MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Aprueban Reglamento del régimen aduanero especial de ingreso de mercancías destinadas al uso comercial para consumo en los distritos de frontera
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el Reglamento del régimen aduanero especial de ingreso de mercancías destinadas al uso comercial para consumo en los distritos de frontera, mediante el Decreto Supremo Nº 186-2025-EF.
De esta manera se establece el listado de circunscripciones, el monto, la frecuencia y otras condiciones o disposiciones reglamentarias del referido régimen creado por intermedio del artículo 3° del Decreto Legislativo Nº 1530, Decreto Legislativo que modifica la Ley General de Aduanas aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1053.
De acuerdo con dicha norma reglamentaria el ingreso de mercancías extranjeras destinadas al uso comercial para consumo no está sujeto al pago de los derechos arancelarios y demás tributos aplicables a la importación y no requiere de la presentación de una declaración aduanera de mercancías, siempre que se cumpla con lo previsto en el propio reglamento.
Una vez ingresadas las mercancías, su comercialización por parte del poblador residente para el consumo en el distrito de frontera, estará gravada con todos los tributos que correspondan, salvo que exista algún beneficio tributario que le resulte aplicable.
El poblador residente podrá ingresar mercancías extranjeras destinadas al uso comercial para consumo hasta por un valor equivalente a una unidad impositiva tributaria por viaje transfronterizo, con el límite de doce unidades impositivas tributarias al año, computado a partir del primero de enero de cada año.
El poblador residente que efectúe el ingreso de las mercancías destinadas al uso comercial deberá contar con un registro único de contribuyentes en estado activo en el que figure como domicilio fiscal un distrito de frontera y no tener la condición de no habido.
El citado reglamento consta de dos (2) capítulos, nueve (9) artículos, un anexo y una (1) disposición complementaria final.
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PRODUCE
Disponen publicación del proyecto de Reglamento Técnico sobre etiquetado de baldosas cerámicas para revestimientos de pisos y paredes interiores y/o exteriores
El Ministerio de la Producción (Produce) dispuso la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que aprueba el Reglamento Técnico sobre etiquetado de baldosas cerámicas para revestimientos de pisos y paredes interiores y/o exteriores”, del referido Reglamento Técnico, sus Anexos y su Exposición de Motivos, en la sede digital de dicho portafolio (www.gob.pe/produce), por el plazo de noventa (90) días calendario, a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas o privadas y la ciudadanía en general.
De acuerdo con la Resolución Ministerial Nº 00297-2025-PRODUCE los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto normativo deberán presentarse mediante la sede digital del Produce (www.gob.pe/produce) o en la Mesa de Partes de este ministerio, ubicada en la Calle Uno Oeste Nº 060, Urbanización Córpac, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, con atención a la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, o remitirse a la dirección de correo electrónico: dn@produce.gob.pe.
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MINISTERIO DE SALUD
Disponen la publicación del proyecto del Reglamento de Unidades de Gestión de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y su exposición de motivos
El Ministerio de Salud (Minsa) dispuso que la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General de este portafolio efectúe la publicación del proyecto del Reglamento de Unidades de Gestión de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y de su exposición de motivos, en la sede digital de esta cartera https://www.gob.pe/institucion/minsa/normas-legales, a efectos de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de las entidades públicas o privadas, y de la ciudadanía en general, mediante el correo electrónico webmaster@minsa.gob.pe, durante el plazo de quince (15) días calendario.
De acuerdo con la Resolución Ministerial Nº 565-2025/MINSA se encarga a la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias, comentarios o recomendaciones que se presenten, así como la elaboración del proyecto final del citado Reglamento.
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MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
Aprueban “Directiva de diseño técnico del Servicio de Asesoría para la Búsqueda de Empleo para mujeres víctimas de violencia”
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprobó la Directiva N° 000001-2025-MTPE/3/18 “Directiva de diseño técnico del Servicio de Asesoría para la Búsqueda de Empleo para mujeres víctimas de violencia” como modelo de gestión del servicio focalizado, mediante la Resolución Viceministerial N° 002-2025-MTPE/3.
De esta manera, el MTPE busca priorizar la inserción de las mujeres víctimas de violencia en el mercado del empleo.
De acuerdo con la citada resolución, las Unidades Prestadoras de Servicios de Empleo Públicas en el país, implementarán de manera progresiva el modelo de gestión del Servicio de Asesoría para la Búsqueda de Empleo focalizado para mujeres víctimas de violencia, conforme a la Directiva aprobada.
