• JUEVES 14
  • de mayo de 2026

Derecho

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DERECHO

Revise las principales normas legales publicadas del 22 al 28 de Junio del 2025


Domingo 22 de Junio del 2025

MINISTERIO DE SALUD
Disponen publicación del proyecto de resolución ministerial que aprueba la relación de productos y servicios prohibidos de comercializar y/o de brindar en farmacias, boticas, farmacias de los establecimientos de salud y botiquines

El Ministerio de Salud (Minsa) dispuso que la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General de dicho portafolio efectúe la publicación del proyecto de resolución ministerial que aprueba la relación de productos y servicios prohibidos de comercializar y/o de brindar en farmacias, boticas, farmacias de los establecimientos de salud y botiquines, en el contexto de lo dispuesto en el artículo 46° de la Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, en la sede digital del Minsa (https://www.gob.pe/institucion/minsa/normas-legales).

Esto, a efecto de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de las instituciones públicas o privadas, y de la ciudadanía en general, mediante el correo electrónico: webmaster@minsa.gob.pe., o en la mesa de partes presencial, ubicada en la Avenida Salaverry N° 801 - Jesús María, de lunes a viernes de 8:30 horas a 16:30 horas, durante el plazo de quince (15) días calendario, detalla la Resolución Ministerial N° 419-2025/MINSA.

El Minsa encarga a la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y comentarios que se presenten, así como la elaboración de la propuesta final correspondiente. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO
Otorgan el “Reconocimiento Héroes del Campo” a 135 productores agrarios y oficializan actividades con motivo de celebrarse el “Mes de la Agricultura” y el “Día del Campesino Peruano”
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del sábado 21 de Junio del 2025)

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) dispuso el otorgamiento del “Reconocimiento Héroes del Campo” conferido por dicho portafolio a favor de 135 productores agrarios seleccionados por los Comités de Gestión Regional Agrario (CGRA), destacados por su participación o contribución en la actividad agraria en materia agrícola, pecuaria y forestal en el país, mediante la Resolución Ministerial Nº 0236-2025-MIDAGRI.

A su vez, oficializa las actividades que se desarrollarán a escala nacional en el Año 2025, con motivo de celebrarse el “Mes de la Agricultura” y el “Día del Campesino Peruano”, en el contexto de las cuales se realizará el otorgamiento del “Reconocimiento Héroes del Campo”.

La Dirección General de Gestión Territorial del Midagri se encargará de la coordinación con cada CGRA, así como con las unidades de organización, programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos para la debida ejecución de las acciones necesarias para la oportuna entrega del “Reconocimiento Héroes del Campo” y el cumplimiento de las actividades conmemorativas al "Día del Campesino Peruano" con las instancias competentes de los gobiernos subnacionales. Conozca la norma aquí


Lunes 23 de Junio del 2025

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Aprueban el “Programa de Control de Documentos Archivísticos del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario”

El Ministerio de Educación (Minedu) aprobó el “Programa de Control de Documentos Archivísticos del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario”, mediante la Resolución Directoral Ejecutiva N° 00045-2025-PEIP-EB.

Dicho programa constituye una herramienta fundamental para fortalecer el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, al permitir la adecuada organización, valoración y disponibilidad de los documentos del Proyecto Especial de Inversión Pública (PEIP) Escuelas Bicentenario.

La Oficina de Tecnologías de Información se encargará de publicar el citado programa en el Portal Institucional (https://www.gob.pe/escuelasbicentenario) y en el Portal de Transparencia Estándar del PEIP Escuelas Bicentenario. Conozca la norma aquí


JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Modifican fecha de instalación de 55 Jurados Electorales Especiales de las Elecciones Generales 2026

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) determinó nuevas fechas de instalación de 55 Jurados Electorales Especiales (JEE) de las Elecciones Generales 2026, mediante la Resolución N° 0237-2025-JNE.

La norma modifica la Resolución N° 0128-2025-JNE, en el extremo que fijó la fecha de instalación de 55 Jurados Electorales Especiales de las Elecciones Generales 2026.

Así, los JEE de Chachapoyas, Huaraz, Abancay, Huamanga, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Trujillo, Lima Oeste 1, Lima Oeste 2, Huaura, Maynas, Tambopata, Mariscal Nieto, Pasco, Piura, Puno, Tacna, Tumbes y de Coronel Portillo se instalarán el 29 de Agosto del 2025.

En tanto los JEE de Bagua, Santa, Huari, Andahuaylas, Arequipa 2, Cailloma, Cangallo, Lucanas, Chota, Jaén, Canchis, Huamalíes, Leoncio Prado, Chanchamayo, Pacasmayo, Sánchez Carrión, Lambayeque, Lima Norte 1, Lima Norte 2, Lima Norte 3, Lima Oeste 3, Lima Sur 1, Lima Sur 2, Lima Este 1, Lima Este 2, Cañete, Huarochirí, Alto Amazonas, Piura 1, Sullana y de San Román se instalarán el 30 de Setiembre del 2025.

En cambio los JEE de Cajamarca y de Lima Centro 2 se instarán el 17 de Noviembre del 2025.

La medida obedece a la necesidad de procurar la pronta instalación de un mayor número de JEE que permita atender en tiempo oportuno la demanda de pronunciamientos referidos, principalmente, a expedientes sobre publicidad estatal. Más aún teniendo en cuenta que se proyecta la generación a escala nacional de más de 15,000 expedientes sobre publicidad estatal, por publicaciones en redes sociales institucionales. Conozca la norma aquí


SBS
Crean procedimiento administrativo para la aprobación de las modificaciones estatutarias de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) creó un procedimiento administrativo para la aprobación de las modificaciones estatutarias de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT).

