Evita sanciones por errores en el SIRE: SUNAT amplía su discrecionalidad tributaria
Atención, contribuyentes.
La decisión de la SUNAT, contenida en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.º 0032-2025-SUNAT/700000, amplía la facultad discrecional para los periodos julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2025, respecto de los numerales 2 y 10 del artículo 175 del mencionado código, bajo la condición de que la generación de los registros y/o sus ajustes se realice hasta el 31 de enero del 2026.
La SUNAT continuará promoviendo la adecuada implementación del SIRE, atendiendo las necesidades de los contribuyentes a través de servicios de calidad.
Para obtener más información pueden visitar nuestro portal institucional (www.sunat.gob.pe), seguirnos en nuestras redes sociales, comunicarse con nuestra central de consultas telefónicas al 0-801-12-100 y 315-0730, o visitar cualquiera de los Centros de Servicios al Contribuyente ubicados en todo el país.