La Dirección General del Servicio Nacional del Empleo se encargará de desarrollar estrategias para asegurar la implementación progresiva del modelo de gestión del servicio focalizado a escala nacional, brindando la capacitación y asistencia técnica correspondiente.
El MTPE dispuso la publicación de la Directiva aprobada en la sede digital de este portafolio (www.gob.pe/mtpe).
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INEI
Aprueban Norma Técnica Censal Nº 003-2025-INEI, denominada “Censo en Viviendas Colectivas y Personas Sin Vivienda”
El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) aprobó la Norma Técnica Censal Nº 003-2025-INEI, denominada “Censo en Viviendas Colectivas y Personas Sin Vivienda”, mediante la Resolución Jefatural Nº 200-2025-INEI.
Dicha norma técnica tiene por finalidad asegurar la adecuada recolección de información de las personas con residencia habitual en viviendas colectivas y de las personas sin vivienda, en el territorio de la República, durante la ejecución de los Censos Nacionales 2025: XIII de Población, VIII de Vivienda y IV de Comunidades Indígenas.
Para tal efecto, la citada norma técnica contiene disposiciones técnicas y operativas para el censo en viviendas colectivas y personas sin vivienda, de los Censos Nacionales 2025: XIII de Población, VIII de Vivienda y IV de Comunidades Indígenas.
En ese contexto, la recopilación de información en viviendas colectivas comprende el censo de las personas naturales, peruanas y extranjeras, que tienen residencia habitual en una vivienda colectiva. Se considera Residente Habitual a la persona que permanece en la vivienda seis (6) meses o más o, aunque lleve menos tiempo que tenga la expectativa de seguir viviendo allí, o desconozca su tiempo de permanencia.
La norma técnica cataloga a la vivienda colectiva como aquella destinada para ser habitada por personas usualmente sin vínculos familiares, sujetas a normas administrativas y que hacen vida en común por razones de estudio, salud, religión, trabajo, turismo, entre otros. Entre las viviendas colectivas figuran las: Institucionales y No institucionales.
Además, se precisa que los directores, jefes institucionales o administradores de las viviendas colectivas brindarán las facilidades necesarias para censar a las personas con residencia habitual en las mismas, de acuerdo a las directivas del INEI y las coordinaciones con el Censista de Viviendas Colectivas.
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ORGANISMO ESPECIALIZADO PARA LAS CONTRATACIONES PÚBLICAS EFICIENTES
Aprueban publicación del proyecto de Directiva del programa de vigilancia ciudadana en las contrataciones públicas
El Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) aprobó la publicación del proyecto de Directiva del programa de vigilancia ciudadana en las contrataciones públicas y su correspondiente exposición de motivos, así como el proyecto de Resolución de aprobación, en la sede digital de este organismo (www.gob.pe/oece), por el plazo de quince (15) días calendario, para recoger los comentarios, aportes u opiniones.
De acuerdo con la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº D000050-2025-OECE-PRE los comentarios, aportes u opiniones al citado proyecto serán recibidos mediante la Mesa de Partes del OECE, ubicada en la avenida Punta del Este s/n Edificio “El Regidor” N° 108, Piso 1, Jesús María y la sección https://www.gob.pe/institucion/oece/colecciones/62325-proyectos-normativos-prepublicados de la sede digital del OECE.
La Dirección Técnico Normativa y la Dirección de Supervisión y Asistencia Técnica del OECE serán los encargados de recibir, sistematizar y analizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten.
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ORGANISMO ESPECIALIZADO PARA LAS CONTRATACIONES PÚBLICAS EFICIENTES
Aprueban publicación del proyecto de Directiva para el pago de la sanción de multa impuesta por el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes
El Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) aprobó la publicación del proyecto de Directiva para el pago de la sanción de multa impuesta por este organismo que incluye un Anexo, y su correspondiente exposición de motivos, así como el proyecto de Resolución de aprobación, en la sede digital del OECE (www.gob.pe/oece), por el plazo de quince (15) días calendario, para recoger los comentarios, aportes u opiniones.
De acuerdo con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000051-2025-OECE-PRE los comentarios, aportes u opiniones al citado proyecto se recibirán mediante la Mesa de Partes del OECE, ubicada en la avenida Punta del Este s/n Edificio “El Regidor” N° 108, Piso 1, Jesús María y la sección https://www.gob.pe/institucion/oece/colecciones/62325-proyectos-normativos-prepublicados de la sede digital del OECE.