Fue mediante la Resolución SBS Nº 02155-2025 con la cual se modifica el Reglamento de Acceso y Mantenimiento de inscripción en el Registro de las AFOCAT y el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la SBS.

En ese contexto, se precisa que para la inscripción de cualquier modificación estatutaria en los Registros Públicos, la AFOCAT deberá contar con la aprobación previa de la SBS.

Para tal efecto, en un plazo que no deberá exceder de cinco (5) días de acordada la modificación, la AFOCAT deberá remitir a dicha Superintendencia el acta por la cual es aprobada la modificación por la Asamblea General y el proyecto de minuta que contenga las modificaciones estatutarias.

La SBS deberá emitir el pronunciamiento dentro del plazo de sesenta (60) días de presentada la respectiva solicitud. En caso esta Superintendencia apruebe las modificaciones estatutarias que se pretenden realizar, la AFOCAT procederá a inscribir dichas modificaciones en los Registros Públicos. Conozca la norma aquí


Martes 24 de Junio del 2025

CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32391: Declaran de interés nacional la  construcción de un malecón turístico para las playas del distrito de Samuel Pastor, provincia de Camaná, departamento de Arequipa

El Congreso de la República publicó la Ley N° 32391, Ley que declara de interés nacional la construcción de un malecón turístico para las playas del distrito de Samuel Pastor, provincia de Camaná,  departamento de Arequipa.

De acuerdo con la norma, aprobado por el Poder Legislativo por insistencia, se convoca la participación articulada del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, del Gobierno Regional de Arequipa, de la Municipalidad Provincial de Camaná y de la Municipalidad Distrital de Samuel Pastor, a fin de impulsar dicha zona como destino del turismo y promover su crecimiento económico. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Incrementan a un millón de soles el monto máximo de la recompensa por información que coadyuve a lograr la captura de los jefes, dirigentes o cabecillas de las organizaciones criminales autores, presuntos autores o partícipes de delitos de alta lesividad

El Poder Ejecutivo incrementó a un millón de soles el monto máximo de la recompensa por información que coadyuve a lograr la captura de los jefes, dirigentes o cabecillas las organizaciones criminales autores, presuntos autores o partícipes de delitos de alta lesividad.

Fue mediante el Decreto Supremo N° 086-2025-PCM con el cual se modifica el literal b) del Anexo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1180, que establece el beneficio de recompensas para promover y lograr la captura de miembros de las organizaciones criminales, organizaciones terroristas y responsables de delitos de alta lesividad.

De esta manera se mejora el incentivo para la participación de ciudadanos en la lucha contra la criminalidad, con la entrega de información que permita la búsqueda, captura y/o entrega de jefes, dirigentes o cabecillas de organizaciones criminales; y, reducir los índices de criminalidad que afectan el orden interno y la seguridad ciudadana.

Esto, teniendo en cuenta que las organizaciones criminales cuentan con recursos económicos que les permiten mantenerse en la clandestinidad mediante mecanismos, como la compra de silencio, constantes traslados, seguridad y protección, alojamiento en lugares lujosos, uso de documentación falsa, entre otros. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
El Ministro de Economía y Finanzas participará en “CLXXXV Reunión del Directorio de la CAF”, que se llevará a cabo en la ciudad de Sevilla, Reino de España, el 29 de junio del 2025

El señor RAÚL RICARDO PEREZ REYES ESPEJO, Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas participará en “CLXXXV Reunión del Directorio de la CAF”, que se llevará a cabo en la ciudad de Sevilla, Reino de España, el 29 de junio del 2025.

La CLXXXV Reunión del Directorio de la CAF (Banco de Desarrollo de América Latina y el Caribe) tiene como objetivo convocar a los miembros del Directorio de este banco para tratar, entre otros, los siguientes puntos: 

i) Aprobación del Acta de la CLXXXIV Reunión del Directorio y de la Reunión Extraordinaria del Directorio del 27 de mayo de 2025.
ii) Disposición de acciones Serie C para: Barbados para su conversión a
país miembro, Guatemala y Santa Lucía.
iii) Consideración de operaciones de crédito, programas y proyectos.
iv) Extensión del Plazo para la Suscripción de Acciones Capital Ordinario - Décima Capitalización 2022.
v) Informe de avance de la Estrategia Corporativa de la CAF.

Además, el titular del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) asistirá los días 29 y 30 de junio del 2025, en la ciudad de Sevilla a reuniones de alto nivel, denominadas: “Fomentando la asociación CELAC-UE a través de la promoción de inversiones”: encuentro entre ministros de Economía y Finanzas de la CELAC y representantes de instituciones económicas europeas; y “Sinergias Sur-Sur: Financiación del desarrollo en América Latina y el Caribe a través de alianzas estratégicas con el Grupo de Coordinación Árabe”: reunión entre ministros de Economía y Finanzas de la CELAC, OPEC y los fondos que integran el Grupo de Coordinación Árabe (Arab
Coordination Group).

Para tal efecto, el Poder Ejecutivo autorizó el viaje del señor RAÚL RICARDO PEREZ REYES ESPEJO, Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas, a la ciudad de Sevilla, Reino de España, del 27 de junio al 1° de julio del 2025, mediante la Resolución Suprema Nº 146-2025-PCM.

De acuerdo con la norma se encarga el Despacho de Economía y Finanzas al señor JORGE LUIS JOSE MONTERO CORNEJO, Ministro de Estado en el Despacho de Energía y Minas, en tanto dure la ausencia del titular. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Crean el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal con el objeto de elaborar propuestas normativas de modificación al Código Penal, Código Procesal Penal y a la Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas por el delito de cohecho activo transnacional

El Poder Ejecutivo creó el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal con el objeto de elaborar propuestas normativas de modificación al Código Penal, Código Procesal Penal y a la Ley Nº 30424, Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas por el delito de cohecho activo transnacional, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM). 

