• SÁBADO 9
  • de mayo de 2026

Derecho

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Oficializan homologación de compensación mensual adicional de fiscales con jueces

Ley fue aprobada por insistencia por el Congreso.

El dispositivo fue publicado este martes en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. Se trata de una norma aprobada por insistencia del Parlamento.

La ley precisa que son beneficiarios del pago adicional mensual los fiscales adjuntos supremos titulares, los fiscales superiores titulares, los fiscales adjuntos superiores titulares, los fiscales provinciales titulares y los fiscales adjuntos provinciales titulares.

- Los fiscales adjuntos supremos y los fiscales superiores titulares reciben una compensación mensual adicional equivalente al 80 % del valor de cuatro y media unidades de ingreso del sector público (4.5 UISP).

- Los fiscales adjuntos superiores y los fiscales provinciales titulares reciben una compensación mensual adicional equivalente al 62 % de 4,5 UISP.

- Los fiscales adjuntos provinciales titulares reciben una comisión adicional mensual equivalente al 40 % del valor de 4,5 UISP.

Se precisa también que dicha compensación no tiene carácter remunerativo, no está afecta a cargas sociales y no es de naturaleza pensionable ni forma parte de los beneficios laborales. Tampoco constituye base de cálculo para la CTS ni para ninguna otra asignación, asignación o entrega.

El pago de la compensación se financiará con los saldos de las partidas presupuestarias del Ministerio Púbico para el año fiscal 2025 o con cargo a su presupuesto institucional del año fiscal 2026, según corresponda, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.

Además, se autoriza a dicha institución a realizar las modificaciones presupuestarias y emitir las normas adicionales que resulten necesarias para implementar la ley de manera efectiva.

El dispositivo lleva la firma del presidente del Congreso, José Jerí, y de su primer vicepresidente, Fernando Rospigliosi.

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