La Dirección Técnico Normativa del OECE será la encargada de recibir, sistematizar y analizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten.
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SUNARP
Disponen la publicación del proyecto normativo que aprueba la modificación del Reglamento del Procedimiento Sancionador aplicable a Martilleros Públicos
La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) dispuso la publicación del proyecto normativo que aprueba la modificación del Reglamento del Procedimiento Sancionador aplicable a Martilleros Públicos, aprobado con la Resolución N° 218-2007-SUNARP/SN.
Fue mediante la Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 00133-2025-SUNARP/SN con la cual también se dispone la publicación de la Exposición de Motivos del proyecto normativo modificatorio en la sede digital de la Sunarp (www.gob.pe/sunarp).
De esta manera, la Sunarp plantea actualizar el Reglamento del Procedimiento Sancionador aplicable a Martilleros Públicos, a tono con la Ley N° 32297, que modifica la Ley del Martillero Público, incorporando el artículo 19-A en Ley N° 27728 referido a las infracciones de los Martilleros Públicos, y modificando el artículo 20 de esta última norma para establecer sanciones y criterios de graduación de la sanción; señalándose que la determinación, aplicación y graduación de estas sanciones son competencia de la Sunarp.
La Sunarp establece el plazo de quince (15) días calendario para recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas y/o privadas y de la ciudadanía en general sobre el proyecto normativo modificatorio; los cuales podrán presentarse mediante de las oficinas de trámite documentario de las oficinas registrales de todo el país, así como, mediante la mesa de partes virtual de la Sunarp (https://mesadetramite.sunarp.gob.pe/), o, remitirse al correo electrónico: heguren@sunarp.gob.pe.
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PODER JUDICIAL
Autorizan la realización del “XIV Festival Nacional de Danzas Folklóricas del Poder Judicial 2025” en el departamento de Puno
El Consejo Ejecutivo el Poder Judicial (CEPJ) autorizó que el “XIV Festival Nacional de Danzas Folklóricas del Poder Judicial 2025” se lleve a cabo del 5 al 7 de diciembre del presente año, en el departamento de Puno.
Fue mediante la Resolución Administrativa N° 000317-2025-CE-PJ con la cual se dispone que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puno adopte las medidas pertinentes, a fin de no afectar el despacho judicial.
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SBS
Superintendente de Banca, Seguros y AFP participará en Roadshow Europa 2025, Joint Meeting of the Insurance and Pension Delegates to the Working Party on Insurance and Pensions (WPIP) y en la OECD Roundtable on Global Financial Markets
El Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, Sergio Javier Espinosa Chiroque participará en el Roadshow Europa 2025, que tiene como objetivo fortalecer la presencia de Perú en los mercados internacionales y promover nuevas oportunidades de inversión en el país; que se realizará del 7 al 11 de setiembre del 2025 en las ciudades de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, y Madrid, Reino de España.
Además, participará en la Joint Meeting of the Insurance and Pension Delegates to the Working Party on Insurance and Pensions (WPIP) y en la OECD Roundtable on Global Financial Markets, que se realizarán el 10 de setiembre del 2025 en la ciudad de París, República Francesa.
Para tal efecto, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones autorizó el viaje del señor Sergio Javier Espinosa Chiroque, Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, del 5 al 12 de setiembre del 2025 a las ciudades de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, París, República Francesa y Madrid, Reino de España, mediante la Resolución SBS Nº 03071-2025.
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Jueves 4 de Setiembre del 2025
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32431: Modifican Ley de Fomento del Empleo; Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; y la Ley del Servicio Civil, para proteger los derechos laborales de las trabajadoras y trabajadores con diagnóstico de cáncer
El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32431, Ley que modifica el Decreto Legislativo N° 728, Ley de Fomento del Empleo; el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; y la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, para proteger los derechos laborales de las trabajadoras y trabajadores con diagnóstico de cáncer.
De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso de la República, se incorpora el literal f) en el artículo 65° del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Fomento del Empleo, para establecer que es nulo el despido que tenga por motivo el diagnóstico de cáncer, su tratamiento y los efectos derivados, incluso, si el trabajador presta servicios por menos de cuatro horas diarias, se encuentra en período de prueba o tiene la condición de confianza.