De acuerdo con la Resolución Ministerial Nº 141-2025-PCM, dicho Grupo de Trabajo Multisectorial estará presidido por el Secretario de la Secretaría de Integridad Pública de la PCM. Además, estará integrado por representantes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh), Ministerio Público, Poder Judicial y de la Procuraduría General del Estado.

Los integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial, que contarán con un representante alterno que asistirá a las reuniones en caso de ausencia del titular, ejercerán sus funciones ad honórem.

La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial estará a cargo de la Subsecretaría de Gestión Estratégica de la Integridad Pública de la Secretaría de Integridad Pública de la PCM.

El Grupo de Trabajo Multisectorial se instalará en un plazo máximo de doce (12) días hábiles, contado a partir del día hábil siguiente de la publicación de la citada Resolución Ministerial y, tendrá un período de vigencia de nueve meses, contado a partir del día siguiente de la publicación de la mencionada Resolución Ministerial, en cuyo plazo se presentará un informe final al titular de la PCM. Conozca la norma aquí


PODER JUDICIAL
Disponen que las Cortes Superiores de Justicia del país procedan a la convocatoria de los Concursos de Selección de Jueces Supernumerarios en su jurisdicción

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) dispuso que las Cortes Superiores de Justicia del país procedan a la convocatoria de los Concursos de Selección de Jueces Supernumerarios en su jurisdicción; así como culminar en breve término los concursos iniciados, o realizar nuevos concursos en los casos que corresponda.

De acuerdo con la Resolución Administrativa N° 000198-2025-CE-PJ se dispone también que cuando se requiera la designación de un juez, se procederá en el siguiente orden:

1) Se designará al juez titular del grado inmediato anterior, como provisional.
2) Ante la falta de ellos, se procederá a convocar al juez supernumerario de la lista de aptos elaborada por la Junta Nacional de Justicia.
3) En su defecto, a los abogados inscritos en la Nómina de Abogados Aptos para el desempeño como jueces supernumerarios/as de la Corte Superior.
4) En defecto de los anteriores, se prorrogará hasta el 31 de diciembre del 2025 la delegación de facultad a las presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, para designar a trabajadores de su Distrito Judicial, o de otros Distritos Judiciales ante la falta de aquellos, como
juez supernumerario; siempre y cuando cumplan con los requisitos de ley, no tengan incompatibilidad y sean los más idóneos. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
El Ministro de Relaciones Exteriores asistirá al Quincuagésimo Quinto Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la OEA, bajo el lema “Construyendo economías resilientes e inclusivas en las Américas”, que se realizará en la ciudad de Saint John’s, Antigua y Barbuda, del 25 al 27 de junio del 2025
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del lunes 23 de Junio del 2025)

El Embajador en el Servicio Diplomático de la República, ELMER JOSE GERMAN GONZALO SCHIALER SALCEDO, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores participará en el Quincuagésimo Quinto Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la OEA, bajo el lema “Construyendo economías resilientes e inclusivas en las Américas”, que se realizará en la ciudad de Saint John’s, Antigua y Barbuda, del 25 al 27 de junio del 2025.

Para tal efecto, el Poder Ejecutivo autorizó el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, ELMER JOSE GERMAN GONZALO SCHIALER SALCEDO, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Saint
John’s, Antigua y Barbuda, del 24 al 29 de junio del 2025, mediante la Resolución Suprema Nº 145-2025-PCM.

De acuerdo con la norma, se encarga el Despacho de Relaciones Exteriores al señor EDUARDO MELCHOR ARANA YSA, Presidente del Consejo de Ministros, en tanto dure la ausencia del titular. Conozca la norma aquí


Miércoles 25 de Junio del 2025

MINISTERIO DEL AMBIENTE
Actualizan el Reglamento de la Notificación Obligatoria Vía Casilla Electrónica del
Ministerio del Ambiente

El Ministerio del Ambiente (Minam) actualizó y adecuó el Reglamento de Notificación Obligatoria Vía Casilla Electrónica de este portafolio conforme a las disposiciones otorgadas en la Ley Nº 31736, Ley que regula la notificación administrativa mediante casilla electrónica y conforme a las modificaciones realizadas al Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, y establece disposiciones sobre las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo.

Para tal efecto el Minam modificó los artículos 4°, 8°, y 12° del Reglamento de Notificación Obligatoria Vía Casilla Electrónica del Ministerio del Ambiente aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2021-MINAM, Decreto Supremo que dispone la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica del Ministerio del Ambiente y aprueba su Reglamento, mediante el Decreto Supremo Nº 013-2025-MINAM.

De acuerdo con la norma modificatoria el procedimiento de notificación mediante casilla electrónica se inicia con el depósito del acto administrativo o actuación administrativa en la casilla electrónica del administrado por parte del Minam lo que, automáticamente, genera la constancia de notificación electrónica y el acuse de recibo que contendrá la confirmación de recepción de la notifcación por parte del administrado; asimismo, se envía la comunicación al correo electrónico y al teléfono celular del administrado con los datos de la notificación válidamente efectuada. 

El administrado deberá efectuar la confirmación de la recepción mediante el acuse de recibo durante los cinco primeros días hábiles siguientes a la notificación válidamente efectuada.

La notificación surte efectos desde la fecha de confirmación del acuse de recibo. En caso de que haya transcurrido el plazo señalado sin que los administrados a quienes el Minam deba notificar actuaciones administrativas o actos administrativos mediante el Sistema de Casillas Electrónicas del Minam hayan accedido al mensaje de notificación enviado a su buzón de notificaciones, se tiene por válidamente notificado, surtiendo efectos del acto notificado a partir del primer día hábil siguiente de transcurrido dicho plazo.

