De acuerdo con dicha resolución se modifican los artículos 3°, 6°, 13°, 14°, y 15° del Reglamento del Procedimiento Sancionador aplicable a Martilleros Públicos, aprobado por la Resolución N° 218-2007-SUNARP/SN con el fin de actualizar esta norma reglamentaria a las modificaciones efectuadas a la Ley N° 27728, Ley del Martillero Público.
Así, se precisa que tratándose de denuncias, disposición superior o petición motivada de otros órganos o entidades, el órgano a cargo de la fase instructora realizará, en el plazo máximo de 15 días, las indagaciones preliminares a efectos de determinar si existen circunstancias o indicios que justifiquen el inicio del procedimiento, salvo sean manifiestamente infundadas o improcedentes, en cuyo caso serán rechazadas de plano.
A la par, se establece que por las faltas incurridas por los martilleros públicos se impondrán las siguientes sanciones: a) Suspensión temporal no menor de quince días ni mayor de seis meses cuando la falta es leve, y b) Suspensión temporal no menor de un año o cancelación del registro o matrícula si la falta es grave, o a la tercera comisión de la falta leve.
También se precisa que para imponer la sanción correspondiente, se deberá observar los criterios de graduación siguientes:
a) El beneficio ilícito resultante por la comisión de la infracción.
b) La probabilidad de detección de la infracción.
c) La gravedad del daño al interés público o bien jurídico protegido.
d) El perjuicio económico causado.
e) La reincidencia por la comisión de la misma infracción dentro del plazo de un año desde que quedó firme la resolución que sancionó la primera infracción.
f) Las circunstancias de la comisión de la infracción.
g) La existencia o no de intencionalidad de la conducta del infractor.
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PODER EJECUTIVO
Aprueban Reglamento del Decreto de Urgencia que aprueba el marco de confianza digital y dispone medidas para su fortalecimiento
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del martes 4 de Noviembre del 2025)
El Poder Ejecutivo aprobó el Reglamento del Decreto de Urgencia Nº 007-2020, Decreto de Urgencia que aprueba el Marco de Confianza Digital y dispone medidas para su fortalecimiento, mediante el Decreto Supremo Nº 126-2025-PCM.
La norma reglamentaria desarrolla las disposiciones normativas para garantizar que las interacciones digitales de las personas con los servicios digitales prestados en el territorio nacional por las entidades públicas y organizaciones del sector privado, se desarrollen de forma veraz, predecible, ética, proactiva, transparente, segura, inclusiva, confiable y de calidad, con el propósito de fortalecer la confianza digital en las entidades públicas, las organizaciones del sector privado, la sociedad civil, la academia y la ciudadanía en general, conforme a lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 007-2020, Decreto de Urgencia que aprueba el Marco de Confianza Digital y dispone medidas para su fortalecimiento.
De esta manera, el reglamento aprobado busca fortalecer la seguridad digital en las entidades públicas, las organizaciones de la sociedad civil, ciudadanos, empresas y la academia, procurando con ello, el logro de la prosperidad económica y social del país.
Asimismo, promover la participación activa de actores del sector público, sector privado, sociedad civil, la academia y otros interesados para garantizar la confianza digital de las personas, así como garantizar el pleno respeto de los derechos humanos en el entorno digital, de conformidad con la Constitución Política del Perú y los tratados internacionales de los que el Perú es parte.
También, con el reglamento aprobado se pretende fortalecer la articulación de los ámbitos que integran el Marco de Confianza Digital.
La norma reglamentaria consta de un (1) título preliminar, tres (3) títulos, nueve (9) capítulos, cuarenta y dos (42) artículos y nueve (9) Disposiciones Complementarias Finales.
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PODER EJECUTIVO
Ministro del Ambiente participará en la “Cumbre del Clima de Belém”, que se desarrollará del 6 al 7 de Noviembre del 2025 en la ciudad de Belém, República Federativa de Brasil
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del martes 4 de Noviembre del 2025)
El Ministro del Ambiente, MIGUEL ÁNGEL ESPICHÁN MARIÑAS participará en la “Cumbre del Clima de Belém”, que se desarrollará del 6 al 7 de Noviembre del 2025 en la ciudad de Belém, República Federativa de Brasil.
Para tal efecto, el Poder Ejecutivo autorizó su viaje a la ciudad de Belém, República Federativa de Brasil, del 5 al 8 de Noviembre del 2025, mediante la Resolución Suprema Nº 263-2025-PCM.
Por ende, se encarga el Despacho del Ambiente al señor WILDER ALEJANDRO SIFUENTES QUILCATE, Ministro de Estado en el Despacho de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en tanto dure la ausencia de su titular.
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MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRCCIÓN Y SANEAMIENTO
Crean “Grupo de Trabajo Multisectorial para abordar la problemática en la aplicación del Reglamento de Valores Máximos Admisibles (VMA) para las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2019-VIVIENDA, y normas complementarias”
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del martes 4 de Noviembre del 2025)
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento creó el “Grupo de Trabajo Multisectorial para abordar la problemática en la aplicación del Reglamento de Valores Máximos Admisibles (VMA) para las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2019-VIVIENDA, y normas complementarias”, mediante la Resolución Ministerial Nº 296-2025-VIVIENDA.
Dicho Grupo de Trabajo, que estará presidido por un (1) representante, titular y alterno, del Despacho Viceministerial de Construcción y Saneamiento, tiene por objeto formular propuestas para la mejora de la normativa técnica relacionada con la aplicación del Reglamento de Valores Máximos Admisibles (VMA) para las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2019-VIVIENDA.
Los integrantes que conformarán el Grupo de Trabajo, titulares y alternos, se acreditarán ante su Secretaría Técnica mediante comunicación escrita, dentro del plazo máximo de tres (3) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de la citada Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
El Grupo de Trabajo se instalará dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores al vencimiento de este plazo y tendrá una vigencia de hasta seis (6) meses, contados a partir del día hábil siguiente a su instalación. Cumplido dicho plazo, el citado Grupo de Trabajo presentará un informe final con las conclusiones y propuestas pertinentes en concordancia con el objeto de su labor.
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