A la par, se incorpora el artículo 35°-A en el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público para establecer que es nulo el cese de un servidor por diagnóstico de cáncer, su tratamiento y los efectos derivados, incluso, si presta sus servicios por menos de cuatro horas diarias o se encuentra en período de prueba o tiene la condición de confianza.
Asimismo, se incorpora el artículo 49°-A en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, para establecer que es nulo el término de un servidor civil por diagnóstico de cáncer, su tratamiento y los efectos derivados, incluso, si presta sus servicios por menos de cuatro horas diarias o se encuentra en período de prueba o tiene la condición de confianza.
Si un trabajador con diagnóstico de cáncer no puede desempeñar su labor anterior debido a sus condiciones físicas o cognitivas, el empleador deberá readaptar su puesto de trabajo a sus nuevas condiciones, sin reducir su remuneración.
El Poder Ejecutivo adecuará la normativa reglamentaria y otras disposiciones legales a lo dispuesto en la ley publicada, en un plazo de sesenta días hábiles contados desde su vigencia.
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PODER EJECUTIVO
Prorrogan por 60 días los Estados de Emergencia declarados en las provincias de Trujillo y Virú del departamento de La Libertad
El Poder Ejecutivo prorrogó por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 6 de setiembre del 2025, los Estados de Emergencia declarados en las provincias de Trujillo y Virú del departamento de La Libertad, mediante el Decreto Supremo Nº 114-2025-PCM
La Policía Nacional del Perú (PNP) continuará manteniendo el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas.
Durante la prórroga de los Estados de Emergencia y en las circunscripciones señaladas, se aplicará lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137° de la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los numerales 9), 11), 12) y 24) literal f)
del artículo 2° de la Constitución Política del Perú.
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PODER EJECUTIVO
El Ministro de Energía y Minas participará en el “Road Show Europa 2025”, que se realizará en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, los días 8 y 9 de setiembre de 2025
Por invitación de inPERÚ, el señor JORGE LUIS JOSE MONTERO CORNEJO, Ministro de Estado en el Despacho de Energía y Minas, participará en el evento denominado “Road Show Europa 2025”, que se realizará en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, los días 8 y 9 de setiembre del 2025.
Esto, teniendo en cuenta que inPERÚ es una asociación privada sin fines de lucro, cuyo principal propósito es promover el desarrollo de los mercados financieros y de capitales nacionales, descentralizados e inclusivos, a nivel local e internacional, mostrando al Perú como potencial destino de inversión financiera y directa.
Para tal efecto, el Poder Ejecutivo autorizó el viaje, en comisión de servicios, del señor JORGE LUIS JOSE MONTERO CORNEJO, Ministro de Estado en el Despacho de Energía y Minas, a la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 6 al 10 de setiembre del 2025, mediante la Resolución Suprema N° 188-2025-PCM.
Por tanto, se encarga el Despacho de Energía y Minas al señor DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO, Ministro de Estado en el Despacho de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en tanto dure la ausencia del titular.
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MINISTERIO DEL AMBIENTE
Establecen medidas para operativizar la gestión de la calidad del aire
El Ministerio del Ambiente estableció medidas para operativizar la gestión de la calidad del aire, en el contexto de lo dispuesto por el Protocolo Nacional de Monitoreo de Calidad Ambiental del Aire, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2019-MINAM, y por el Decreto Supremo N° 030-2021-MINAM, que aprueba los Límites Máximos Permisibles para emisiones atmosféricas de las actividades de generación termoeléctrica.
De acuerdo con el Decreto Supremo N° 017-2025-MINAM las entidades públicas que realicen acciones de monitoreo de calidad ambiental del aire y que no cuenten con métodos acreditados conforme con lo establecido en el ítem M.2 “Verificación del Requisito de Acreditación” del Protocolo Nacional de Monitoreo de Calidad Ambiental del Aire, tendrán un plazo de tres (3) años, contados a partir de la entrada en vigencia de este Decreto Supremo, para contar con la respectiva acreditación.
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MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Conforman el Comité Organizador de los VIII Juegos Parapanamericanos Lima 2027
El Ministerio de Educación conformó el Comité Organizador de naturaleza temporal denominado “Comité Organizador de los VIII Juegos Parapanamericanos Lima 2027”, adscrito al Instituto Peruano del Deporte (IPD), mediante la Resolución Suprema Nº 010-2025-MINEDU.