La notificación se realiza de lunes a viernes durante el horario de atención a la ciudadanía del Minam, y los plazos se computan desde el día hábil siguiente en que la notificación vía casilla electrónica adquiere eficacia, salvo que en el acto administrativo o la actuación administrativa notificada se señale una fecha posterior.

Si la notificación se efectúa fuera de dicho horario, se considerará notificado para sus efectos en el día hábil siguiente a la primera hora. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DEL AMBIENTE
Modifican regulación sobre la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica de los actos administrativos y actuaciones administrativas emitidas por el OEFA

El Ministerio del Ambiente (Minam) modificó la regulación sobre la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica de los actos administrativos y actuaciones administrativas emitidas por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) y crea el Sistema de Casillas Electrónicas del OEFA, mediante el Decreto Supremo Nº 014-2025-MINAM.

Esto con la finalidad de: (i) adecuar su contenido conforme a las disposiciones señaladas en la Ley Nº 31736, Ley que regula la notificación administrativa mediante casilla electrónica; y, (ii) ampliar su alcance a efectos de habilitar la notificación vía casilla electrónica de los actos administrativos y actuaciones administrativas emitidas en el marco del procedimiento de ejecución coactiva del OEFA, que permitirá garantizar la inmediatez, celeridad y efectividad de las notificaciones comprendidas dentro del Sistema de Casillas Electrónicas del OEFA, en el contexto de la normativa vigente.

La norma modificatoria deroga el artículo 4° y modifica los artículos 1°, 5° y 6° del Decreto Supremo N° 002-2020-MINAM que aprueba la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica de los actos administrativos y actuaciones administrativas emitidas por el OEFA y crea el Sistema de Casillas Electrónicas del OEFA y establece otras disposiciones. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Aprueban “Lineamientos generales para la implementación de acciones de bienestar dirigidas a los docentes, en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial”

El Ministerio de Educación (Minedu) aprobó el lineamiento denominado “Lineamientos generales para la implementación de acciones de bienestar dirigidas a los docentes, en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial”, mediante la Resolución Viceministerial N° 066-2025-MINEDU.

El documento brinda orientaciones para la generación e implementación de estrategias, instrumentos, mecanismos, intervenciones, colaboraciones u otras acciones destinadas a la mejora de las condiciones asociadas al bienestar de los docentes del régimen laboral de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial.

El Minedu dispuso la publicación del lineamiento en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital de (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la citada Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
Crean el “Grupo de Trabajo para la mejora de la gobernanza, la sostenibilidad financiera, de integridad, transparencia y lucha contra la corrupción y de la mejora de la calidad de los servicios de salud, del Seguro Social de Salud – ESSALUD”

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) crea el Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente de este portafolio, denominado “Grupo de Trabajo para la mejora de la gobernanza, la sostenibilidad  financiera, de integridad, transparencia y lucha contra la corrupción y de la mejora de la calidad de los servicios de salud, del Seguro Social de Salud - ESSALUD”, mediante la Resolución Ministerial N° 097-2025-TR.

Este Grupo de Trabajo, que estará presidido por el Viceministro de Trabajo, tiene por objeto elaborar propuestas de acciones y medidas de política para mejorar la gobernanza, la sostenibilidad financiera, la promoción de la integridad, transparencia y lucha contra la corrupción; así como mejorar las prestaciones de salud, económicas y sociales a favor de los asegurados.

Integrarán también dicho Grupo de Trabajo representantes del Despacho Ministerial del MTPE; de la Organización Internacional del Trabajo; de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito; y de la Academia Nacional de Medicina.

Además, contará con una Secretaría Técnica y se instalará en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la mencionada Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

El citado Grupo de Trabajo podrá sesionar de manera presencial, virtual o mixta y tendrá una vigencia por un período de noventa (90) días hábiles, contados a partir del día siguiente de su instalación, pudiendo prorrogarse dicho plazo por un período adicional. Conozca la norma aquí


OSIPTEL
Aprueban el “Reglamento del Consejo de Usuarios del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones”

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) aprobó el “Reglamento del Consejo de Usuarios del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones”, mediante la Resolución N° 000060-2025-CD/OSIPTEL.

La norma reglamentaria determina la composición y cantidad de miembros del Consejo de Usuarios del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), así como sus competencias, el funcionamiento y las reglas para la elección de sus miembros.

La elección de los miembros del Consejo de Usuarios de entre los representantes de las asociaciones de consumidores y/o usuarios, universidades, colegios profesionales, organizaciones sin fines de lucro vinculadas al mercado de los servicios públicos de telecomunicaciones, y organizaciones del sector empresarial no vinculadas al mercado de los servicios públicos de telecomunicaciones, se realizará en votación pública conforme a las reglas contenidas en la Ley N° 27332, su reglamento, así como en la norma reglamentaria aprobada.

El Consejo Directivo del Osiptel designará, para cada proceso de elección, un comité electoral responsable de su conducción y desarrollo, con arreglo a las normas vigentes.

El Consejo de Usuarios del Osiptel se instalará y funcionará en la ciudad de Lima, y sesionará de forma presencial, virtual o mixta. Conozca la norma aquí


Jueves 26 de Junio del 2025

PODER EJECUTIVO
El Ministro de Desarrollo Agrario y Riego sostendrá reuniones de trabajo en Beijing, República Popular China durante la primera semana de Julio

El Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego, ANGEL MANUEL MANERO CAMPOS realizará una visita oficial a la ciudad de Beijing, República Popular China, durante la primera semana de Julio del presente año, para sostener reuniones de trabajo con el objetivo de dialogar sobre la agenda de cooperación técnica y económica, para profundizar el comercio mediante la apertura de mercados, principalmente relacionado a los avances para la suscripción de protocolos para la exportación de granada, carne de vacuno y aves de corral.

Para tal efecto, el Poder Ejecutivo autorizó su viaje a la ciudad de Beijing, República Popular China del 29 de junio al 5 de julio de 2025, mediante la Resolución Suprema Nº 147-2025-PCM.

Durante la mencionada visita se realizará el evento de promoción de inversiones y comercio en el sector agrario peruano, donde el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego presentará las oportunidades de inversión y comercio, lo cual contribuirá significativamente a reforzar el posicionamiento del Perú como destino atractivo para la inversión en el sector agrario, fomentando alianzas estratégicas e impulsando la complementariedad económica entre ambos países, promoviendo inversiones orientadas a mejorar la infraestructura, productividad y la seguridad alimentaria para el desarrollo del sector.

Además, la indicada visita oficial contribuirá a la implementación del área de agricultura del Plan de Acción Conjunta 2024-2029 suscrito por ambos Estados y de la Declaración conjunta entre la República del Perú y la República Popular China sobre la profundización de la Asociación Estratégica Integral, adoptada el pasado 14 de noviembre del 2024.

De acuerdo con la citada Resolución Suprema se encarga el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego al señor SERGIO GONZALES GUERRERO, Ministro de Estado en el Despacho de la Producción, en tanto dure la ausencia del titular. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Aprueban el “Lineamiento para el diseño y desarrollo de servicios o plataformas digitales accesibles para personas con discapacidad en las entidades de la Administración Pública”

El Poder Ejecutivo aprobó el “Lineamiento para el diseño y desarrollo de servicios o plataformas digitales accesibles para personas con discapacidad en las entidades de la Administración Pública”, mediante la Resolución de Secretaría de Gobierno y Transformación Digital Nº 001-2025-PCM/SGTD.

Dicho lineamiento tiene como objetivo emitir disposiciones para que las entidades de la Administración Pública incorporen obligatoriamente los criterios de accesibilidad en el entorno digital para el diseño y desarrollo de los servicios o plataformas digitales, a fin de que todas las personas, independientemente de sus capacidades y habilidades, accedan y hagan uso de los servicios o plataformas digitales en igualdad de condiciones.

Las entidades de la Administración Pública implementarán las disposiciones contenidas en el lineamiento conforme a los siguientes plazos:

a) Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial en un plazo no mayor de (12) doce meses
b) Organismos Constitucionales Autónomos en un plazo no mayor de (12) doce meses.
c) Gobiernos regionales y universidades públicas en un plazo no mayor de (12) doce meses.
d) Gobiernos locales Tipo A y Tipo C en un plazo no mayor de (18) meses.
e) Gobiernos locales Tipo B en un plazo no mayor de (24) meses.
f) Las empresas públicas de los gobiernos regionales, locales, o bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE) en un plazo no mayor de (12) meses.
g) Las entidades del artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, o norma que lo sustituya, no comprendidas anteriormente en un plazo no mayor de (18) meses.

Las demás entidades implementarán las disposiciones del citado lineamiento en función a sus capacidades y recursos.

De acuerdo con la mencionada resolución, se dispuso la publicación del referido lineamiento  en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm) de la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe).

La Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) emitirá las guías complementarias para el lineamiento, en un plazo no mayor de ciento ochenta (180) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la citada resolución en el Diario Oficial El Peruano. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DEL AMBIENTE
Disponen publicación del proyecto de “Guía para la elaboración o actualización de las Estrategias Regionales de Diversidad Biológica”

El Ministerio del Ambiente (Minam) dispuso la publicación del proyecto de “Guía para la elaboración o actualización de las Estrategias Regionales de Diversidad Biológica”, así como el proyecto de Resolución Ministerial que lo aprueba, mediante la Resolución Ministerial Nº 00171-2025-MINAM.

Dicha publicación se realiza en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/1024-consultas-publicas-de-proyectos-normativos-minam), para recibir los comentarios, aportes u opiniones de los interesados, por un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la citada Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Los comentarios, aportes u opiniones sobre el mencionado proyecto deberán remitirse por escrito al Minam, sito en la Avenida Antonio Miroquesada Nº 425, primer piso, distrito de Magdalena del Mar, Lima o por el Sistema de Trámite Cero Papel – Minam (https://app.minam.gob.pe/ceropapel/); o a la dirección electrónica endb@minam.gob.pe; siendo la Dirección de Conservación de Ecosistemas y Especies de la Dirección General de Diversidad Biológica la encargada de su recepción, sistematización y análisis. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Aprueban el Reglamento de la Ley que crea el Consejo Nacional de Política Criminal

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) aprobó el Reglamento de la Ley Nº 29807, Ley que crea el Consejo Nacional de Política Criminal, mediante el Decreto Supremo Nº 012-2025-JUS.

La norma reglamentaria regula los alcances de dicha ley estableciendo las definiciones, conformación, funciones y funcionamiento del Consejo Nacional de Política Criminal con la finalidad de fijar el funcionamiento de este consejo en relación con la gestión de las políticas públicas que buscan comprender, prevenir, controlar, reducir y sancionar la criminalidad, además de mejorar la gestión de la información criminológica.

El Reglamento de la Ley N° 29807 consta de cuatro (4) títulos, dos (2) capítulos, tres (3) subcapítulos y veintitrés (23) artículos. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Plantean modificación reglamentaria para viabilizar el acceso a la pensión por orfandad de la asistencia económica a las niñas, niños y adolescentes provenientes de las comunidades campesinas, comunidades nativas y pueblos indígenas u originarios

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables aprobó la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el artículo 7° del Reglamento de la Ley N° 31405, Ley que promueve la protección y desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en situación de orfandad, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2022-MIMP, y su exposición de motivos, en las sedes digitales de dicho portafolio (www.gob.pe/mimp) y del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar (INABIF) (www.gob.pe/inabif).