Dicho comité tiene por objeto planificar, organizar, coordinar y ejecutar todas las actividades
requeridas para la adecuada realización de los VIII Juegos Parapanamericanos Lima 2027, asegurando la plena accesibilidad, inclusión y participación de los paradeportistas en condiciones de equidad.
Estará conformado por los siguientes miembros:
- El Presidente del Instituto Peruano del Deporte, quien lo presidirá
- Un representante de la Municipalidad Metropolitana de Lima.
- El Presidente de la Asociación Nacional Paralímpica de Perú (ANPPERÚ).
- Un Paraatleta que haya competido en una edición reciente de los Juegos Parapanamericanos o de los Juegos Paralímpicos designado por el IPD.
- El Gerente General del IPD, quien actuará como Secretario Técnico.
Los referidos representantes serán designados mediante comunicación escrita del titular de la entidad u organización, en un plazo no mayor de cinco (5) días de publicada la citada Resolución Suprema.
Los miembros del Comité Organizador y la Secretaría Técnica ejercerán su cargo ad honorem sin demandar mayores gastos al Tesoro Público.
El citado comité deberá instalarse a los siete (7) días de publicada la citada Resolución Suprema, y tendrá una vigencia hasta la culminación de los VIII Juegos Parapanamericanos Lima 2027.
Al término de dicho periodo, el mencionado Comité Organizador deberá presentar ante el Instituto Peruano del Deporte, un Informe Final que incluya los resultados de las acciones realizadas.
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SUNAT
Aprueban nueva versión del procedimiento general “Certificación del operador económico autorizado”
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) aprobó el procedimiento general “Certificación del operador económico autorizado” DESPA-PG.29 (versión 4), mediante la Resolución de Superintendencia Nº 000281-2025/SUNAT.
De esta manera se actualizan las pautas a seguir para la obtención y mantenimiento de la certificación como operador económico autorizado, los requisitos que se deben cumplir y las facilidades que se otorgan, el procedimiento de suspensión y cancelación de la certificación, así como para la solicitud de ampliación de la certificación por la participación de otras entidades nacionales de control de mercancías que ingresan o salen del territorio nacional.
El procedimiento general “Certificación del operador económico autorizado” DESPA-PG.29 (versión 4), regirá a partir del 1° de enero del 2026.
Los operadores que cuenten con certificación de operador económico autorizado tendrán el plazo de un año (1) calendario contado a partir de la entrada en vigor del procedimiento general “Certificación del operador económico autorizado” DESPA-PG.29 (versión 4) para adecuarse a sus regulaciones.
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Viernes 5 de Setiembre del 2025
Gobierno aprueba Reglamento de la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano
El Poder Ejecutivo aprobó el Reglamento de la Ley N.° 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, con el objetivo de fortalecer la sostenibilidad, ampliar la cobertura y mejorar la eficiencia en la administración de pensiones.
Mediante el Decreto Supremo N.° 189-2025-EF, el reglamento establece disposiciones orientadas a garantizar que todos los ciudadanos puedan afiliarse al sistema a partir de los 18 años, así como acceder de manera progresiva a una prestación previsional bajo los pilares que lo conforman. Asimismo, promueve el ingreso de nuevos gestores de fondos de pensiones bajo estándares de eficiencia y competencia, facilita la libre movilidad entre el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y el Sistema Privado de Pensiones (SPP), e impulsa el ahorro voluntario con fines previsionales, con incentivos complementarios del Estado.
Uno de los aspectos centrales es la creación de condiciones que favorezcan la interoperabilidad entre entidades públicas y privadas vinculadas a la gestión previsional, lo que permitirá un mejor intercambio de información y procesos más ágiles. Del mismo modo, se busca fomentar la participación de trabajadores independientes dentro del sistema.
En cuanto a la administración del SPP, el reglamento define que las Empresas Administradoras de Fondos (EAF) estarán a cargo de los aportes, bajo supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). Además, se establece un marco regulatorio para la gobernanza de estas entidades, con énfasis en la transparencia, la gestión de riesgos y la mitigación de potenciales conflictos de interés.
El reglamento también regula nuevas modalidades de comisiones, entre ellas la comisión por saldo y la comisión por productividad, que combina una tasa fija y una variable asociada al rendimiento de las inversiones, buscando maximizar los beneficios para los afiliados.