De acuerdo con la Resolución Ministerial Nº 000235-2025-MIMP, la propuesta modificatoria reglamentaria plantea cambios en la forma y medios de presentación del formulario de solicitud que se debe presentar para el acceso a la pensión por orfandad de la asistencia económica a las niñas, niños y adolescentes provenientes de las comunidades campesinas, comunidades nativas y pueblos indígenas u originarios, con pertinencia cultural y lingüística.

En ese contexto, se propone establecer tanto el otorgamiento de oficio de este beneficio siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el citado reglamento como la participación de los representantes de dichas comunidades y pueblos en el procedimiento de entrega de la mencionada pensión.

De esta manera, con la propuesta normativa se busca viabilizar el acceso a la pensión por orfandad de la asistencia económica a las niñas, niños y adolescentes provenientes de las comunidades campesinas, comunidades nativas y pueblos indígenas u originarios de nuestro país, contribuyendo a su protección integral y coadyuvando con el ejercicio de sus derechos como son la alimentación, educación, terapias especializadas entre otros relacionados a su desarrollo integral.

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables estableció un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la citada Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas y/o privadas y de la ciudadanía en general.

Además, dispuso que los comentarios, aportes u opiniones al proyecto normativo sean remitidos a través de la Mesa de Partes Virtual del INABIF o mediante la dirección de correo electrónico: comentariosuae@inabif.gob.pe.

El INABIF será el encargado de recibir, procesar y sistematizar los aportes, sugerencias, comentarios y/o recomendaciones que se presenten con relación al proyecto de Decreto Supremo que modifica el artículo 7° del Reglamento de la Ley Nº 31405. Conozca la norma aquí


PRODUCE
Aprueban 10 Normas Técnicas Peruanas en su versión 2025, sobre aditivos alimentarios, concreto, fertilizantes y ecoeficiencia

El Ministerio de la Producción (Produce), mediante el Instituto Nacional de Calidad (INACAL) aprobó 10 Normas Técnicas Peruanas en su versión 2025, sobre aditivos alimentarios, concreto, fertilizantes y ecoeficiencia.

Además, de acuerdo con la Resolución Directoral N° 000012-2025-INACAL/DN se dejan sin efecto las versiones anteriores de dichas normas técnicas. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE SALUD
Disponen la difusión e implementación de las “Líneas Nacionales de Investigación en Salud al 2030”

El Ministerio de Salud (Minsa) dispuso la difusión e implementación de las “Líneas Nacionales de Investigación en Salud al 2030”, mediante la Resolución Ministerial Nº 424-2025/MINSA.

El documento, aprobado por el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Salud, tiene por finalidad orientar y priorizar la producción científica hacia las necesidades de salud en el país, asegurando que los estudios generen evidencia científica relevante para la toma de decisiones y el diseño de políticas públicas.

De acuerdo con la mencionada Resolución Ministerial se deroga la Resolución Ministerial Nº 729-2022/MINSA, que aprueba las “Prioridades Nacionales de Investigación en Tuberculosis en el Perú 2022-2025”.

El Minsa encarga a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General de dicho portafolio la publicación de las "Líneas Nacionales de Investigación en Salud al 2030”. Conozca la norma aquí


OSINERGMIN
Publican para comentarios la Resolución de Consejo Directivo que precisa la Norma “Compensación por Cargo de Confiabilidad de la Cadena de Suministro de Energía”

El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) autorizó la publicación del proyecto de resolución de Consejo Directivo que precisa la Norma “Compensación por Cargo de Confiabilidad de la Cadena de Suministro de Energía” aprobado con Resolución Nº 140-2015-OS/CD, conjuntamente con su exposición de motivos y el Informe Técnico Legal Nº 499-2025-GRT en su portal web institucional: https://www.gob.pe/institucion/osinergmin/colecciones/5514-proyectos-normativos-paracomentarios y en: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2025.aspx.

De acuerdo con la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Osinergmin Nº 78-2025-OS/PRES se otorga un plazo de quince (15) días calendario para que los interesados remitan sus comentarios al proyecto normativo a través de la Ventanilla Virtual de Osinergmin: https://ventanillavirtual.osinergmin.gob.pe/, o a la siguiente dirección electrónica: fita@osinergmin.gob.pe, o mediante la mesa de partes física con las que Osinergmin cuenta a escala nacional.

El Osinergmin encarga a su Gerencia de Regulación de Tarifas la recepción y análisis de las opiniones y sugerencias que se presenten sobre el proyecto de resolución; así como la elaboración y presentación de la propuesta final al Consejo Directivo de Osinergmin. Conozca la norma aquí


SUNAT
Postergan al período enero del 2026, la oportunidad desde la cual deben llevar sus registros en el Sistema Integrado de Registros Electrónicos los principales contribuyentes obligados a ello a partir del período julio del 2025

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) postergó, del período julio del 2025 al período enero del 2026, la oportunidad a partir de la cual deben llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras mediante el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE), los principales contribuyentes que se encuentran obligados a llevar los mencionados registros.

De acuerdo con la Resolución de Superintendencia N° 000217-2025/SUNAT dicha postergación tiene por finalidad facilitar la implementación del SIRE a los sujetos comprendidos en la referida postergación.

Para tal efecto se modifican:

a) La Resolución de Superintendencia N° 000112-2021/SUNAT, que dicta nuevas disposiciones para el llevado del Registro de Ventas e Ingresos en forma electrónica y modifica resoluciones de superintendencia relacionadas con dicho tema.
b) La Resolución de Superintendencia N° 000040-2022/SUNAT, que aprueba el SIRE y el Módulo para el llevado del Registro de Compras que se incorpora en dicho sistema. Conozca la norma aquí


SUNAT
Aprueban la facultad discrecional para no sancionar infracciones previstas en la Ley General de Aduanas

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) dispuso la aplicación de la facultad discrecional para no determinar ni sancionar las infracciones tipificadas en los incisos c), e) e i) del artículo 197° y en los incisos b) y d) del artículo 198° de la Ley General de Aduanas, identificadas con los códigos N20, N21, N77, N64, N78, N66, N79, N80, N69, N81, N71, P11, P12, P87, P69, P88, P90 y P75, siempre que se cumpla en forma conjunta determinadas condiciones.

Fue mediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 000014-2025-SUNAT/300000 con la cual se establece, además, que no procederá la devolución ni compensación de los pagos realizados vinculados a las infracciones materia de aquella facultad discrecional.

Entre las infracciones que no se sancionarán figuran no transmitir la información o no proporcionar la documentación necesaria para regularizar el régimen aduanero, en la forma y el plazo establecidos legalmente o dispuestos por la Administración Aduanera; así como asignar una subpartida nacional incorrecta, si existe incidencia en los tributos o recargos, cuando se subsana antes de cualquier requerimiento o notificación de la Administración Aduanera. Todo ello siempre que se cumplan en forma conjunta determinadas condiciones que se especifican. Conozca la norma aquí


SUNAT
Prorrogan la aplicación de la facultad discrecional en la administración de sanciones por infracciones relacionadas con la emisión de la Guía de Remisión Electrónica 

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) prorrogó lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N° 000052-2022-SUNAT/700000 respecto de las infracciones a que se refiere dicha resolución y que sean detectadas desde el 1° de julio del 2025 hasta el 30 de junio del 2026.

De acuerdo con la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N° 000026-2025-SUNAT/700000 conforme a la información obtenida de los sistemas de dicha Superintendencia Nacional y de las intervenciones presenciales efectuadas, se ha revelado
que aún existen remitentes y transportistas que no han culminado la implementación de la Guía de Remisión Electrónica (GRE).

Por ende, la entidad recaudadora considera conveniente efectuar la citada prórroga del lapso durante el cual se aplica la facultad discrecional de sancionar prevista, para que los sujetos obligados a emitir la GRE puedan concluir las adecuaciones necesarias para que su emisión se realice de manera correcta. Conozca la norma aquí


Viernes 27 de Junio del 2025

Publican nueva Ley General de Turismo

El Poder Ejecutivo publicó la Ley Nº 32392 que regula la nueva Ley General de Turismo destinado a impulsar la actividad turística como motor del desarrollo económico, social y ambientalmente sostenible.

La norma busca que el turismo no solo genere ingresos, sino que también promueva el respeto por el medioambiente, la inclusión social y la protección del patrimonio natural y cultural.

La ley reconoce al turismo como una actividad estratégica para el país. En su artículo 2, establece como finalidad fomentar un desarrollo turístico sostenible y competitivo, basado en principios de equidad, sostenibilidad y competitividad. Asimismo, incorpora a la artesanía como parte del ecosistema turístico, alineándola con estos mismos objetivos.

En el artículo 3, la norma declara de interés nacional al turismo y lo define como una política prioritaria del Estado, destacando su potencial para generar empleo, dinamizar las economías locales y contribuir al desarrollo con responsabilidad ambiental.

Con esta nueva legislación, el Estado busca consolidar un enfoque de turismo responsable que beneficie tanto a visitantes como a operadores y comunidades anfitrionas, fortaleciendo la identidad cultural y promoviendo la conservación de los recursos para las futuras generaciones. Consulta la norma aquí.



Aprueban nuevo reglamento del Fondo de Vivienda Militar y Policial

El Poder Ejecutivo aprobó el nuevo Reglamento de la Ley N° 24686, norma que creó el Fondo de Vivienda Militar y Policial en cada uno de los institutos de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.

Este reglamento actualiza y adecúa el funcionamiento del fondo a las sucesivas modificaciones normativas que ha experimentado desde su creación, incorporando además criterios del régimen remunerativo vigente.

En ese sentido, considera los lineamientos del Decreto Legislativo N° 1132 y su reglamento, que establecen la nueva estructura de ingresos del personal militar y policial, precisa el Decreto Supremo Nº 003-2025-DE. 

La actualización del reglamento busca mejorar la administración de los recursos del fondo, optimizar los beneficios para los efectivos en actividad y facilitar el acceso a soluciones habitacionales.

El Fondo de Vivienda es una herramienta clave para atender una demanda sensible del personal en servicio: la posibilidad de contar con una vivienda digna. La norma refuerza el compromiso del Estado con la mejora de las condiciones de vida de quienes garantizan la seguridad y defensa nacional. Consulta la norma aquí.


Publican cartilla orientativa sobre ingreso de turistas menores a hospedajes

Mediante la Resolución Directoral N° 0018-2025-MINCETUR/VMT/DGPDT, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo aprobó la Cartilla orientativa para la verificación de la documentación exigida a turistas menores de edad extranjeros, en el marco de la Ley N° 30802.

Esta herramienta tiene como finalidad brindar pautas claras a los establecimientos de hospedaje para verificar adecuadamente la documentación exigida al momento del ingreso de niñas, niños y adolescentes extranjeros a sus habitaciones, en compañía de uno o ambos padres, tutor o responsable legal.

De acuerdo con la Ley N° 30802, se busca garantizar la protección e integridad de los menores, estableciendo que solo podrán ingresar acompañados por personas debidamente acreditadas mediante documentos que demuestren la relación legal o judicial, o mediante autorización escrita con firma legalizada por notario.