Crean reconocimiento “Turismo para Todos” para promover inclusión en la gestión municipal
Mediante la Resolución Viceministerial N.° 0050-2025-MINCETUR/VMT, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) creó el Reconocimiento a la Gestión Municipal Inclusiva “Turismo para Todos”, con el fin de impulsar iniciativas locales orientadas a garantizar la accesibilidad en los recursos turísticos y la implementación de buenas prácticas inclusivas en beneficio de las personas con discapacidad y de los adultos mayores.
El reconocimiento busca fortalecer el rol de los gobiernos locales en la promoción del derecho fundamental al disfrute del tiempo libre y al descanso, en igualdad de condiciones. Para ello, se fomenta la adopción de medidas que permitan a grupos humanos con acceso limitado al turismo gozar de un entorno equilibrado y adecuado para su desarrollo.
La norma dispone la creación de un Comité Organizador, órgano colegiado encargado de aprobar y modificar los criterios de evaluación, definir las categorías y designar al equipo evaluador. Este comité estará conformado por los directores de la Dirección de Facilitación y Cultura Turística, la Dirección de Desarrollo Artesanal y la Dirección General de Estrategia Turística, que lo presidirá.
Asimismo, se establece que la Dirección de Innovación de la Oferta Turística ejercerá la Secretaría Técnica del reconocimiento. Entre sus funciones destacan brindar asistencia técnica al comité y al equipo evaluador, además de proponer los criterios, etapas y categorías del proceso.
Publican Manual de Operaciones del Programa de Alimentación Escolar
El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) aprobó, mediante Resolución Ministerial N.° D000209-2025-MIDIS, el Manual de Operaciones (MOP) del Programa de Alimentación Escolar (PAE), recientemente creado a través del Decreto Supremo N.° 008-2025-MIDIS.
El PAE tiene como finalidad brindar un servicio de alimentación nutritivo, saludable y complementario a los estudiantes de instituciones educativas públicas en todo el país, así como a programas no escolarizados de educación inicial. El reglamento enfatiza la calidad de los alimentos, su pertinencia territorial y cultural, además de fomentar hábitos de vida saludables entre los escolares.
La creación del programa se enmarca en las funciones del MIDIS, establecido por la Ley N.° 29792, que asigna a este sector la conducción de políticas nacionales en materia de desarrollo social, inclusión y equidad. Con el MOP aprobado, se asegura la organización y gestión eficiente del PAE a nivel nacional.
Sábado 6 de Setiembre del 2025
ONP: designan a nuevo jefe institucional
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) designó a Gastón Roger Remy Llacsa como el nuevo jefe de la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
La Resolución Suprema N° 027-2025-EF precisa que la decisión se basa en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 053-2022-PCM.
Además, en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y en el Estatuto de la Oficina de Normalización Previsional, aprobado por Decreto Supremo N° 061-95-EF.
El nuevo funcionario reemplazará a Wilder Bringas Usquiano, quien presentó su renuncia al cargo.
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MTC: propuesta del Reglamento Nacional de Ferrocarriles
El proyecto de decreto supremo que aprueba el Reglamento Nacional de Ferrocarriles y su exposición de motivos, publicó el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) para recibir los aportes de entidades públicas, privadas y de la ciudadanía.
De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 609-2025-MTC/01, los interesados tendrán 60 días para enviar sus comentarios, aportes u opiniones de la propuesta que se encuentra en la
sede digital del portafolio.
Estas expresiones se remitirán a la sede principal del MTC, con atención a la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Ferroviario de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, ubicada en el jirón Zorritos N° 1203 - Cercado de Lima, o a la dirección electrónica: normasferroviarias@mtc.gob.pe.
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Universidad San Marcos: actualización del Reglamento de Organización y Funciones
La Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM) actualizó su Reglamento de Organización y Funciones (ROF), mediante la Resolución Rectoral N° 009506-2025-R/UNMSM.
La norma recuerda que el artículo 18 de la Constitución Política del Perú establece que las universidades tienen autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico.
Estas casas de estudio, precisa, se rigen por sus estatutos en el contexto de la Constitución y sus leyes, dispositivo que en su aplicación resulta concordante con el artículo 8 de la Ley N° 30220-Ley Universitaria.
Esta última norma consagra la autonomía universitaria como una situación inherente para ejercer sus facultades y atribuciones de conformidad con la Constitución.
Esa autonomía se manifiesta en lo normativo, que implica la potestad autodeterminativa para la creación de normas internas (estatuto, reglamentos, entre otros) destinadas a regular la institución universitaria, subraya.
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