Están exceptuados de este requisito los adolescentes mayores de 16 años que hayan adquirido capacidad legal por matrimonio o por título oficial, conforme al artículo 46 del Código Civil, siempre que acrediten dicha condición con los instrumentos públicos correspondientes. Consulta la norma aquí.


Modifican plazo de entrada en vigencia de cambios al Compendio del SPP

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) modificó el plazo de vigencia dispuesto en el artículo décimo de la Resolución SBS N° 1565-2025, que establecía la entrada en vigor de los cambios a los Títulos IV y VII del Compendio de Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Pensiones (SPP) para el 1 de julio de 2025.

Mediante la Resolución SBS N° 02261-2025, publicada en el diario oficial El Peruano, se dispone que la nueva fecha de inicio será el 1 de noviembre de 2025. Esta ampliación responde a lo informado por las AFP y empresas de seguros, quienes señalaron la necesidad de contar con mayor tiempo para adecuar sus sistemas operativos y mitigar los riesgos relacionados con la implementación.

Cabe recordar que el Título IV regula la información al afiliado y al público en general, mientras que el Título VII aborda las prestaciones del SPP. Las modificaciones introducidas buscan elevar los estándares de idoneidad, eficiencia y transparencia en la entrega de beneficios previsionales.

La resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación y permite una implementación más ordenada y segura del nuevo marco normativo. Consulta la norma aquí.


Sábado 28 de Junio del 2025

Veteranos de guerra: se establece atención preferente en establecimientos públicos y privados

El Gobierno publicó la Ley N° 32393, que modifica la Ley N° 30826, Ley del veterano de guerra y de la pacificación nacional, con la finalidad de incorporar el beneficio de la atención preferente para los comprendidos en la norma.

De esta manera, se precisa que los veteranos de guerra y de la pacificación nacional acreditados, conforme a lo estipulado en la ley, gozarán de atención preferente en establecimientos públicos y privados de atención al público

Los gobiernos locales promoverán que los establecimientos públicos y privados brinden atención preferente a los acreditados como veteranos de guerra y de la pacificación nacional.

En caso de que no cumplan con otorgar el beneficio de atención preferente, se aplicarán las disposiciones sobre multa y entidad competente, incluidas en los artículos 3 y 5 de la Ley N° 27408, que establece la atención preferente a mujeres embarazadas, niñas, niños, adolescentes, adultos mayores y personas con discapacidad, advierte la ley. Conozca la norma aquí.


Minsa: modifican el Reglamento de la Ley N° 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud-SERUMS

El Reglamento de la Ley N° 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud (Serums), modificó el Ministerio de Salud (Minsa) con la finalidad de cambiar las competencias del citado portafolio y del Comité Central de Serums, entre otras, para mejorar el desarrollo del proceso.

Así, mediante Resolución Ministerial N° 428-2025/Minsa se precisa que los profesionales de la salud que no alcancen adjudicar una plaza Serums modalidad remunerada podrán participar en la adjudicación de plazas Serums modalidad equivalente (ad honorem), conforme a la oferta para cada proceso. 

Los profesionales que adjudiquen una plaza equivalente deberán cumplir un horario de 18 horas semanales por un período de hasta 12 meses calendario. 

La institución ofertante de plazas Serums en la modalidad equivalente proporcionará alimentación y movilidad local al profesional de la salud que adjudique una de sus plazas, en las fechas que realice su servicio, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal con la que cuente. 

En caso de que la institución ofertante de plazas cuente con el servicio de alimentación o movilidad local, puede proporcionarlos de manera directa al profesional de la salud que adjudique una de sus plazas Serums en la modalidad equivalente, subraya la norma. Conozca la norma aquí.


Poder Judicial: magistrados se reunirán en la Corte Superior de Justicia de Tacna
  
El XIV Congreso Nacional de Jueces del Poder Judicial se llevará a cabo en la Corte Superior de Justicia de Tacna, dispuso el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ).

Al respecto, la Resolución Administrativa N° 0202-2025-CE-PJ modificó en este extremo la Resolución Administrativa Nº 000101-2025-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. 

La norma encarga a la Comisión Organizadora del XIV Congreso Nacional de Jueces del Poder Judicial, las coordinaciones necesarias para la organización del evento en la nueva sede. Conozca la norma aquí.


SAT-Lima: oficializan incorporación de denuncia virtual ante eventuales actos de corrupción

La Directiva para la Atención de Denuncias de Presuntos Actos de Corrupción en el Servicio de Administración Tributaria, aprobada con Resolución Jefatural N° 001-004-00004742, modificó la citada entidad con el fin de que se incorpore de manera oficial a la Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano como el principal canal de recepción de estas acusaciones de los contribuyentes de Lima Metropolitana.

La Resolución de Gerencia General N° 286-004-00000145 señala que las formas de presentación de la denuncia serán tres: verbal o testimonial, escrita y virtual.

La primera procederá cuando el denunciante se apersone a la sede central del SAT (jirón Camaná N° 370-Cercado de Lima) ante la persona designada por el órgano encargado de ejercer la función de integridad con la finalidad de presentar su denuncia, en el horario de atención al ciudadano. 

En la forma escrita, el vecino presentará su denuncia ante la mesa de partes presencial del SAT, en el horario de atención al ciudadano. A fin de garantizar la confidencialidad, será en sobre cerrado por iniciativa del denunciante; caso contrario el personal de mesa de partes procederá a su recepción y de manera inmediata la colocará en un sobre cerrado. 

En ambos casos consignará en el sobre cerrado el siguiente texto “Denuncia confidencial”. Con la denuncia podrá presentarse la “Solicitud de medidas de protección al denunciante o testigo”, precisa la norma.
 
La denuncia virtual será aquella que se presenten en la Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano, en este enlace web, indica. Conozca la norma aquí.

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